REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 28 de Octubre de 2.016
206° y 157
Expediente: 10766-2016
PARTE SOLICITANTE: Ciudadanos ESTRELLA JOSEFINA RODRIGUEZ y JOAQUIN SANATANA; venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. V-3.565.310 y V-2.990.770, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: DENISE REYES TERAN, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 96.134
MOTIVO: PARTICION DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL
DECISION: ASUMIENDO COMPETENCIA EN RAZON DE COMPETENCIA
UNICO
En fecha 21 de Octubre de 2016, se recibió en el Juzgado distribuidor la presente solicitud, correspondiendo conocerla a este Tribunal, por lo que se procedió a darle entrada en fecha 25-10-2016.
DE LA COMPETENCIA
Ahora bien, se observa que en fecha 14-07-2016, el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, se declaro Incompetente en razón de la COMPETENCIA, para tramitar esta solicitud, por lo que, corresponde a este Tribunal pronunciarse sobre su competencia para conocer de este asunto relacionado con la PARTICION DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, planteada por los Ciudadanos ESTRELLA JOSEFINA RODRIGUEZ y JOAQUIN SANATANA; venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. V-3.565.310 y V-2.990.770, de este domicilio, debidamente asistidos por la Abogada DENISE REYES TERAN, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 96.134; es importante traer a colación, que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena acordó modificar la cuantía y las competencias a los Juzgados de Municipios según Resolución N° 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela signada con el N° 39.152 de fecha 02 de abril de 2009, no debe perderse de vista que la intención del Máximo Tribunal Supremo de Justicia fue la de que los justiciables en las distintas zonas del país, sometieran los asuntos que los afectan al conocimiento de los Tribunales de Municipio más cercanos a su localidad, no teniendo que trasladarse a las respectivas capitales para su tramitación; lo cual sin duda dificulta el derecho constitucional de los justiciables para acceder a la función jurisdiccional, garantizando así el mayor acceso posible de estos a la justicia.
En ese orden de ideas, se observa que los Ciudadanos ESTRELLA JOSEFINA RODRIGUEZ y JOAQUIN SANATANA, sostiene de mutuo y amistoso acuerdo liquidar su unico bien adquirido durante su unión conyugal, ubicado en la URBANIZACION VILLA JARDIN, MANZANA N° 15, CASA N° 15-13, PARROQUIA TOCUYITO, MUNICIPIO LIBERTADOR, DEL ESTADO CARABOBO;; es por ello que considera esta juzgadora, que este Tribunal es el competente en razón de competencia para conocer de este asunto; y así se declara.
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE, para conocer, sustanciar la presente solicitud de PARTICION DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, planteada por los Ciudadanos ESTRELLA JOSEFINA RODRIGUEZ y JOAQUIN SANATANA; venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. V-3.565.310 y V-2.990.770, de este domicilio, debidamente asistidos por la Abogada DENISE REYES TERAN, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 96.134.. SEGUNDO: En cuanto a su Admisión este Tribunal por auto separado proveerá lo conducente en la oportunidad legal respectiva.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Naguanagua, Los Guayos y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los veintiocho (28) días del mes de Octubre de 2.016.- Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA
FANNY R. RODRIGUEZ E.
LA SECRETARIA
CLAUDIA NAVARRO
En esta misma fecha, se publicó, registró y dejó copia de la anterior sentencia, siendo las once y cincuenta horas de la mañana (11:50 a.m.).
LA SECRETARIA
CLAUDIA NAVARRO
EXP. 10766-2016
FR.-
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