ACTA

EXPEDIENTE: GP02-L-2016-000709
PARTE DEMANDANTE: HENDER JOSE ALDANA
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUIDO
PARTE CO DEMANDADA: CERVECERIA POLAR DEL CENTRO, C.A. APODERADO JUDICIAL: NO CONSTITUIDO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy veintiuno (21) de julio de 2017, siendo las 10:00 am., día y hora fijados para que tenga lugar la oportunidad para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio y luego de los llamados efectuados por el alguacil, SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA QUE LA PARTE DEMANDANTE: Ciudadano HENDER JOSE ALDANA titular de la cédula de identidad No. V-4.240.876 y LA PARTE CODEMANDADA: CERVECERIA POLAR DEL CENTRO C.A. “NO COMPARECIERON” a la prolongación de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de representante estatutario, ni por apoderado judicial alguno en su representación. Es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.

SEGUNDO: Se ordena el cierre y archivo del expediente, una vez transcurrido el lapso para ejercer el recurso de ley. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la sentencia. Dada, firmada y sellada en la sede del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Valencia a los veintiún (21) días del mes de julio de 2017.
Años 207° y 158°

LA JUEZ,



LA SECRETARIA,



GP02-L-2016-000709
DC.-