REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Corte de Apelaciones Penal
SALA Nro. 1
Valencia, 9 de febrero de 2017
Años 206º y 157º

ASUNTO: GP01-R-2017-00025
PONENTE: MAG (S) CARMEN ENEIDA ALVES

Las presentes actuaciones fueron remitidas a la consideración de esta Sala, en virtud del recurso de Revisión de sentencia firme presentado por la Defensora Privada Mary Noemí Capielo Alvarez, de los penados JACKSON JOHSON WARREN ROY, OLVIN ALEXIS TATUM GUILLEN, JIMMY RAFAEL JACKSON CHAVEZ, STAMP JHON COLTON WACHINGTON DIAZ MINOTTA, a quien se le sigue causa No GP11-P-2011-00241; a quienes se le dicto Sentencia Condenatoria definitivamente firme en fecha 03-05-2011 ante el Tribunal Primero en Funcion de Control de este Circuito judicial Penal, Extensión Puerto Cabello, con pena a cumplir de 16 años y ocho meses de prisión por la comisión de los delitos de Trafico ilícito de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas en la Modalidad de Transporte previsto y sancionado en el artículo 49 de la Ley Orgánica de Drogas y Asociación para Delinquir previsto y sancionado en el artículo 6 en concordancia con el articulo 16 numeral 1 de la Ley Organica contra la Delincuencia Organizada.
Presentado el recurso, la Jueza Temporal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, extensión Puerto Cabello emplazó en fecha 03-05-2016 al Fiscal de Ejecución de Sentencias del Ministerio Público, quedando notificado en fecha 06-09-2016 tal y como consta al folio 65, dando contestación en fecha 09-09-2016, procediéndose a remitir las actuaciones a esta Corte de Apelaciones en fecha 30-09-2016.
Mediante auto de fecha 24 de Enero de 2017 se dio cuenta en la Sala Primera de la Corte de Apelaciones, el asunto signado con el Nº GP01-R-2017-00025, correspondiéndole la ponencia a la Mag (s) Carmen Eneida Alves Jueza Primera de la Sala Primera de la Corte de Apelaciones, quien con tal carácter suscribe, quedando conformada la Sala con los Jueces Superiores Arnaldo Villaroel Sandoval y Nidia Gonzalez Rojas.

DE LA ADMISIBILIDAD
A los fines de emitir pronunciamiento, corresponde a esta Sala entrar a revisar con carácter previo, el escrito contentivo del mencionado recurso a fin de verificar si el mismo satisface los requisitos de admisibilidad exigidos en los artículos 462 y 463 del Código Orgánico Procesal Penal, y al respecto observa:

PRIMERO: El recurso en cuestión ha sido interpuesto por la defensora Privada Mary Noemí Capielo Alvarez, de los penados JACKSON JOHSON WARREN ROY, OLVIN ALEXIS TATUM GUILLEN, JIMMY RAFAEL JACKSON CHAVEZ, STAMP JHON COLTON WACHINGTON DIAZ MINOTTA, que aun cuando el artículo 463 del Código Orgánico Procesal Penal no señala expresamente a la Defensa del penado, sea publica o privada, como legitimados para interponer el recurso de revisión de sentencia, empero, ante la naturaleza del proceso penal que ha sido dividido en tres etapas o fases, una de ellas la fase de ejecución de Sentencia, la que ya no consiste en meros tramites de carácter administrativos, sino que se ha judicializado la fase de ejecución de sentencia y medidas de seguridad; y siendo la defensa, un derecho en todo estado y grado de la causa como garantía del debido proceso, esta Sala estima que la Abogado defensora del penado se encuentra legitimada para ejercer el recurso de revisión de sentencia, conforme a lo determinado en el artículo 463 del Código Orgánico Procesal Penal.

SEGUNDO: en relación a la Temporalidad del recurso de revisión esta sala ajustada a lo planteado en el articulo 462 del Código Orgánico Procesal Penal que señala “… la revisión procederá contra la sentencia firme, en todo tiempo y únicamente a favor del imputado o imputada…”, por lo tanto se declara que el Recurso de Revisión es tempestivo.

TERCERO: El recurso de revisión ha sido interpuesto contra la sentencia definitivamente firme, tal como lo dispone el encabezamiento del artículo 462 Código Orgánico Procesal Penal.

En consecuencia, satisfechos los requerimientos de Ley previstos en los dispositivos procesales señalados, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones, ADMITE EL RECURSO DE REVISIÓN DE SENTENCIA INTERPUESTO. Así se decide.
DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, es por lo que esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos. Primero: ADMITE el Recurso de Revisión de Sentencia interpuesto por la Defensora Privada Mary Noemí Capielo Alvarez, de los penados JACKSON JOHSON WARREN ROY, OLVIN ALEXIS TATUM GUILLEN, JIMMY RAFAEL JACKSON CHAVEZ, STAMP JHON COLTON WACHINGTON DIAZ MINOTTA con fundamento en el artículo 462 numeral 6 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Admitido el recurso, se fija audiencia oral, de acuerdo a la Agenda Única de actos fijados por días hábiles, para el día 23-02-2017 a las 11:00 a.m.. Notifíquese a las partes y librese boletas de traslado. Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes.
Dada, firmada y sellada en la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, fecha ut-supra señalada.

Los Jueces de Sala.,
MAG (S) CARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
Ponente



ARNALDO VILLARROEL SANDOVAL NIDIA GONZALEZ ROJAS

La secretaria,


Abg. Dorlimar Galeno
Hora de Emisión: 11:34 AM