REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 20 de Septiembre de 2016
206º y 157º

Vistos como han sido los escritos de contestación del 21/07/2016, y de promoción de medios de pruebas del 11/08/2016, presentados por la abogada en ejercicio MARIA MAGDALENA GARCÍA MEDINA, en su condición de Defensora Auxiliar Pública Primera en materia agraria del estado Carabobo, y representante legal de los codemandados de autos, ciudadanos SANTIAGA MARTÍNEZ, MILAINE DEL CARMEN MERCADO MARTÍNEZ Y JESÚS EMILIO MERCADO MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-1.370.355, V-7.086.488 y V-7.050.920, respectivamente, y de este domicilio; éste Juzgado Agrario pasa a proveer lo conducente:

De las Documentales:


1.- Copia Fotostática simple de Certificación y protocolización, emanada el 24/02/76 por la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Bejuma (Hoy Municipio Bejuma), relativa a ADJUDICACION A TITULO GRATUITO, quen fuera realizada ante la Notaria Pública Segunda de Caracas, conforme a Acta de Sesión del Directorio Nacional del extinto Instituto Agrario Nacional (I.A.N), en fecha 01/11/1972, a favor del ciudadano CRUZ ESCOBAR DE MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 1.347.130, relacionada con la adjudicación de un lote de terreno de aproximadamente DOCE HECTAREAS CON OCHENTA Y CUATRO AREAS (12 has, con 84 áreas), ubicada en la población de Chirgua, Municipio Simón Bolívar, Distrito Bejuma (Hoy Municipio Bejuma) del estado Carabobo; cuyas demás determinaciones y linderos se dan acá por reproducidas, junto copia de Oficio Nº DD-DTC 528, del 10/05/1966, emanada de la División de Dotación, órgano adscrito al extinto Instituto Agrario Nacional (I.A.N), dirigida a la ciudadana CRUZ ESCOBAR DE MARTINEZ, antes identificada, marcada con la letra “A”. (Folios 199 al 201).

2.- Copia Fotostática simple de Acta de Defunción del ciudadano CRUZ ESCOBAR DE MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 1.347.130, marcada con la letra “B”. (Folio 202).

3.- Copia Fotostática simple de TITULO DE ADJUDICACION SOCIALISTA DE TIERRAS Y CARTA DE REGISTRO AGRARIO Nº 88544114RAT0222048 (Hojas de Seguridad Nros. 638386 y 638387), conforme a reunión ORD 569-14, de fecha 29/04/2014, del Directorio Nacional de Instituto Nacional de Tierras (INTI), a favor de los ciudadanos SANTIAGA MARTÍNEZ, MILAINE DEL CARMEN MERCADO MARTÍNEZ y JESUS EMILIO MERCADO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V- 1.370.355, V- 7.086.488 y V- 7.050.920, respectivamente, junto a levantamiento topográfico (Coordenadas UTM-REGVEN) del lote de terreno denominado MI ABUELA 920 del 10/03/2014, realizado por el identificado Instituto Agrario, marcada con la letra “C”. (Folios 203 al 205).

4.- Copia fotostática simple de Nota de Inscripción del Registro Único Nacional Obligatorio y Permanente de Productores y productoras Agrícolas, del 23/09/2014, ante el Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras, a favor del ciudadano JESUS MERCADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 7.050.920, marcada con la letra “D”. (Folio 206).

5.- Copia fotostática simple de Nota de Inscripción del Registro Único Nacional Obligatorio y Permanente de Productores y productoras Agrícolas, del 19/09/2014, ante el Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras, a favor de la ciudadana SANTIAGA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 1.370.355, marcada con la letra “E”. (Folio 207).

6.- Copias fotostáticas simples de cédulas de identidad de los ciudadanos CRUZ ESCOBAR DE MARTINEZ, SANTIAGA MARIA MARTÍNEZ ESCOBAR, MILAINE DEL CARMEN MERCADO MARTÍNEZ y JESUS EMILIO MERCADO MARTINEZ, marcadas con las letras “F”, “G”, “H” e “I”, respectivamente. (Folios 208 al 211).

7.- Copias fotostáticas simples de facturas otorgadas por entes públicos y privados, enumeradas correlativamente desde el 01 al 24, a saber:

7.1.- Copia fotostática simple de factura Nº 05109126, del 28/03/2000 emitida por la Sociedad Mercantil Agroisleña C.A.-, relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 212)

7.2.- Copia fotostática simple de factura Nº 18959, del 24/04/2000 emitida por la Sociedad Mercantil Distribuidora Agropecuaria La Trinidad C.A.-, relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 213)

7.3.- Copia fotostática simple de factura Nº 19542, del 26/05/2000 emitida por la Sociedad Mercantil Distribuidora Agropecuaria La Trinidad C.A.-, relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 214).

7.4.- Copia fotostática simple de factura Nº 05110227, del 27/05/2000 emitida por la Sociedad Mercantil Agroisleña C.A.-, relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 215).

7.5.- Copia fotostática simple de factura Nº 35930, del 09/06/2000 emitida por la Sociedad Mercantil Suplidora del Campo C.A., relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 216).

7.6.- Copia fotostática simple de factura Nº 19878, del 13/06/2000 emitida por la Sociedad Mercantil Distribuidora Agropecuaria La Trinidad C.A.-, relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 217)

7.7.- Copia fotostática simple de factura Nº 05110740 (sin fecha) emitida por la Sociedad Mercantil Agroisleña C.A.-, relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 218).

7.8.- Copia fotostática simple de factura Nº 05110909, (sin fecha) emitida por la Sociedad Mercantil Agroisleña C.A.-, relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 212)

7.9.- Copia fotostática simple de factura Nº 20369, del 07/07/2000 emitida por la Sociedad Mercantil Distribuidora Agropecuaria La Trinidad C.A.-, relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 220)

7.10.- Copia fotostática simple de factura Nº 13500, del 14/07/2000 emitida por la Sociedad Mercantil Agrícola Tanausu C.A., relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 221).

7.11.- Copia fotostática simple de factura Nº 05112260, del 26/08/2000 emitida por la Sociedad Mercantil Agroisleña C.A.-, relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 222)
7.12.- Copia fotostática simple de factura Nº 13904, del 11/08/2000 emitida por la Sociedad Mercantil Agrícola Tanausu C.A., relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 223).

7.13.- Copia fotostática simple de factura Nº 20925, del 05/08/2000 emitida por la Sociedad Mercantil Distribuidora Agropecuaria La Trinidad C.A.-, relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 224)

7.14.- Copia fotostática simple de factura Nº 05118856, del 31/08/2001 emitida por la Sociedad Mercantil Agroisleña C.A.-, relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 225)

7.15.- Copia fotostática simple de factura Nº 05118870, del 31/08/2001, emitida por la Sociedad Mercantil Agroisleña C.A.-, relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 226)

7.16.- Copia fotostática simple de factura Nº 26487, del 25/07/2001 emitida por la Sociedad Mercantil Distribuidora Agropecuaria La Trinidad C.A.-, relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 227)

7.17.- Copia fotostática simple de factura Nº de Control 200, del 14/07/2001 emitida por la Sociedad Mercantil Distribuidora Agropecuaria La Trinidad C.A.-, relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 228)

7.18.- Copias fotostática simple de factura de pago Nros. 00049566, 00049569 y 00049572 (sin nombre de empresa emisor), respectivamente, del 28/10/2006, relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 229)

7.19.- Copia fotostática simple de factura Nº de 00009684, del 07/05/2011 emitida por la Sociedad Mercantil ROMAN S. GUILLERMO J. DISTRIBUIDORA (Distribuidora La Trinidad) relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 230)

7.20.- Copia fotostática simple de factura Nº 00-1065317, del 21/05/2011 emitida por la Corporación Venezolana de Alimentos CVA-ECISA, Empresa Comercializadora de Insumos y Servicios, S.A., relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 231)

7.21.- Copia fotostática simple de factura Nº 05215161, del 02/07/2011, emitida por la Sociedad Mercantil Agroisleña C.A.-, relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 232)

7.22.- Copia fotostática simple de factura Nº 52165089, del 23/07/2011, emitida por la Sociedad Mercantil Agroisleña C.A.-, relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 233).

7.23.- Copia fotostática simple de factura Nº 00-1606272, del 04/02/2012 emitida por la Corporación Venezolana de Alimentos CVA-ECISA, Empresa Comercializadora de Insumos y Servicios, S.A., relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 234)

7.24.- Copia fotostática simple de factura Nº 12.167, del 04/08/2015, emitida por la Sociedad Mercantil Agrosoluciones 21 Asociación Cooperativa R.L., relacionada con compra de insumos agrícolas, a favor del ciudadano EMILIO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.050.920. (Folio 235).

Vistas las documentales promovidas, mencionadas anteriormente, se admiten, cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 221 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.

De la Prueba de Inspección Judicial:

En cuanto a la referida prueba, se admite, cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. En consecuencia, se fija la inspección judicial para el día martes, once (11) de Octubre de 2016, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), en un lotes de terreno, denominado “MI ABUELA 920”, ubicado en el Sector El León, Asentamiento Campesino Colonia de Chirgua, Parroquia No Urbana Simón Bolívar, Municipio Bejuma del Estado Carabobo y dejar constancia de lo siguiente: “…A) Que el tribunal deje constancia de la vía o vías de acceso principal que existen para el ingreso del lote de terreno que poseen mis representados, anteriormente descrito. B) Que se haga un recorrido general por el lote de terreno que poseen mis representados, anteriormente descrito y con la ayuda del experto, se deje constancia del tipo de producción que actualmente se ejerce en dicho predio. C) Que el tribunal deje constancia con la ayuda del experto, si en el lote de terreno ut-supra existen bienhechurias y describir cada una de ellas. D) Que el tribunal deje constancia con la ayuda del experto, si en el lote de terreno en conflicto (ya identificado en autos) se encuentra cercado en su totalidad, y de que material está hecho la cerca perimetral. E) Que el tribunal deje constancia con la ayuda del experto de las Coordenadas UTM que corresponden a titulo de declaratoria de permanencia que posee mi representada emitido por el Instituto Nacional de Tierras (INTi) de fecha 29 de Abril de 2014. F) Que el tribunal deje constancia con la ayuda del experto de la ubicación del portón a orillas de la carretera principal vía potrerito y G) Que el tribunal deje constancia con la ayuda del experto de la presencia de la tubería de riego a lo largo del lindero que colinda por el norte con terreno ocupado por la Familia Gil...”. En éste sentido, se ordena oficiar al Instituto Nacional de Salud Animal Integral (INSAI), a fin de solicitar su colaboración, para asignar a un (01) práctico (Ingeniero Agrónomo) adscrito a dicha Institución, a los fines de prestar asesoría técnica en la evacuación de la Prueba de Inspección Judicial; y a la Dirección Administrativa Regional-Carabobo, a los fines de solicitar su valiosa colaboración, para que facilite un vehículo perteneciente a esa dependencia con su respectivo chofer para el traslado del Tribunal. Líbrense oficios.

Éste Tribunal hacer a la parte demandada-promovente que, se fija un lapso de treinta (30) días continuos para la evacuación de las pruebas, los cuales comenzarán a transcurrir al día siguiente de la publicación del presente auto, todo de conformidad a lo establecido en el último aparte del artículo 221 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se declara.
El Juez

ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ.
La Secretaria Accidental,

Abg. MEREDITH SACRISTE GUEVARA

En ésta misma fecha se cumplió con lo ordenado.

La Secretaria Accidental,

Abg. MEREDITH SACRISTE GUEVARA












EXPEDIENTE Nº. JAP 308-2016.
JGRG/MSG/VPP. -