REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 06 de junio de 2017
207º y 158º
ASUNTO: GP02-L-2014-000044
Visto el escrito presentado por la abogada YANNERI TORREALBA inscrita en el IPSA bajo el No. 160.209 en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante mediante la cual solicita se ordene una nueva experticia complementaria del fallo, y a los fines de proveer, éste Tribunal pasa a la revisión exhaustiva del expediente y observa:
PRIMERO: Por auto de fecha 01/04/2016 éste Juzgado, de conformidad con la sentencia dictada en fecha 16/08/2015 por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de éste Circuito Judicial designó a la Lic. ALEIDA ROJAS, a los fines de que practicara la experticia complementaria del fallo, librándose la respectiva boleta de notificación (folios 210-211).
SEGUNDO: Practicada la notificación de la Lic. ALEIDA ROJAS, comparece en fecha 07/07/2016, acepta, se juramenta en el cargo y fija lapso para la consignación de la experticia complementaria del fallo, el cual fue acordado por el Tribunal.
TERCERO: En fecha 18/07/2016 la Lic. ALEIDA ROJAS informa haber terminado el análisis de los Intereses sobre Prestaciones Sociales, los intereses de mora y las correcciones monetarias así como el informe correspondiente a la experticia ordenada procediendo a consignarlo, determina además sus honorarios profesionales (folios 217-219)
CUARTO: Mediante diligencia de fecha 17/10/2016 la abogada LUZ MARIA RIVAS ROSAS, en su carácter de apoderada judicial del JOSE JAIR MOSQUERA renunció al poder especial que su representado le otorgó, por lo que en auto de fecha 24/10/2017 (previo al abocamiento de la Juez Suplente) se ordenó la notificación del demandante a los fines de hacer de su conocimiento de la renuncia al poder. Vista la imposibilidad por parte del alguacil de notificar al ciudadano JOSE JAIR MOSQUERA se libró nueva boleta de notificación en fecha 17/02/2017 que en fecha 04/05/2017 el alguacil consignó informando la imposibilidad de localizar al accionante. Posteriormente en fecha 09/03/2017 la abogada YANNERI TORREALBA presenta escrito consignando poder que la acredita como apoderada judicial del ciudadano JOSE MOSQUERA. (folios 221-235)
Evidencia éste Tribunal que la experticia complementaria del fallo fue realizada y consignada en tiempo oportuno por la experta designada a tal fin, la Licenciada ALEIDA ROJAS; que desde la fecha en que fue consignada la experticia complementaria del fallo (18/07/2016), hasta la comparecencia de la abogada YANNERI TORREALBA como apoderada judicial de la parte demandante, solicitando nueva experticia (23/05/2017) transcurrieron diez (10) meses y cinco (05) días y que ninguna de las partes ha intentado reclamo contra la decisión de la experta. Por la consideraciones anteriormente expuestas se niega acordar nueva experticia, y se acuerda la actualización de la experticia consignada por la Licenciada ALEIDA ROJAS para lo cual se ordena nuevamente la notificación de la experta. Líbrese boleta. Cúmplase.
La Juez,
La Secretaria,
Abg. Doralis Ceballos.
Abg. Sugeil Aular.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede y se libro boleta de notificación a la experta designada en la presente causa.
La Secretaria,
DC.-
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