REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CENTRO NORTE
PALACIO DE JUSTICIA, SEDE VALENCIA, ESTADO CARABOBO.

Valencia, 09 de enero de 2017
Años: 206º y 157º
Expediente Nº 16.206

Vista la Querella Funcionarial, presentada por la ciudadana Milagros del Carmen Reyes Nuñez, titular de la cedula de identidad Nro. V- 18.411.140, asistida por la abogada Aixa Alfonso Larez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 28.835, contra la Providencia Administrativa Nº PMV-DG-P-0525-08/2016, de fecha 26 de agosto de 2.016, emanado por el Instituto Autónomo Municipal Policía de Valencia (IAMPOVAL), considerando que este Tribunal es competente para conocer del asunto planteado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa administrativa; y por cuanto la querella cumple con los requisitos del artículo 95 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, se admite cuanto ha lugar en derecho.

En consecuencia, de conformidad con el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, cítese al ciudadano Director General del Instituto Autónomo Municipal Policía de Valencia (IAMPOVAL), para dar contestación a la querella dentro del plazo de quince (15) días de despacho, contados desde que conste en autos las resultas de la citación y notificaciones ordenadas. Anéxese copia certificada de la totalidad de las actas que conforman el expediente y del presente auto.

Solicítese igualmente al ente querellado la remisión de copia certificada del expediente administrativo relacionado con el caso, lo cual se verificará en el lapso que establece el articulo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Publica. Asimismo, se advierte que la omisión o retardo de dicha remisión acarreará la sanción establecida en el artículo 79 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

Notifíquese al ciudadano Alcalde del Municipio Valencia del Estado Carabobo y al Síndico Procurador Municipal del Municipio Valencia del Estado Carabobo, con anexo de copia certificada del libelo y del presente Auto.
El Juez Superior,

Abg. LUIS ENRIQUE ABELLO GARCÍA

La Secretaria,

Abg. DONAHÍS V. PARADA M.


Exp. Nº 16.206. En la misma fecha se libraron los oficios Nros. 0004, 0005 y 0006.

La Secretaria,

Abg. DONAHÍS PARADA MARQUEZ
































LEAG/Dp/Ya.
Diarizado Nº _____