REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 03 de Julio de 2017
207º y 158º

Visto el escrito que antecede junto a sus anexos, presentado en su oportunidad por la abogada en ejercicio Aurora Celina Salcedo Medina, actuando en su carácter de apoderada judicial del demandante de autos, ciudadano Pedro Viana Collazos, plenamente identificado en autos; éste Tribunal en acatamiento de lo previsto en los artículos 02 “Estado Social y Democrático de Poder y Justicia”, 07 “Supremacía Constitucional”, 26 “Tutela Judicial Efectiva”, 49 “Debido Proceso” y 257 “Eficacia Procesal” de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo establecido en el artículo 191 de la Le y de Tierras y Desarrollo Agrario cuyo contenido es del siguiente tenor:

“(…) Los jueces o juezas agrarios podrán ordenar la práctica de cualquier medio probatorio que consideren necesario para el mejor esclarecimiento de la verdad. (…)”

En consecuencia, acuerda fijar la practica de una inspección judicial oficiosa, para el día lunes diez (10) de Julio de 2017, a las nueve de la mañana (09:00 a.m.), en el lote de terreno ubicado en el sector denominado Sabanas de Aguirre, conocido como Fundo El Copey, Municipio Montalbán del Estado Carabobo. Lo anterior, a los fines de verificar in situ el cumplimiento de lo decido en el Decreto que otorgó en fecha 17 de Noviembre de 2015 la MEDIDA CAUTELAR PROVISIONAL DE PROTECCION AL SUELO a favor de la parte demandante de autos. En tal sentido, se ordena oficiar a la Coordinación General de la Oficina Regional de Tierras (ORT-CARABOBO), a la Guardia Nacional Bolivariana con sede en el Municipio Montalban de esta entidad federal y a la Dirección Administrativa Regional (DAR-CARABOBO) a los fines legales consiguientes.
El Juez

ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ
La Secretaria Accidental

ABG. MARIANGEL MENDOZA CHIRINOS
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

La Secretaria Accidental

ABG. MARIANGEL MENDOZA CHIRINOS
Expediente Nº. JAP-218-2013
JGRG/MMC