REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUNAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 20 de Abril de 2017
207° y 158°
SOLICITANTE: MARIA GABRIELA HERNANDEZ PULIDO venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.548.598, debidamente asistida por el abogado WILMER LUGO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 203.701 de este domicilio.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: AUTONOMA RESUELTA
EXPEDIENTE Nro. 8809
En relación a la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, admitida en fecha 10 de marzo de 2017, suscrita por la ciudadana MARIA GABRIELA HERNANDEZ PULIDO venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.548.598, debidamente asistida por el abogado WILMER LUGO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 203.701 de este domicilio, en su condición de hija del De-Cujus WALTER ERNESTO HERNANDEZ, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.518.497 y falleció ab-intestato el día 22 de Enero del año 2017, el Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Tribunal a los testigos promovidos por la mencionada ciudadana, dejando a salvo los derechos de terceros, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de los ciudadanos y ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley; RESUELVE: declarar “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” a las ciudadanas FLERIDA DEL CARMEN PULIDO DE HERNANDEZ, MARIA GABRIELA HERNANDEZ PULIDO y MARIA DANIELA HERNANDEZ PULIDO venezolanas mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V- 3.219.935, V-15.548.598 y V-15.548.597 respectivamente de este domicilio, en su condición de de cónyuge e hijas del De-Cujus WALTER ERNESTO HERNANDEZ, y ASÍ SE DECIDE. Devuélvase las actuaciones a las solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Valencia a los veinte (20) días del Mes de Abril de 2017. Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO
Abg. YOVANI RODRIGUEZ CANTERO.
LA SECRETARIA TITULAR
Abg. GRISEL SANGRONIS
En la misma fecha siendo las 11:00 de la mañana, se publicó, se registro y se dejo copia de la anterior decisión.
LA SECRETARIA TITULAR
Abg. GRISEL SANGRONIS
YGRC/GS/Maria Angélica.
Exp. 8809-2017
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