REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
VALENCIA, 11 DE OCTUBRE DE 2016
206º y 157º

Vista la anterior Solicitud Presentada por la ciudadana ELIZABETH MARIELA BECERRA LEON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.665.915, actuando en su propio nombre y representación del ciudadano KEVIN BECERRA LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-25.020.839, debidamente asistidos por la abogada MIRIAN YURUBI GARCIA MOSQUERA, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 253.241, en la cual pide se le declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de su común causante RAIZA MARIELA LEON MANZULLY, quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.499.040, quien falleciera ab-intestato en fecha 17 de Abril de 2016. Vistas igualmente las declaraciones contestes de los testigos, en un todo conforme con el contenido del interrogatorio cursante en autos, éste Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos de terceros, RESUELVE: Declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos ELIZABETH MARIELA BECERRA LEON y KEVIN BECERRA LEON supra identificados, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de RAIZA MARIELA LEON MANZULLY. Expídase copias fotostáticas certificadas de la presente solicitud. Devuélvanse originales con sus resultas.-
LA JUEZA PROVISORIA,

ABOG. LIGIA RODRIGUEZ SALAZAR
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. AURELIA RUBIRA
En la misma fecha se devuelve constante de ______________ (_____) FOLIOS UTILES.-
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. AURELIA RUBIRA
SOLICITUD No. 6554
LRS/mp