REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
VALENCIA, 06 DE ABRIL DEL AÑO 2017
AÑOS: 206º Y 158º
SOLICITANTE: BLANCA ELIZABETH DÍAZ RUÍZ y FERNANDO JOSÉ BETANCOURT ROMERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-16.596.839 y V-13.235.132 respectivamente, asistidos en este acto por la abogada MELITZA CARO, inscrita en el IPSA bajo el N° 188.220.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: AUTONOMA RESUELTA
EXPEDIENTE Nro. 8812
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos BLANCA ELIZABETH DÍAZ RUÍZ y FERNANDO JOSÉ BETANCOURT ROMERO, asistidos en este acto por la abogada MELITZA CARO, ya identificados, de este domicilio, en la cual requiere se les conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que han construido a sus expensas y con dinero de su propio peculio, cuyas características, linderos y ubicación se especifican en el escrito libelar, las cuales se encuentran fomentadas sobre un lote de terreno que han venido poseyendo en forma continua, pacifica, pública, no interrumpida, e igualmente vistas las declaraciones de los testigos presentados por la abogada y siendo este Juzgado competente para tramitar y proveer en sede de Jurisdicción Voluntaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, DECLARA TITULO SUPLETORIO, de las bienhechurías identificadas en la solicitud, a favor de los ciudadanos BLANCA ELIZABETH DÍAZ RUÍZ y FERNANDO JOSÉ BETANCOURT ROMERO, anteriormente identificados. Desvuélvase las resultas originales.
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. YOVANI RODRÍGUEZ CANTERO.
LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. GRISEL M. SANGRONIS.
En la misma fecha se devuelve a la parte interesada, constante de veinte (20) folios útiles.-
LA SECRETARIA TITULAR
Abg. GRISEL M. SANGRONIS.
YRC/GMS/yp
Exp. 8812
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