REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 03 de Mayo de 2017
207º y 158º

Vista la diligencia que antecede suscrita por el abogado en ejercicio JESUS SOLORZANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 37.771, quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada de autos, ciudadano LUIS FELIPE GÓMEZ., mediante la cual solicita la devolución de los documentos originales insertos a los folios 78 vto, 79 vto, 80 vto, 81 vto, 82 vto, 83, 84 vto, 85 y 96, respectivamente. En consecuencia, este Tribunal Especial Agrario acuerda de conformidad con lo solicitado. En tal sentido, ordena devolver los documentos origínales solicitados por el identificado abogado, quedando en su lugar copias debidamente certificadas de los mismos. Asimismo, se ordena al efecto la refoliatura de las referidas copias certificadas, tal como lo establecen los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, norma adjetiva aplicada supletoriamente.
El Juez,

Abg. JOSE GREGORIO RODRÍGUEZ GONZALEZ

El Secretario Accidental,


Abg. VIANDRO PARRA PEREZ



En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.



El Secretario Accidental,



Abg. VIANDRO PARRA PEREZ

EXPEDIENTE Nº. JAP-252-2014
JGRG/VPP