REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO
CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRAL
Valencia, 07 de agosto de 2017
207° y 158°
Exp. Nº 1301
SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 4419
El 14 de junio de 2007, la ciudadana Jessica Carolina Schotlz Labrador, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-16.569.125, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado Bajo el Nº 122.107, actuando en su carácter de apoderada judicial de INVERSORA LATIN SHOES, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 17 de febrero de 2003, bajo el N° 48, tomo 04-A, y en el Registro de Información Fiscal bajo el Nº J-30986116-6, interpuso recurso contencioso tributario ante este tribunal, contra el acto administrativo contenido en la Resolución de Imposición de Sanción Nº GRTI-RCE-DFD-2006-01-04-DF-PEC-0452 del 08 de noviembre de 2006, emanada de la Gerencia Regional del Servicio Nacional Integrado de la Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
El 05 de diciembre de 2008, este tribunal dictó sentencia interlocutoria número 1588 la cual declaró:
PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda intentada por la abogada Jessica Carolina Schotlz, en su carácter de apoderada judicial de la contribuyente INVERSORA LATIN SHOES, C.A., plenamente identificada
En fecha 07 de diciembre de 2011 se dicto auto para pronunciarse sobre la apelación ejercida por la abogada Jessica Carolina Scholtz Labrador, en su carácter de apoderada judicial de INVERSORA LATIN SHOES, C.A., mediante diligencia suscrita el 26 de enero del 2010, en la que apela de la sentencia interlocutoria Nº 1588 dictada por este juzgado, en fecha 05 de diciembre del 2008, se ordena la remisión del respectivo expediente a la Sala Política Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.
El 18 de abril de 2012, la Sala Política Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dicto sentencia número 00332 la cual declaró:
DESISTIDA la apelación ejercida por la representación judicial de la sociedad mercantil INVERSORA LATIN SHOES C.A., contra la sentencia interlocutoria Nº 1588 de fecha 5 de diciembre de 2008 dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, la cual queda FIRME.
El 02 de agosto de 2012 se le dio reingreso al presente expediente, dichas actuaciones guardan relación con la Apelación de la sentencia interlocutoria número 1588 dictada por este Tribunal.
El 20 de julio de 2017 se dictó auto de abocamiento de conformidad con lo previsto en los artículos 86 y 90 del Código de Procedimiento Civil, dejando expresamente establecido que los lapsos para el allanamiento y la recusación transcurrirán conjuntamente
Este tribunal deja constancia que hasta la presente fecha la recurrente supra mencionada no ha efectuado el cumplimiento voluntario de la sentencia Nº 00332 de fecha 18 de abril del 2012, emanada de la Sala Política Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, razón por la cual vencido el lapso establecido para el cumplimiento voluntario de la misma, este tribunal de conformidad con el artículo 288 del Código Orgánico Tributario, ordena remitir este expediente número 1301 (Nomenclatura de este tribunal) mediante oficio a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines de que proceda a realizar la ejecución forzosa de la sentencia supra mencionada. Líbrese oficio. Cúmplase lo ordenado. Publíquese y Regístrese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, a los siete (07) día del mes de agosto de dos mil diecisiete (2017). Año 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
El Juez,
Abg. Pablo José Solórzano Araujo.
La Secretaria Suplente,
Abg. Maria Gabriela Alejos.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria Suplente,
Abg. Maria Gabriela Alejos.
Exp. Nº 1301
PJSA/ma/mg
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