REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUNAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Valencia, 05 de Diciembre de 2017 207° y 158° SOLICITANTE: JUAN ANTONIO GONZALEZ PUERTA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 3.617.846, debidamente asistida por el abogado JOSE GREGORIO CEDEÑO MENDOZA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.448.141, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 153.691. MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS. SENTENCIA: AUTONOMA RESUELTA EXPEDIENTE Nro. 9164 En relación a la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, admitida en fecha 24 de Noviembre de 2017, suscrita por el ciudadano JUAN ANTONIO GONZALEZ PUERTA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 3.617.846, debidamente asistida por el abogado JOSE GREGORIO CEDEÑO MENDOZA, actuando en su condición cónyuge de la De-Cujus MARITZA HERRERA DE GONZALEZ, quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.370.760 y falleció ab-intestato el día 09 de Agosto del año 2017, el Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Tribunal a los testigos promovidos por el mencionado ciudadano, dejando a salvo los derechos de terceros, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de los ciudadanos y ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley; RESUELVE: declarar “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” a los ciudadanos JUAN ANTONIO GONZALEZ PUERTA, BETHSSAI JHOANA GONZALEZ HERRERA y JUAN DAVID GONZALEZ HERRERA venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V-3.617.846, V-17.073..641 y V17.778.412 respectivamente todo este domicilio, en su condición de cónyuge e hijos de la De-Cujus MARITZA HERRERA DE GONZALEZ, y ASÍ SE DECIDE. Devuélvase las actuaciones al solicitante. Publíquese, regístrese y déjese copia. Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Valencia a los cinco (05) día del Mes de Diciembre de 2017. Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación. EL JUEZ PROVISORIO
Abg. YOVANI RODRIGUEZ CANTERO. LA SECRETARIA TITULAR
Abg. GRISEL SANGRONIS En la misma fecha siendo las 11:00 de la mañana, se publicó, se registro y se dejo copia de la anterior decisión. LA SECRETARIA TITULAR
Abg. GRISEL SANGRONIS YGRC/GS/Maria Angélica. Exp. 9164-2017.
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