REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CENTRO NORTE
PALACIO DE JUSTICIA, SEDE VALENCIA, ESTADO CARABOBO
Valencia, 01 de junio de 2017
Años: 207° y 158°
Expediente Nº 16.318
Visto el escrito contentivo del Recurso de Nulidad, interpuesto por el ciudadano Sergio Alejandro Tovar Mendoza, titulares de la cedula de identidad Nº V- 11.965.427, representante legal de la Constructora Sergit, (R.I.F. V- 11.965.427-7); debidamente registrada por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes en fecha 11-01-2006, bajo el numero 13, tomo 1-B, debidamente asistido por el abogado Oswaldo Antonio Ríos Castillo, inscrita en el instituto de previsión social del abogado bajo el Nº 101.470, contra el Municipio Autónomo Ezequiel Zamora del Estado Bolivariano Cojedes, con relación al acto administrativo Nº ALCEZ-DIM-2017/003 de fecha 22- 02- 2017, Se Admite, cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se ordena notificar al Fiscal Octogésimo Primero a Nivel Nacional del Ministerio Público Con Competencia Constitucional y Contencioso Administrativo, Sede Valencia Estado Carabobo, con anexo copia certificada del libelo y del presente auto de admisión.
Asimismo se ordena notificar al ciudadano Alcalde del Municipio Autónomo Ezequiel Zamora del Estado Bolivariano Cojedes, a quienes se les conceden dos (02) días como termino de la distancia, de conformidad con lo establecido al artículo 205 del Código de Procedimiento Civil, con anexo de copia certificada del libelo y del presente auto de admisión.
Igualmente se ordena citar a la Síndico Procurador Municipal del Municipio Autónomo Ezequiel Zamora del Estado Bolivariano Cojedes, con copia certificada de todo el expediente. Se hace la salvedad que al mencionado ciudadano se le conceden dos (02) días como termino de la distancia, de conformidad con el artículo 205 del Código de Procedimiento Civil.
Queda entendido que dentro de los cinco (05) días de despacho siguiente al día en que conste en autos la práctica de la última de las notificaciones y citaciones ordenadas, previo vencimiento del lapso de cuarenta y cinco (45) días continuos previstos en el artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, el Tribunal fijará la oportunidad para la celebración de la Audiencia de Juicio, atendiendo a lo establecido en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. En esta oportunidad las partes deben promover los medios probatorios que juzguen convenientes para la mejor defensa de sus derechos e intereses.
Por tratarse de un recurso de nulidad de acto administrativo de efectos particulares, y vista lo esgrimido en el libelo del recurso, este Tribunal considera necesario la publicación de cartel de emplazamiento, de conformidad con el artículo 80 ejusdem, el cual será librado el día de despacho siguiente a aquel en que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas.
De conformidad con el 79 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa solicítese al Sindico Procurador Municipal del Municipio Autónomo Ezequiel Zamora del Estado Bolivariano Cojedes, la remisión de copia certificada de los antecedentes correspondientes. Remisión que se efectuará dentro de los diez (10) días de hábiles siguientes a aquél en que conste en autos su citación.
El Juez Superior,
Abg. LUIS ENRIQUE ABELLO GARCÍA La Secretaria
Abg. DONAHIS PARADA MARQUÈZ
Exp. Nro. 16.318. En la misma fecha se libraron oficios Nros. 1275, 1276, 1277 y 1278. Se requieren fotostatos para proveer.
La Secretaria
Abg. DONAHIS PARADA MARQUÈZ
LEAG/Dp/AE
Diarizado ____
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