REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 08 de Marzo de 2017
206º y 158º


Vista la diligencia del 03/03/2017, presentada por los abogados Luisana Ruiz y Javier Riera, venezolanos, mayores de edad e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 106.097 y 110.981 respectivamente, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano MARCOS ANTONIO TORTOLERO QUERO, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 4.465.177, de conformidad con lo solicitado, y a los fines de emitir un pronunciamiento ajustado a derecho y en atención a los principios previstos en los artículos 2 “Estado democrático y social de derecho y Justicia “, 7 “Primacía Constitucional 26 “Tutela Judicial Efectiva” 49 “El derecho a la Defensa y el Debido Proceso” de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en consecuencia, SE ORDENA RATIFICAR, los oficios Nros. 400-2015 del 23/10/2015 y el 102-2016 del 23/10/2016, dirigido a la Presidencia del Instituto Nacional de Tierras; se acuerda oficiar a la mencionada institución, para que en un lapso perentorio de quince (15) días, informe a este Juzgado sobre la oposición intentada por el ciudadano Marcos Gerardo Luciani Fuenmayor en contra del procedimiento de Registro Agrario iniciado por el ciudadano Marcos Antonio Tortolero Quero. Igualmente, se acuerda correo especial al abogado Javier Riera, antes identificada. Lo anterior en atención a las consideraciones anteriormente expresadas y en ejercicio de los principios relacionados al debido proceso y certeza procesal. Líbrese Oficio.
El Juez

Abg. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ.

La Secretaria,


ABG. MARIANGEL MENDOZA

En ésta misma fecha se cumplió con lo ordenado.

La Secretaria,


ABG. MARIANGEL MENDOZA

EXPEDIENTE Nº. JAP-267-2015
JGRG/mm/kl.-