REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

Demandante: CARMEN JOSEFINA ROJAS CEBALLOS
Demandado: ELADIO JOSE QUINTERO CARMONA Y
MONICA BELTRAN LOPEZ
Motivo: DESALOJO
Tipo de Sent: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Expediente: 3131-
Con vista la diligencia consignada en fecha 01 de Marzo del presente año, por la abogada YOHSI ROSALES, actuando en su carácter de Defensora Publica Segunda, de la parte demandada, designada mediante oficio No UR-CA-2016-0017 emanado de la Defensa Publica del Estado Carabobo en fecha 12 de enero de 2015, inserto al folio cincuenta y nueve (59) del presente expediente, en la cual solicita se declare la perención de la instancia.
Este Tribunal observa:
PRIMERO: Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, toda instancia se extingue por el transcurso de un año, sin haber ejecutado en ella ningún acto de procedimiento por las partes.
SEGUNDO: Que de acuerdo a lo previsto en el Artículo 269 ejusdem, la perención se verifica de derecho, no es renunciable por las partes y puede ser declarada de oficio por el Tribunal.
TERCERO: Que en la causa que nos ocupa, el último acto de procedimiento realizado por la parte actora se efectuó en fecha 09 de Julio de 2015, donde solicita la designación de un defensor judicial de la parte demandada
CUARTO: Que por lo antes expresado, en la presente causa ocurrió la perención de la instancia y así se declara por este Tribunal.
En fuerzas de las anteriores consideraciones, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara perimida la instancia en la demanda intentada por la ciudadana CARMEN JOSEFINA ROJAS CEBALLOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.128.323, debidamente asistida por el abogado en ejercicio FRANCISCO RAMON GUTIERREZ CABALLOS, inscrito en el I.P.S.A bajo el No.200.486 contra los ciudadanos ELADIO JOSE QUINTERO CARMONA Y MONICA BELTRAN LOPEZ por DESALOJO Publíquese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los Tres (03) Días del Mes de Abril del Año Dos Mil Diecisiete (2017). Años 206° de la Independencia y 158° de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIA,

ABG. LIGIA RODRÍGUEZ SALAZAR
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABOG. AURELIA RUBIRA PINTO
En la misma fecha se publicó la anterior Sentencia, siendo las 09:30 de la mañana y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABOG. AURELIA RUBIRA PINTO.