REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE
Valencia, 24 de octubre de 2016
206º y 157º
Expediente Nro. 15.569

En virtud de la revisión exhaustiva de las actas que conforman la presente causa se observa:
Que en fecha 27 de abril de 2015, se dicto auto mediante el cual se admitió la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano REYES RAMON GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-8.064.944, asistido por el abogado ELIO SANCHEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 157.873, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO BEJUMA DEL ESTADO CARABOBO, y se ordenó la citación del SINDICO PROCURADOR MUNICIPAL DEL MUNICIPIO BEJUMA DEL ESTADO CARABOBO, así como la notificación dirigida al ciudadano ALCALDE DEL MUNICIPIO BEJUMA DEL ESTADO CARABOBO.
En fecha 26 de Octubre de 2015, el ciudadano LUIS ENRIQUE ABELLO GARCÍA, en la condición de Juez Provisorio, designado por la Comisión Judicial en reunión de fecha 20 de mayo del 2015, y con juramento ante la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia el 10 de junio de 2015, se abocó al conocimiento de la presente causa.

Ahora bien, por todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, REVOCA por contrario imperio los oficios Nros. 0856, 0857 y Despacho de Comisión Nro. 0899, de conformidad con lo establecido en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, y ORDENA librar nuevos oficios, citando al SINDICO PROCURADOR MUNICIPAL DEL MUNICIPIO BEJUMA DEL ESTADO CARABOBO, así como la notificación dirigida al ciudadano ALCALDE DEL MUNICIPIO BEJUMA DEL ESTADO CARABOBO, en los mismos términos establecidos en el auto de admisión de fecha 27 de abril de 2015. Así se declara.
El Juez,

ABG. LUIS ENRIQUE ABELLO GARCIA La Secretaria,

ABG. DONAHIS PARADA MÁRQUEZ

Exp. Nro. 15.569. En la misma fecha se libro oficio de notificación Nro.2543, 2544 y despacho de comisión Nro. __________/2545.

La Secretaria,