REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 04 de Abril de 2017
206º y 158º
Vistas las diligencias del 03/04/2017, presentada por la ciudadana Nayibe Coromoto Pinzon , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.454.289 y de este domicilio, debidamente asistida por el abogado en ejercicio Alfredo Eleazar Torres Matute, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.025.739 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 135.442; mediante la cual solicita la devolución de los originales; “ Declaratoria de Permanencia” Cuyo originales se encuentra en el folio Tres (03) Marcado (A) y fotocopia de la carta de registro, Macada “B” folios (05) y (06) de las cuales solicito la devolución de los originales y en su lugar se inserta las respectivas fotocopias que consigno en este acto. En consecuencia, se ordena el desglose de los documentos originales que rielan a los folios (03 al 06), en la presente solicitud, quedando en su lugar copias debidamente certificadas de los mismos, tal como lo establece el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. A cuyo efecto éste Juzgado Agrario procede a la entrega de los documentos originales a la parte peticionante, dejándose constancia de la devolución de los documentos solicitados. Asimismo confiere poder apud-acta al abogado Alfredo Eleazar Torres Matute, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.025.739 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 135.442, en consecuencia, téngase como apoderado judicial de la solicitante al referido abg.
El Juez
ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ
La Secretaria
ABG. MARIANGEL MENDOZA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria
ABG. MARIANGEL MENDOZA
Solicitud. 01216
JGRG/MM/rr. –