REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, dieciocho de abril de dos mil diecisiete
206º y 158º
ASUNTO: GP02-L-2015-001813.
PARTE ACTORA: ALEJANDRA MELENDEZ BARRETO.
PARTE DEMANDADA: STE SERVICIO TERAPEUTICO DE ENFERMERIA C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.
Vista la diligencia de fecha 25 de Abril de 2017 (folio 44), suscrita por el abogado WILLIAM ENRIQUE CUEVAS HIDALGO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 102.846; actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora ALEJANDRA MELENDEZ BARRETO., titular de la cédula de identidad N° 19.860.387; mediante la cual manifiesta que DESISTE del presente procedimiento; una vez revisado el desistimiento se observa que no se han vulnerado los derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público; es por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DA POR TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
PUBLIQUESE. REGISTRESE.
DEJES COPIA AUTORIZADA.
LA JUEZA,
FARIDY SUAREZ COLMENARES.
LA SECRETARIA,
KEYLA CORTEZ.
En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia, siendo las 11:30 a.m.-
LA SECRETARIA,
KEYLA CORTEZ.
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