REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, Once (11) de Octubre de 2016
206° Y 157°

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-20162-001238
PARTE ACTORA: SALVADOR JOSE PEROZO, ALI RAFAEL ASCANIO GOMEZ y HECTOR ALFONZO GUZMAN.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LUIS MIGUEL MORENO
PARTE DEMANDADA: ASOCIACION COOPERATIVA FRID VAL, R.L, y solidariamente la entidad de trabajo COMPONENTES VENEZOLANOS DE DIRECCION, S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO COMPARECIO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Vista la diligencia que antecede, suscrita por los ciudadanos SALVADOR JOSE PEROZO, ALI RAFAEL ASCANIO GOMEZ y HECTOR ALFONZO GUZMAN, asistidos por el abogado en ejercicio LUIS MIGUEL MORENO, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 101.820, en su carácter de parte actora, mediante el cual desiste del procedimiento instaurado, este Tribunal antes de pronunciarse observa lo siguiente:
Que no se han vulnerado los derechos irrenunciables de los trabajadores derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, en consecuencia, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DA POR TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

LA JUEZ.,

Abg. MARIA EUGENIA NUÑEZ BRICEÑO.

La secretaria.,
Abg. Mayela Díaz