REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
VALENCIA, 19 DE OCTUBRE DE 2016
206º y 157º

Vista la anterior Solicitud Presentada por el ciudadano JAVIER JOSE PASTOR LEON, Venezolano, mayor de edad Titular de la cédula de identidad Nro. V-19.524.066, actuando en su propio nombre y en representación del ciudadano FRANCISCO JAVIER PASTOR LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.524.065, debidamente asistidos por la abogada ANA KARINA BRICEÑO ROJAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nro. 2419.260, en la cual pide se le declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de su común causante MANOLA CIELO LEON HERNANDEZ, quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.461.273, quien falleciera ab-intestato en fecha 27 de Octubre de 2011. Vistas igualmente las declaraciones contestes de los testigos, en un todo conforme con el contenido del interrogatorio cursante en autos, éste Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos de terceros, RESUELVE: Declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos JAVIER JOSE PASTOR LEON y FRANCISCO JAVIER PASTOR LEON, supra identificados, en su carácter de (Hijos) la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de MANOLA CIELO LEON HERNANDEZ. Expídase copias fotostáticas certificadas de la presente solicitud. Devuélvanse originales con sus resultas.-
LA JUEZA PROVISORIA,

ABOG. LIGIA RODRIGUEZ SALAZAR
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. AURELIA RUBIRA
En la misma fecha se devuelve constante de ______________ (_____) FOLIOS UTILES.-
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. AURELIA RUBIRA

SOLICITUD No. 6571
LRS/mp