REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO
CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRAL
Valencia, 18 de julio de 2017
207° y 158°
Exp. Nº 3186
SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 4391
El 23 de enero de 2012 la ciudadana Trina Abreu Hernández, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n° 14.313, en su carácter de apoderada judicial de UNION QUIMICA S.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo el 23 de noviembre de 1.990, bajo el n° 31, Tomo 11-A, inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F) bajo el n° J-07582726-0, con domicilio en la Carretera Nacional los Guayos vía Guacara, sector Aromo Mocho, Galpón n° 39-351, los Guayos estado Carabobo, interpuso recurso contencioso tributario subsidiario al recurso jerárquico ante la Gerencia Regional del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), contra el acto administrativo contenido en la resolución n° SNAT/INTI/GRTI/RCNT/DJT/AR/2012-000007-57 del 09 de mayo de 2013 emanada de ese órgano administrativo.
El 25 de abril de 2014 el tribunal le dio entrada al recurso contencioso tributario y se le asignó el número 3186, asimismo se libraron las notificaciones de ley.
El 19 de enero de 2017, este tribunal dictó sentencia definitiva número 1475 la cual declaró:
1) SIN LUGAR el recurso contencioso tributario subsidiario al recurso jerárquico interpuesto por la abogada Trina Abreu, titular de la cédula de identidad N° V-4.055.346 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 14.313, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil UNION QUIMICA., S.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo en fecha 23 de noviembre de 1990, bajo el N° 31, Tomo 11-A-, con Registro de Información Fiscal N° J-07582726-0, contra la resolución Nº SNAT/INTI/GRTI/RCNT/DJT/AR/2012-000007-57 de fecha 09 de mayo de 2013, en el cual declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el contribuyente y confirmó el acto administrativo contenido en las Resoluciones de Imposición de Sanción e Intereses de Mora, Nº SNAT/INTI/GRTI/RCNT/DCE/2011/1536 y SNAT/INTI/GRTI/RCNT/DCE/2011/1537 ambas de fecha 19 de agosto de 2011 emanadas de la División de Contribuyentes Especiales de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) y sus respectivas planillas de liquidación.
2) Se CONFIRMA la resolución Nº SNAT/INTI/GRTI/RCNT/DJT/AR/2012-000007-57 de fecha 09 de mayo de 2013, en el cual declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el contribuyente y confirmó el acto administrativo contenido en las Resoluciones de Imposición de Sanción e Intereses de Mora, Nº SNAT/INTI/GRTI/RCNT/DCE/2011/1536 y SNAT/INTI/GRTI/RCNT/DCE/2011/1537 ambas de fecha 19 de agosto de 2011 emanadas de la División de Contribuyentes Especiales de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) y sus respectivas planillas de liquidación.
3) CONDENA al pago de las costas procesales a la sociedad mercantil UNION QUIMICA., S.A., en una cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) de la cuantía del presente recurso contencioso tributario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 327 del Código Orgánico Tributario del año 2001, aplicable ratione temporis.
4) La contribuyente UNION QUIMICA., S.A., ya identificado, deberá dar cumplimiento voluntario de la presente decisión dentro de los cinco (5) días siguientes a que quede firme la presente decisión.
Este tribunal deja constancia que hasta la presente fecha el contribuyente supra mencionado no ha efectuado el cumplimiento voluntario de la sentencia definitiva Nº 1475 del 19 de enero de 2017, dictado por este tribunal, razón por la cual vencido el lapso establecido para el cumplimiento voluntario de la misma, este tribunal de conformidad con el artículo 288 del Código Orgánico Tributario, ordena remitir este expediente número 3186 (Nomenclatura de este tribunal) mediante oficio a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines de que proceda a realizar la ejecución forzosa de la sentencia supra mencionada. Líbrese oficio. Cúmplase lo ordenado. Publíquese y Regístrese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, a los dieciocho (18) días del mes de julio de dos mil diecisiete (2017). Año 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
El Juez,
Abg. Pablo José Solórzano Araujo.
La Secretaria Suplente,
Abg. Maria Gabriela Alejos.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria Suplente,
Abg. Maria Gabriela Alejos.
Exp. Nº 3186
PJSA/ma/mg
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