REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

Valencia, 30 de Enero de dos mil diecisiete.
206º y 157º

ASUNTO: GP02-L-2016-001060.
PARTE ACTORA: JENRRY ACOSTA Y RAMON FRANCO.
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES LOLOIN C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.


Vista la diligencia de fecha 18 de Enero de 2016 (folio 25), suscrita por el abogado SAUL CHIRINO PEÑA, inscrito en el Inpreabogado bajo el 149.333; actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadanos: JENRRY ACOSTA Y RAMON FRANCO., portador de la cédula de identidad N° 12.923.305 y 11.986.116; respectivamente; mediante la cual manifiesta que en nombre de sus representados DESISTE del presente procedimiento; y una vez revisado el desistimiento se observa que no se han vulnerado los derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público; es por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DA POR TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-

PUBLIQUESE. REGISTRESE.
DEJES COPIA AUTORIZADA.

LA JUEZA,


FARIDY SUAREZ COLMENARES.



LA SECRETARIA,


KEYLA CORTEZ.

En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia, siendo las 11:30 a.m.-



LA SECRETARIA,

KEYLA CORTEZ.