REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, ocho de diciembre de dos mil diecisiete
207º y 158º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
EXPEDIENTE GH02-X-2017-000042
PARTE ACCIONANTE YARITZA YUSNEIDY RAMÍREZ CORREA, MARY CRUZ BECERRA ARIAS, JOHANNA JHOELIC ROMERO FAGUNDEZ, JESÚS ALBERTO MÁRQUEZ ZAVARCE, WILMER ALBERTO MORENO VERA, FRANCESCO JAVIER TOVAR, RAFAEL ALIPIO CAES FLORES, EFRAÍN EDUARDO ZAMORA RODRÍGUEZ, MANUEL AUGUSTO SALAZAR VILLEGAS, GERARDO DE JESÚS VICTORA CHACÍN, MIGUEL EDUARDO GARCÍA SÁNCHEZ, JOSÉ GREGORIO LEPAK SEQUERA, GABRIEL JAIME LÓPEZ PATIÑO, ROBINS JESÚS FLORES CAMBERO, RUBÉN JESÚS ALVARADO OCHOA, FRANKLIN ALEXIS JAIMES, RICHARD ALFONZO ESCOBAR MONTOYA y RONALD JOSÉ DÁVILA IDROBO
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONANTE: Abogado GABRIEL ALEJANDRO PÉREZ CONTRERAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 146.529
PARTE DEMANDADA: GENERAL MOTORS VENEZOLANA C.A.
MOTIVO: LEVANTAMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR
Por notoriedad judicial tiene conocimiento este Tribunal que en fecha 30 de noviembre de 2017, el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, procedió a levantar la medida preventiva de prohibición de enajenar y gravar sobre bienes inmuebles propiedad de la sociedad mercantil demandada GENERAL MOTORS VENEZOLANA, C.A., dictada en fecha 27 de octubre de 2017, por considerarla desproporcionada; sentencia ésta que figura publicada en el Portal de la Página Web del Tribunal Supremo de Justicia- Región Carabobo.
En virtud que se desprende que la medida de prohibición de enajenar y gravar levantada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, recayó sobre los mismos bienes inmuebles propiedad de la demandada GENERAL MOTORS VENEZOLANA, C.A., constituidos por nueve (9) Oficinas situadas en el CENTRO CORPORATIVO LA VIÑA PLAZA, ubicado sobre una (1) parcela de terreno distinguida con el número cívico 141-161, ubicado en la Avenida Carabobo, Urbanización La Viña, Parroquia San José, del Municipio Valencia, del estado Carabobo, sobre los cuales este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 21 de noviembre de 2017, decretó medida cautelar nominada de prohibición de enajenar y gravar, es por lo que se procede a re-examinar la cautelar decretada en los términos siguientes:
PRIMERO: Observa este Tribunal que surge viable re-examinar la medida cautelar decretada, por tratarse de una resolución de carácter provisional y sin fuerza de cosa juzgada, siendo susceptible de modificación en cualquier momento posterior, cuando existan causas que así lo justifiquen.
SEGUNDO: Que dado que en el asunto principal, operó una acumulación de causas, tratándose de varios litis consorcios activos, del cúmulo de las actas procesales, que constan en forma voluminosa, se desprende que el monto total demandado, conforme a la cuantía estimada por cada uno de los co-demandantes en los respectivos escritos libelares, al cual asciende la pretensión de los actores es la cantidad de Bolívares CUARENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON OCHENTA CENTIMOS (bs. 49.101.345,80).
TERCERO: Que el monto total de las reclamaciones de los accionantes en confrontación con los bienes inmuebles propiedad de la demandada y sobre los cuales recayó la medida, constituye circunstancia suficiente para reconsiderar la medida adoptada, ya que si bien es cierto, este Tribunal otorgó protección cautelar a los derechos de los co-demandantes, ante el riesgo posible de quedar ilusoria la ejecución del fallo ha dictarse en el presente juicio, dicha protección debe ajustarse en proporción a los derechos protegidos de manera anticipada.
CUARTO: Que a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.864 del Código Civil, los bienes del deudor son la prenda común de sus acreedores, quienes tienen en ellos un derecho igual, aún cuando este Tribunal a los efectos de otorgar la tutela cautelar tomó en consideración que los derechos a salvaguardar corresponden a la esfera de un área de especial sensibilidad social, como lo es la laboral al, devenir de la prestación de servicios de los accionantes para con la demandada General Motors Venezolana C.A., haciéndose énfasis que “… a decir de los demandantes, es de naturaleza laboral y cuya determinación constituye el punto medular en la resolución de la controversia planteada, la cual se encuentra bajo el conocimiento de este Tribunal en virtud de la admisión relativa de los hechos generada por la incomparecencia de la demandada a la prolongación de la audiencia preliminar por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo…”
QUINTO: Que la cautelar otorgada es producto de un examen de verosimilitud de procedencia basada en la admisión relativa de los hechos operada en el proceso, por lo cual al encontrarse pendiente la determinación de la naturaleza laboral de la prestación de servicios de los co-demandantes para con la demandada, no puede de forma anticipada considerarse que existe una causal legítima de preferencia a favor de los demandantes, con respecto a otros acreedores del deudor GENERAL MOTORS VENEZOLANA C.A..
Por las razones antes expuestas y conforme al principio de igualdad entre los acreedores frente al patrimonio del deudor, este Tribunal en aras de mantener la paz y armonía social, dada la no proporcionalidad de la cautelar con respecto al monto de los derechos salvaguardados preventivamente, considera pertinente levantar la medida cautelar nominada de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 21 de noviembre de 2.017, a favor de los co-demandantes ciudadanos YARITZA YUSNEIDY RAMÍREZ CORREA, MARY CRUZ BECERRA ARIAS, JOHANNA JHOELIC ROMERO FAGUNDEZ, JESÚS ALBERTO MÁRQUEZ ZAVARCE, WILMER ALBERTO MORENO VERA, FRANCESCO JAVIER TOVAR, RAFAEL ALIPIO CAES FLORES, EFRAÍN EDUARDO ZAMORA RODRÍGUEZ, MANUEL AUGUSTO SALAZAR VILLEGAS, GERARDO DE JESÚS VICTORA CHACÍN, MIGUEL EDUARDO GARCÍA SÁNCHEZ, JOSÉ GREGORIO LEPAK SEQUERA, GABRIEL JAIME LÓPEZ PATIÑO, ROBINS JESÚS FLORES CAMBERO, RUBÉN JESÚS ALVARADO OCHOA, FRANKLIN ALEXIS JAIMES, RICHARD ALFONZO ESCOBAR MONTOYA y RONALD JOSÉ DÁVILA IDROBO, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.- 18.818.313; V.-14.881.637; V.-17.970.740; V.- 15.686.393; V.- 17.776.898; V.- 13.270.454; V.-12.339.264; V.- 16.406.144; V.- 17.067.373; V.-17.016.445; V.- 15.402.643; V.- 19.110.313; V.-19.175.758; V.- 13.988.766; V.-14.491.514; V.-17.701.397; V.- 10.166.321; V.- 13.591.785 y V.-17.862.351, respectivamente, recaída sobre los bienes inmuebles propiedad de la sociedad Mercantil demandada GENERAL MOTORS VENEZOLANA, C.A., constituidos por nueve (9) Oficinas situadas en el CENTRO CORPORATIVO LA VIÑA PLAZA, ubicado sobre una (1) parcela de terreno distinguida con el número cívico 141-161, ubicado en la Avenida Carabobo, Urbanización La Viña, Parroquia San José, del Municipio Valencia, del estado Carabobo, situadas en el Nivel Planta; distinguidas de la siguiente forma: OFICINA OF-7-1: Tiene un área de construcción total de OCHENTA METROS CUADRADOS CON CINCO DECÍMETROS CUADRADOS,-(80,05 Mts2), consta de un (1) salón y un (1) baño, le corresponde un valor porcentual de participación en los derechos y obligaciones sobre los bienes y cargas comunes del Centro Corporativo La Viña Plaza del 0,490258, tiene asignado un (1) puesto de estacionamiento y está comprendida dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Pasillo circulación; SUR: fachada sur del Centro Corporativo y escaleras de emergencia sur, ESTE: Oficina OF-7-2; y OESTE., Depósito, escaleras de emergencia sur y pasillo de circulación. OFICINA OF-7-2: Tiene un área de construcción aproximada de CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON QUINCE DECÍMETROS CUADRADOS (54,15 Mts2), consta de un (1) salón y un (1) baño, le corresponde un valor porcentual de participación en los derechos y obligaciones sobre los bienes y cargas comunes del Centro Corporativo La Viña Plaza del 0,331636, tiene asignado un (1) puesto de estacionamiento y está comprendida dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Pasillo de circulación; SUR: Fachada Sur del Centro Corporativo; ESTE: Oficina OF-7-3; y OESTE: Oficina OF-7-1. OFICINA OF-7-3: Tiene un área de construcción aproximada de CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON QUINCE DECÍMETROS CUADRADOS (54,15 Mts2), consta de un (1) salón y un (1) baño, le corresponde un valor porcentual de participación en los derechos y obligaciones sobre los bienes y cargas comunes del Centro Corporativo La Viña Plaza del 0,331636, tiene asignado un (1) puesto de estacionamiento y está comprendida dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Pasillo de circulación; SUR: Fachada Sur del. Centro Corporativo; ESTE: Oficina OF-7-4; y OESTE: Oficina OF-7-2. OFICINA OF-7-4: Tiene un área de construcción aproximada de CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON NOVENTA DECÍMETROS CUADRADOS (53,90 Mts2), consta de un (1) salón y un (1) baño„ le corresponde un valor porcentual de participación en los derechos y obligaciones sobre les bienes y cargas comunes del Centro Corporativo La Viña Plaza del 0,330105, tiene asignado un (1) puesto de estacionamiento y está comprendida dentro de los siguiente linderos particulares: NORTE: Oficina OF-7-5 y pasillo de circulación; SUR: Fachada sur del Centro Corporativo, ESTE: Oficina OF-7-5;'y OESTE: Oficina OF-7-3. OFICINA OF-7-5: Tiene un área de construcción aproximada de CIENTO SETENTA Y TRES METRO CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (173,75 Mts2), consta de un (1) salón y dos (2) baños, le corresponde un valor porcentual de participación en los derechos y obligaciones sobre los bienes y cargas comunes del Centro Corporativo Viña Plaza del 1,064115, tiene asignado cuatro (4) puestos de estacionamientos y está comprendida dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Fachada norte y oficina OF-7-6; SUR: Fachada sur del Centro Corporativo y OF-7-4; ESTE: Fachada este del Centro Corporativo; y OESTE: Oficina OF-7-4, OF-7-6 y pasillo de circulación. OFICINA OF- 7-6: Tiene un área de construcción aproximada de TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON VEINTE DECÍMETROS CUADRADOS (37,20 Mts2), consta de un (1) salón y un (1) baño, le corresponde un valor porcentual de participación en los derechos y obligaciones sobre los bienes y cargas comunes del Centro Corporativo La Viña Plaza del 0,227828, tieneasignado un (1) puesto de estacionamiento y está comprendida dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Fachada norte del Centro Corporativo; SUR: Pasillo de circulación y oficina OF-7-5; ESTE: Oficina OF-7-5, OESTE: Oficina OF-7-7. OFICINA OF-7-7: tiene un área de construcción aproximada de TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS (37,50 Mts2), consta de un (1) salón y un (1) baño, le corresponde un valor porcentual de participación en los derechos y obligaciones sobre los bienes y cargas comunes del Centro Corporativo La Viña Plaza del 0,229665, tiene asignado un (1) puesto de estacionamiento y está comprendida dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Fachada norte del Centro Corporativo; SUR: Pasillo de circulación; ESTE: Oficina-7-- OF-7-6; y OESTE: Oficina OF-7-8; OFICINA OF- 7-8: Tiene un área de construcción aproximada de TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECÍMETROS CUADRADOS (37,50 Mts2), consta de un (1) salón y un (1) corresponde un valor porcentual de participación en los derechos y obligaciones sobre los bienes y cargas comunes del Centro Corporativo La Viña Plaza del 0,229665, tiene asignado un (1) puesto de estacionamiento y está comprendida dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Fachada norte del Centro Corporativo; SUR: Pasillo de circulación; ESTE: Oficina OF-7-7; y OESTE: Oficina OF-7-9; y OFICINA OF-7-9: Tiene un área de construcción aproximada de TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SESENTA DECÍMETROS CUADRADOS (38,60 Mts2), consta de un (1) salón y un (1) baño, le corresponde un valor porcentual de participación en los derechos y obligaciones sobre los bienes y cargas comunes del Centro Corporativo La Viña plaza del 0,236402. tiene asignado un (1) puesto de estacionamiento y está comprendida dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Fachada norte del Centro Corporativo, SUR: Pasillo de circulación; ESTE: Oficina OF-7-8; y OESTE: Oficina OF-7-1º; las cuales son propiedad de la demandada conforme consta en Documentos inscritos por ante la Oficina de Registro Público del Primer Circuito del Municipio Valencia del estado Carabobo, en fecha dos (02) de octubre de 2012, bajo los números:
Número 2012.3073, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N°. 312.7.9.6.9293, correspondiente al Libro del Folio Real del año 2012;
Número 2012.3074, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N°. 312.7.9.6.9294, correspondiente al Libro del Folio Real del año 2012
Número 2012.3075, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N°. 312.7.9.6.9295, correspondiente al Libro del Folio Real del año 2012
Número 2012.3076, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N°. 312.7.9.6.9296, correspondiente al Libro del Folio Real del año 2012
Número 2012.3077, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N°. 312.7.9.6.9297, correspondiente al Libro del Folio Real del año 2012
Número 2012.3078, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N°. 312.7.9.6.9298, correspondiente al Libro del Folio Real del año 2012
Número 2012.3079, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N°. 312.7.9.6.9299, correspondiente al Libro del Folio Real del año 2012
Número 2012.3080, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N°. 312.7.9.6.9300, correspondiente al Libro del Folio Real del año 2012
Número 2012.3081, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N°. 312.7.9.6.9301, correspondiente al Libro del Folio Real del año 2012. Y ASI SE DECLARA.
DECISION
Y ASI SE DECLARA.
DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, declara: SE LEVANTA la medida cautelar nominada de prohibición de enajenar y gravar bienes propiedad de la demandada, decretada en fecha 21 de noviembre de 2.017, a favor de los co-demandantes ciudadanos YARITZA YUSNEIDY RAMÍREZ CORREA, MARY CRUZ BECERRA ARIAS, JOHANNA JHOELIC ROMERO FAGUNDEZ, JESÚS ALBERTO MÁRQUEZ ZAVARCE, WILMER ALBERTO MORENO VERA, FRANCESCO JAVIER TOVAR, RAFAEL ALIPIO CAES FLORES, EFRAÍN EDUARDO ZAMORA RODRÍGUEZ, MANUEL AUGUSTO SALAZAR VILLEGAS, GERARDO DE JESÚS VICTORA CHACÍN, MIGUEL EDUARDO GARCÍA SÁNCHEZ, JOSÉ GREGORIO LEPAK SEQUERA, GABRIEL JAIME LÓPEZ PATIÑO, ROBINS JESÚS FLORES CAMBERO, RUBÉN JESÚS ALVARADO OCHOA, FRANKLIN ALEXIS JAIMES, RICHARD ALFONZO ESCOBAR MONTOYA y RONALD JOSÉ DÁVILA IDROBO, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.- 18.818.313; V.-14.881.637; V.-17.970.740; V.- 15.686.393; V.- 17.776.898; V.- 13.270.454; V.-12.339.264; V.- 16.406.144; V.- 17.067.373; V.-17.016.445; V.- 15.402.643; V.- 19.110.313; V.-19.175.758; V.- 13.988.766; V.-14.491.514; V.-17.701.397; V.- 10.166.321; V.- 13.591.785 y V.-17.862.351, respectivamente, recaída sobre los bienes inmuebles propiedad de la sociedad Mercantil demandada GENERAL MOTORS VENEZOLANA, C.A., constituidos por nueve (9) Oficinas situadas en el CENTRO CORPORATIVO LA VIÑA PLAZA, ubicado sobre una (1) parcela de terreno distinguida con el número cívico 141-161, ubicado en la Avenida Carabobo, Urbanización La Viña, Parroquia San José, del Municipio Valencia, del estado Carabobo, situadas en el Nivel Planta; distinguidas de la siguiente forma: OFICINA OF-7-1: Tiene un área de construcción total de OCHENTA METROS CUADRADOS CON CINCO DECÍMETROS CUADRADOS,-(80,05 Mts2), consta de un (1) salón y un (1) baño, le corresponde un valor porcentual de participación en los derechos y obligaciones sobre los bienes y cargas comunes del Centro Corporativo La Viña Plaza del 0,490258, tiene asignado un (1) puesto de estacionamiento y está comprendida dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Pasillo circulación; SUR: fachada sur del Centro Corporativo y escaleras de emergencia sur, ESTE: Oficina OF-7-2; y OESTE., Depósito, escaleras de emergencia sur y pasillo de circulación. OFICINA OF-7-2: Tiene un área de construcción aproximada de CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON QUINCE DECÍMETROS CUADRADOS (54,15 Mts2), consta de un (1) salón y un (1) baño, le corresponde un valor porcentual de participación en los derechos y obligaciones sobre los bienes y cargas comunes del Centro Corporativo La Viña Plaza del 0,331636, tiene asignado un (1) puesto de estacionamiento y está comprendida dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Pasillo de circulación; SUR: Fachada Sur del Centro Corporativo; ESTE: Oficina OF-7-3; y OESTE: Oficina OF-7-1. OFICINA OF-7-3: Tiene un área de construcción aproximada de CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON QUINCE DECÍMETROS CUADRADOS (54,15 Mts2), consta de un (1) salón y un (1) baño, le corresponde un valor porcentual de participación en los derechos y obligaciones sobre los bienes y cargas comunes del Centro Corporativo La Viña Plaza del 0,331636, tiene asignado un (1) puesto de estacionamiento y está comprendida dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Pasillo de circulación; SUR: Fachada Sur del. Centro Corporativo; ESTE: Oficina OF-7-4; y OESTE: Oficina OF-7-2. OFICINA OF-7-4: Tiene un área de construcción aproximada de CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON NOVENTA DECÍMETROS CUADRADOS (53,90 Mts2), consta de un (1) salón y un (1) baño„ le corresponde un valor porcentual de participación en los derechos y obligaciones sobre les bienes y cargas comunes del Centro Corporativo La Viña Plaza del 0,330105, tiene asignado un (1) puesto de estacionamiento y está comprendida dentro de los siguiente linderos particulares: NORTE: Oficina OF-7-5 y pasillo de circulación; SUR: Fachada sur del Centro Corporativo, ESTE: Oficina OF-7-5;'y OESTE: Oficina OF-7-3. OFICINA OF-7-5: Tiene un área de construcción aproximada de CIENTO SETENTA Y TRES METRO CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (173,75 Mts2), consta de un (1) salón y dos (2) baños, le corresponde un valor porcentual de participación en los derechos y obligaciones sobre los bienes y cargas comunes del Centro Corporativo Viña Plaza del 1,064115, tiene asignado cuatro (4) puestos de estacionamientos y está comprendida dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Fachada norte y oficina OF-7-6; SUR: Fachada sur del Centro Corporativo y OF-7-4; ESTE: Fachada este del Centro Corporativo; y OESTE: Oficina OF-7-4, OF-7-6 y pasillo de circulación. OFICINA OF- 7-6: Tiene un área de construcción aproximada de TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON VEINTE DECÍMETROS CUADRADOS (37,20 Mts2), consta de un (1) salón y un (1) baño, le corresponde un valor porcentual de participación en los derechos y obligaciones sobre los bienes y cargas comunes del Centro Corporativo La Viña Plaza del 0,227828, tieneasignado un (1) puesto de estacionamiento y está comprendida dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Fachada norte del Centro Corporativo; SUR: Pasillo de circulación y oficina OF-7-5; ESTE: Oficina OF-7-5, OESTE: Oficina OF-7-7. OFICINA OF-7-7: tiene un área de construcción aproximada de TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS (37,50 Mts2), consta de un (1) salón y un (1) baño, le corresponde un valor porcentual de participación en los derechos y obligaciones sobre los bienes y cargas comunes del Centro Corporativo La Viña Plaza del 0,229665, tiene asignado un (1) puesto de estacionamiento y está comprendida dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Fachada norte del Centro Corporativo; SUR: Pasillo de circulación; ESTE: Oficina-7-- OF-7-6; y OESTE: Oficina OF-7-8; OFICINA OF- 7-8: Tiene un área de construcción aproximada de TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECÍMETROS CUADRADOS (37,50 Mts2), consta de un (1) salón y un (1) corresponde un valor porcentual de participación en los derechos y obligaciones sobre los bienes y cargas comunes del Centro Corporativo La Viña Plaza del 0,229665, tiene asignado un (1) puesto de estacionamiento y está comprendida dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Fachada norte del Centro Corporativo; SUR: Pasillo de circulación; ESTE: Oficina OF-7-7; y OESTE: Oficina OF-7-9; y OFICINA OF-7-9: Tiene un área de construcción aproximada de TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SESENTA DECÍMETROS CUADRADOS (38,60 Mts2), consta de un (1) salón y un (1) baño, le corresponde un valor porcentual de participación en los derechos y obligaciones sobre los bienes y cargas comunes del Centro Corporativo La Viña plaza del 0,236402. tiene asignado un (1) puesto de estacionamiento y está comprendida dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Fachada norte del Centro Corporativo, SUR: Pasillo de circulación; ESTE: Oficina OF-7-8; y OESTE: Oficina OF-7-1º; las cuales son propiedad de la demandada conforme consta en Documentos inscritos por ante la Oficina de Registro Público del Primer Circuito del Municipio Valencia del estado Carabobo, en fecha dos (02) de octubre de 2012, bajo los números:
Número 2012.3073, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N°. 312.7.9.6.9293, correspondiente al Libro del Folio Real del año 2012;
Número 2012.3074, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N°. 312.7.9.6.9294, correspondiente al Libro del Folio Real del año 2012
Número 2012.3075, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N°. 312.7.9.6.9295, correspondiente al Libro del Folio Real del año 2012
Número 2012.3076, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N°. 312.7.9.6.9296, correspondiente al Libro del Folio Real del año 2012
Número 2012.3077, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N°. 312.7.9.6.9297, correspondiente al Libro del Folio Real del año 2012
Número 2012.3078, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N°. 312.7.9.6.9298, correspondiente al Libro del Folio Real del año 2012
Número 2012.3079, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N°. 312.7.9.6.9299, correspondiente al Libro del Folio Real del año 2012
Número 2012.3080, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N°. 312.7.9.6.9300, correspondiente al Libro del Folio Real del año 2012
Número 2012.3081, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N°. 312.7.9.6.9301, correspondiente al Libro del Folio Real del año 2012.
SEGUNDO: Se dejan sin efecto los oficios Nos. 5448/2017, 5449/2017 y 5450/2017, librados en fecha 24 de noviembre de 2017, a la Oficina de Registro Público del Primer Circuito del Municipio Valencia del estado Carabobo, al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Zulia y al Juzgado Décimo Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en Valencia a los ocho (8) días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2.017). Año 207° de la Independencia y 158° de la federación.
LA JUEZ,
ABG. BEATRIZ RIVAS ARTILES
EL SECRETARIO,
ABG. ENDER MANEIRO
En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia, siendo la 9:52 a.m.-
EL SECRETARIO,
ABG. ENDER MANEIRO
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