REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 17 de Marzo de 2017
206º y 157º
ACTA
INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2013-002162.
PARTE ACTORA: CARLOS DIAZ (No Compareció).
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: (No Compareció).
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUIDIORA NACIONAL DE MOTORES DINAMO, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: SCARLETT GUTIERREZ.
MOTIVO: DIFERENCIA RESTACIONES SOCIALES.
Hoy, 17 DE MARZO DE 2017, SIENDO LAS 9:45 AM., día y hora fijado para que tenga lugar EL INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia, DE LA INCOMPARECENCIA de la parte actora: CARLOS DIAZ, titular de la Cédula de Identidad Nro.11.359.560, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno, el tribunal deja transcurrir diez (10) minutos de espera y siendo las (9:51am), se deja constancia que el juez se traslado personalmente a la sala de anunció de audiencia y efectuado el anuncio de la misma nuevamente se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, “CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”. Se deja constancia igualmente de la presencia de la Abogada SCARLETT GUTIERREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 78.499, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada DISTRIBUIDORA NACIONAL DE MOTORES DINAMO, C.A., para lo cual consigna copia simple de poder previa confrontación con su original. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 206 ° y 157 °
EL JUEZ
ABG. WILFREDO GONZÁLEZ SOSA
POR LA PARTE DEMANDADA
POR LA PARTE DEMANDADA
EL SECRETARIO
ABG. ___________________.
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