REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
VALENCIA, 23 DE MARZO DEL AÑO 2017
AÑOS: 206º Y 158º
SOLICITANTE: GLORIA ELENA BETANCOUR LONDOÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.480.795, asistida por la abogada RISMARY CANTLEYA LUGO HERNÁNDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 230.775.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: AUTONOMA RESUELTA
EXPEDIENTE Nro. 8816
Vista la solicitud presentada por la ciudadana GLORIA ELENA BETANCOUR LONDOÑO, asistida por la abogada RISMARY CANTLEYA LUGO HERNÁNDEZ, ya identificados, en la cual requiere se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que ha construido a sus expensas y con dinero de su propio peculio, cuyas características, linderos y ubicación se especifican en el escrito libelar, las cuales se encuentran fomentadas sobre un lote de terreno que ha venido poseyendo en forma continua, pacifica, pública, no interrumpida, e igualmente vistas las declaraciones de los testigos presentados por la solicitante y siendo este Juzgado competente para tramitar y proveer en sede de Jurisdicción Voluntaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, DECLARA TITULO SUPLETORIO, de las bienhechurías identificadas en la solicitud, a favor de la ciudadana GLORIA ELENA BETANCOUR LONDOÑO, anteriormente identificada. Desvuélvase las resultas originales.
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. YOVANI RODRÍGUEZ CANTERO.
LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. GRISEL M. SANGRONIS.
En la misma fecha se devuelve a la parte interesada, constante de veinte (20) folios útiles.-
LA SECRETARIA TITULAR
Abg. GRISEL M. SANGRONIS.
YRC/GMS/yp
Exp. 8816
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