REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 30 de Mayo de 2017
207º y 158º

Por cuanto el presente expediente, se encuentra muy voluminoso, siendo dificultoso su manejo, se ordena cerrar la presente pieza y abrir una nueva, con copia certificada del presente auto, la cual se denominará Pieza Nº 3. Provéase lo conducente.
El Juez,


ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ


La Secretaria

ABG. MARIANGEL MENDOZA



En la misma fecha se cumplió lo ordenado, la suscrita secretaria certifica que la presente pieza consta de cuatrocientos diez (410) folios útiles hasta el presente auto.-


La Secretaria

ABG. MARIANGEL MENDOZA
















Exp. Nº JAP-345-2017
JGRG/MM/dvg.-


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 30 de Mayo de 2017
207º y 158º

Por cuanto el presente expediente, se encuentra muy voluminoso, siendo dificultoso su manejo, se ordena cerrar la presente pieza y abrir una nueva, con copia certificada del presente auto, la cual se denominará Pieza Nº 3. Provéase lo conducente.
El Juez,

(Fdo)
ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ
La Secretaria

ABG. MARIANGEL MENDOZA



En la misma fecha se cumplió lo ordenado, la suscrita secretaria certifica que la presente pieza consta de cuatrocientos diez (410) folios útiles hasta el presente auto.-

La Secretaria

ABG. MARIANGEL MENDOZA



La Suscrita Secretaria del Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, certifica que la presente es traslado fiel y exacto de su original, la cual se encuentra en la pieza Nº 2, y que expido de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en Valencia a los treinta (30) días del mes de Mayo de 2017.
La Secretaria

ABG. MARIANGEL MENDOZA












Exp. Nº JAP-345-2017
JGRG/MM/dvg.-