REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE VIOLENCIA EN FUNCION DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO-VALENCIA
Valencia, 11 de Octubre de 2016
Años 206º y 157º

ASUNTO: GP01-S-2015-002651
JUEZ: ABG. BLANCA JIMÉNEZ
FISCALÍA: TRIGÉSIMA PRIMERA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO CARABOBO
ACUSADO: ROBERT JOSÉ GONZÁLEZ OCHOA.
DELITO: VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el Artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
DEFENSA PRIVADA: RODRIGO BARRETO Y JAVIER MAZA.
VICTIMA: K.V..
DECISION: SENTENCIA CONDENATORIA

Efectuado el Juicio Oral y Privado, en la Causa distinguida GP01-S-2015-2651, seguida al acusado ROBERT JOSÉ GONZÁLEZ OCHOA, por el delito de VIOLENCIA SEXUAL A MUJER ADULTA, previsto en el artículo 43 en su encabezamiento de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las mujeres a una vida Libre de violencia, habiéndose emitido, como dispositiva del fallo, pronunciamiento de CULPABILIDAD, en fecha 31-05-2016, de conformidad con lo establecido en los artículos 344 y 347del Código Orgánico Procesal Penal , atendiendo a los requisitos establecidos en el artículo 346 del Código Orgánico Procesal Penal, se procede a publicar la Sentencia motivada en extenso, en los siguientes términos:

Se determina del Auto de apertura a Juicio, publicado en fecha 01-10-2015:

Los hechos objeto del presente proceso dieron origen el día 09.05.2015, siendo aproximadamente las 05:00pm de la tarde cuando la ciudadana K.A.V.G., se encontraba en casa de una amiga ubicada en la Urbanización Santa Inés, Sector III, Calle 42, casa nro. 09, Parroquia Rafael Urdaneta en una reunión compartiendo con unos amigos cuando en el grupo se incorporo el agresor ROBERT JOSE GONZALEZ OCHOA; al transcurrir un lapso el agresor le manifestó a la victima que lo acompañase a buscar una botella de licor para conseguir compartiendo, la agredida accedió y fueron caminando hacia la licorería, en el camino el investigado al estar al frente de su casa saco un arma de fuego y bajo amenaza, obligo a su víctima a ingresar a la misma específicamente a un cuarto, allí y bajo amenaza con el arma de fuego, mantuvo relaciones sexuales con ella y posteriormente le abrió la puerta de su casa para que la misma se fuese del sitio; es allí que formula la denuncia y los funcionarios policiales logran retener al agresor.

Según se refleja en el Reconocimiento Médico Legal de fecha 09.05.2015 suscrito por la Experta MARLENE CUEVAS, médica Forense adscrita al Servicio de Medicina y Ciencias Forense Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Delegación Región Carabobo, practicada a la víctima K.A.V.G., quien dejo constancia lo siguiente: CONCLUSIONES: Desfloración antigua, Ano rectal normal, presencia de secreción en vagina.

El tribunal acoge la calificación jurídica dada a los hechos por la fiscalía 31° del Ministerio Público del Estado Carabobo, por los delitos de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; dicha calificación se admiten por cuanto de la narración de los hechos, los cuales se encuentran subsumidos dentro de la norma supra citada y no desvirtuadas hasta la fecha, así como de los recaudos presentados por el Ministerio Público, se evidencia que en efecto se ha cometido un hecho punible y que él mismo merece pena corporal y cuya acción no está evidentemente prescrita por la data de los hechos.

PRUEBAS FISCALES ADMITIDAS:
1.- Declaración de la victima K.A.V.G., por tratarse de la víctima, siendo pertinente, útil y necesaria por tener conocimiento DIRECTO de las circunstancias de tiempo, modo y lugar del hecho ilícito y del nexo causal entre éste y dará fe la participación del imputado, de conformidad con lo establecido en el artículo 338 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Declaración de la ciudadana ALICIA MERCEDES RAMIREZ AULAR, por testigo referencial de los hechos, siendo pertinente, útil y necesaria por tener conocimiento de las circunstancias de tiempo, modo y lugar del hecho ilícito y del nexo causal entre éste y dará fe la participación del imputado, de conformidad con lo establecido en el artículo 338 del Código Orgánico Procesal Penal.
3.- Declaración de la ciudadana ENGELIS LEONOR TORO AULAR, por testigo referencial de los hechos, siendo pertinente, útil y necesaria por tener conocimiento de las circunstancias de tiempo, modo y lugar del hecho ilícito y del nexo causal entre éste y dará fe la participación del imputado, de conformidad con lo establecido en el artículo 338 del Código Orgánico Procesal Penal.
4.- La declaración de los Funcionarios DETECTIVES CORONADO HECTOR y BOLIVAR OMARELIS adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Valencia, quienes fueron los funcionarios quienes suscribieron el Acta de Investigación Penal, de fecha 09 de Mayo de 2015 de la aprehensión del imputado de autos, quienes rendirán declaración previa exhibición del acta de procedimiento que riela a los folios SIETE (7) y OCHO (8) de la pieza única del expediente, dada su utilidad, necesidad y pertinencia; toda vez que fueron los funcionarios que participaron en el acta de procedimiento, objeto del presente proceso penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 228 y 341 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el artículo 338 ejusdem.
5.- Declaración de la Dra. MARLENE CUEVAS, médica forense adscrita al Departamento de Ciencias Forenses Medicatura Forense de Valencia, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Región Carabobo, dada su licitud, necesidad y pertinencia rendirá declaración previa exhibición del Reconocimiento médico Legal de fecha 09.05.2015, que riela al folio DIECISIETE (17), realizado a la víctima, de conformidad con lo establecido en los artículos 228, 322.2, 337, 339 y 341 todos del Código Orgánico Procesal Penal; aplicable por supletoriedad del artículo 67 en su ultimo aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
6.- La declaración del Funcionario INSPECTOR AGREGADO RAFAEL RODRIGUEZ adscrito al Departamento de Criminalística, Área Microanálisis del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Valencia, quien fue el funcionario quien realizo el Reconocimiento Nro. 9700-0114-01831 LEGAL, BARRIDO (en búsqueda de apéndice piloso), de fecha 09 de Mayo de 2015 de la aprehensión del imputado de autos, quienes rendirán declaración previa exhibición del acta de procedimiento que riela al folio SESENTA Y TRES (63) de la pieza única del expediente, dada su utilidad, necesidad y pertinencia; toda vez que fueron los funcionarios que participaron en el acta de procedimiento, objeto del presente proceso penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 228 y 341 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el artículo 338 ejusdem.
7.- La declaración los Funcionarios DETECTIVES CORONADO HECTOR y BOLIVAR OMARELIS adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Valencia, quienes fueron los funcionarios quienes realizaron la Inspección Técnica Criminalística nro. 11286, de fecha 09 de Mayo de 2015 de la aprehensión del imputado de autos, quienes rendirán declaración previa exhibición del acta de procedimiento que riela al folio DIEZ (10) de la pieza única del expediente, dada su utilidad, necesidad y pertinencia; toda vez que fueron los funcionarios que participaron en el acta de procedimiento, objeto del presente proceso penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 228 y 341 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el artículo 338 ejusdem.


CONCLUSIONES DE LAS PARTES:
FISCALIA: “Esta representación fiscal en nombre del Estado venezolano, con el acervo probatorio traído y debidamente evacuado en e este juicio, comprobó de manera fehaciente que el ciudadano ROBERT JOSE GONZALES OCHOA, es responsable delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana K.A.V.G., sabemos que los delitos sexuales son delitos clandestinos, donde solo contamos con el sujeto activo en este caso el ciudadano y un sujeto pasivo que es la víctima, que es la única persona que vivió el hecho ventilado en esta audiencia, siendo así quedo debidamente acreditada su responsabilidad con la declaración de la ciudadana Catherine Vaamondez, quien fue evacuada en esta sala de manera inmediata tal como establece el artículo 16 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, la misma declaro de manera clara, precisa y sin ningún tipo de contradicciones, ella narro como ocurrieron los hechos de los cuales fue objeto, señalo las circunstancias de tiempo , modo y lugar de los mismos, y fue persistente en su testimonio y reconoce en esta sala de audiencias, al ciudadano Robert Gonzáles como la persona que el día 09/05/15 en horas de la madrugada, bajo amenazas con un arma de fuego debidamente descrita fue amenazada, fue utilizada para logrear satisfacer sus instintos, como lo es que la misma accediera a un contacto sexual no deseado, claramente señaló además de la amenaza como este ciudadano le profirió improperio, groserías y la llevo hasta el lugar don él reside, ubicado en Urbanización Santa Inés, sector 05, casa S/N, Parroquia Rafael Urdaneta del Municipio Valencia, dirección esta que fue debidamente acreditada con la inspección técnica criminalística realizada por el ciudadano Héctor Coronado y Omarelys Bolívar, el testimonio de la víctima fue debidamente adminiculado al informe médico forense, realizado por la Dra. Marlene Cuevas, quien de manera científica explicó a todas las partes haber evaluado y examinado a un paciente, el cual de acuerdo a lo manifestado había sido en esa misma fecha 09/05/15 haber sido abusada sexualmente, indico que la misma no tenía traumatismo, sin embargo, hizo la aclaratoria, que si una persona había sido objeto de amenazas, el resultado sería tal como ella lo indicó en el informe, igualmente aun cuando no son testigos presénciales sino referenciales, adminiculamos todo lo manifestado por la víctima al testimonio de los testigo s Alicia y Engelis Toro, quienes indicaron el estado de angustia y de afectación que presentaba la víctima una vez que se había materializado el delito de la violencia sexual, así como testigo que fueron promovidos por la defensa que estuvieron cuando la víctima se fue antes que se materializar el hecho, así como el estado de afectación que tenía cuando regresó, todos estos testimonios se califican como incontrovertibles, todas vez que debidamente concatenados, se evidencia la audiencia de incredibilidad subjetiva y verosimilitud en el dicho de la víctima, siendo que ella recordó cada detalle del episodio vivido, siendo que quedo marcada para siempre, asimismo quedo demostrado que ella no tenía ningún tipo de interés en perjudicial al señor Robert Gonzáles, y solo acude a los organismos competentes a fin que se haga justicia, si bien es cierto, que la Fiscalía hizo todas las gestiones parea su comparecencia la misma informó haber sido objeto de amenazas, lo cual indica que estamos en presencia de una víctima, de la comisión de un delito que es reprochable ante la sociedad, en este sentido pues Ministerio Público ratifica que se le dicte sentencia condenatoria al referido ciudadano por cuanto se subsume dentro de los supuestos establecidos en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, toda vez que la víctima indico además haber sido objeto de una violencia sexual por vía anal y haber sido víctima de penetración oral, lo que evidencia la comisión del hecho punible antes mencionado, es todo.”

DEFENSA: “El día de diez (10) de Febrero de Dos mil dieciséis (2016), Se agrego escrito consignado por esta defensa privada, donde se solicita examen y revisión de la medida privativa, constante de 03 folios útiles y 19 folios anexos, aparte de esto se dio inicio al desarrollo del Juicio oral y privado, Seguidamente el Tribunal nos cede el derecho de palabra a esta defensa donde se expuso “Esta defensa técnica durante el desarrollo del juicio oral y privado, demostrará con los testimonios de los funcionarios y presunta víctima, además de los testigos, que el presunto delito cometido en contra de la ciudadana K.V., no se suscitó del modo en que ha sido planteado por la Fiscalía y no puede endilgarse a mi defendido, por lo tanto demostraremos la inocencia de nuestro representado y obtendremos al final como lo es el día de hoy 31 de Mayo de este año, una decisión justa con los testigos y pruebas, elementos estos que fueron evacuados en esta sala los cuales, desde el inicio del debate hemos estado continuamente firme con la inocencia de los presuntos hechos que acuso el Ministerio Publico, con la representante de la Fiscalía 31, el día 16/02/16, se presentó la testigo Alicia Mercedes Ramírez Aular, testigo ofrecida por la Fiscalía como órgano de prueba, expuso entra la declaración de ella, la misma dijo que se encontraban varias personas en su casa compartiendo con bebidas alcohólicas y música, bailaron y bebieron hasta el amanecer y entre el compartir nuestro defendido aun cuando esta testigo dijo que no lo conocía de trato más de vista sí, que la conducta durante la noche fue muy cordial, respetuosa y que bailo con las chicas que estuvieron presente en la reunión, al momento que se termina la bebida el sale a comprar una botella y de manera voluntaria fue la presunta víctima, manifestó que al momento de regresar la presunta víctima llego vestida tal como se había ido a comprar la botella y que no poseía en la mano ningún objeto ni prenda. Es de analizar que esta testigo dijo en un momento que ella llego a las 6:00am y en una respuesta dijo 7:00am que llego la ciudadana Katherine a su casa luego de salir a comprar la botella, según se fue a compro la botella como a las 4:00am. Cabe destacar que la declaración fue en cierta parte conteste ya que indica la conducta desplegada durante toda la noche de nuestro defendido la cual fue una conducta muy respetuosa y que su posición era la de un caballero. También aporto que el mismo no tenía nada adherido a su ropa como lo es un bolso chaqueta donde muy bien pudo ocultar un arma de fuego. Ese mismo día acudió la ciudadana Engelis Leonor Toro Aular, testigo esta ofrecida por la Fiscalía como órgano de prueba, que expuso que esa noche estaban en casa de su prima, llegó el señor Robert con unos amigos, Katherine no lo conocía, lo conoció ese día, estaban todos en el porche escuchando música y decidimos tomar, hablando y compartiendo, a eso de las tres de la mañana decidí irme a dormir ya que tenía cosas que hacer el sábado, esta declaración de la testigo fue conteste en el sentido que la posición del ciudadano Robert José González Ochoa fue cordial y respetuosa, a pesar que viven en la misma comunidad esta testigo solo conoce de vista a nuestro defendido y cuando pudo decir que solo cruzo un saludo con él y nunca vio durante el compartir una conducta extraña. En esta declaración pudimos como defensa analizar que la misma se acostó como a las 3:00am y fue como a las 6:30am que volvió a ver a la presunta víctima y dijo que no la vio ni golpeada ni nada y estaba vestida entonces como es eso que la victima dice que estuvo amenazada y que se vistió rápido y que no le dio chace de poner su ropa intima ósea el hilo y que lo tenía en la mano que al momento de llegar pidió que le abrieran la puerta y cuando llego hasta el cuarto es que comienza a gritar. También aporto esta testigo en su declaración la cual fue muy consonante y creíble que la señorita Katherine había tenido relaciones sexuales con uno de los hombres que se encontraba presente en la reunión apodado LITO de nombre Daniel Paz ya que ellos habían estudiado en el mismo liceo y se conocían. Esta testigo aporto que el lugar del compartir porche estaba iluminado y no le vio a nuestro defendido ningún objeto conocido como arma de fuego ni adherido en su vestimenta o con otro accesorio como bolso. Ella bailo y no le sintió nada a nivel de la cintura donde muy bien pudo tener el arma de fuego. El día de treinta y uno (31) de marzo de dos mil dieciséis (2016), se hace pasar a la Sala al ciudadano Edwin Yussep Aular Medina, donde expuso ese día llegamos al sitio nos reunimos, estábamos bailan y tomando éramos solo jóvenes conocidos, toda la noche fue así, ellos salieron en el momento a comprar la cuestión y no supo mas nada es todo. Aportando con sus respuestas dadas a las preguntas realizadas tanto por la defensa y fiscalía donde ratifico que la conducta del ciudadano Robert González era cordial y que bailaba con las mujeres presente en la reunión y que en su vestimenta no poseía algo adherido a ella, el mismo dijo que vio a Katherine y Robert bailar, también aporto que Daniel paz apodado LITO se retiro de la reunión antes de ir a comprar la otra botella. Que estuvo el presente durante toda la noche y vio cuando la presunta víctima se fue con Robert González a comprar la botella de manera voluntaria y sin ningún tipo de amenazas a eso de las 5:00am, dijo que demoraron un rato y que llego caminando pero no indico que traía en su mano algo bien pudiera ser el hilo que la misma Katherine dijo haber llevado en la mano. No la vio golpeada y vio que estaba correctamente vestida. Este testigo es clave ya que estuvo durante la noche de la reunión y pudo ver la conducta que mantuvo nuestro defendido y que en ningún momento noto algo extraño en contra de Robert González. El testigo aclaro la manera que compartieron durante la reunión y que la presunta víctima salió de manera voluntaria y regreso vestida normalmente y sin golpes y no aporto que le haya visto algo en la mano.



ENUNCIACIÓN DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DE JUICIO
Fueron incorporados al Debate Oral y Privado, todas las pruebas promovidas por las partes y admitidas por el Tribunal en Función de Control, Audiencias y Medidas de esta Circunscripción Judicial, en el acto de celebración de la Audiencia Preliminar; el sistema procesal penal, exige que una vez establecidos los hechos, la prueba sea valorada conforme el sistema de la Sana Crítica, a tenor de lo establecido en el artículo 83 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia.

La Sana Crítica o libre apreciación razonada como también se le conoce, contiene un aspecto objetivo y un aspecto subjetivo, inclusive obtenido por la misma palabra. Sana, se concibe en su aspecto objetivo, imponiendo el deber de analizarla bajo el prisma de los Principios Generales, la Lógica y las máximas de experiencia, y el aspecto Subjetivo, impone el deber de valorarlos en forma razonada o argumentada, alejando así cualquier posibilidad de capricho judicial. Por consiguiente, las pruebas deben valorarse con apego a la Sana Crítica, esto es, argumentado, razonando los principios generales, la lógica o la máxima de experiencia.

Tales parámetros que orientan la delicada misión de juzgar, reviste significación especial, en la materia de delitos de violencia contra la mujer, en que necesariamente deberá conjugarse el proceso de valoración de las pruebas, con el reto asumido por la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, reconocida su especifidad dado que el maltrato a la mujer, es violencia basada en género, debiendo analizarse las pruebas, además, con perspectivas de género, en el contexto del reconocimiento de los derechos humanos y el respeto a la dignidad de la mujer, del ejercicio de sus derechos fundamentales de libertad y capacidad de decisión, debiendo identificarse, en el proceso de valoración de las pruebas, si las acciones antijurídicas, son el resultado de discriminación y subordinación de la mujer por razón de género en la sociedad.

En consecuencia, se procedió a examinar cada Órgano de Prueba incorporado, estableciéndose la valoración Individual, en el mismo orden en que fueron incorporadas y controladas por el embate de las partes:
1) Declaración de ALICIA MERCEDES RAMIREZ AULAR, testigo ofrecido por la Fiscalía como órgano de prueba en el presente juicio, quedando identificada con el numero de cedula V-19.480.034, de nacionalidad Venezolana, de profesión u oficio: auxiliar contable, de 26 años de edad, estado civil soltera, relación o parentesco con el acusado o la víctima: ninguna, se le procede a imponer de las reglas que rigen el testimonio y se le toma el juramento de ley, exponiendo: “La reunión se efectuó en mi casa, allá en santa Inés, era mi prima Engelis, Alfredo, Daniel, Catherine que es amiga de mi prima, que por ella la conocía, y Daniel llegó con Robert, que no lo conocía, estuvimos ahí en mi casa, bebiendo, bailando, como las cuatro y media, ya estaba aclarando, se acabó la botella, entonces Robert estaban en esa disputa, que quien iba a comprar la botella, en eso Robert iba a comprar la botella, él me dijo para ir, pero yo le dije que no porque yo era la dueña de la casa y no los iba a dejar solos a ellos, además que no lo conocía, Catherine estaba en la puerta de mi casa, y yo le pregunté a ella que si iba a ir, ella me dijo que bueno que si, ella salió de mi casa, porque estábamos en la puerta de mi casa ahí en el porche, Robert ya estaba afuera de la puerta de la casa, ella estaba en el porche, le pregunté si iba a ir, ella me dijo que si y le dije sal pues que voy a cerrar, yo me metí, ya mi prima estaba durmiendo, yo entre al cuarto para ver si ya se habían despertado los niños de ella o mi hija, lamentablemente yo me quedé dormida y no me percaté si llegaban o no llegaban, hasta que ya había amanecido, eran como las siete de la mañana, ella abrió la puerta súper duro, alterada que la habían violado, decía me violó, pero yo le decía quien, que te pasó, yo le pregunté a ella si había sido alguno de los muchachos, se la llevaron a ella para el porche de mi casa, ahí contó que supuestamente el muchacho la había violado, de ahí para acá no he tenido contacto alguno con ella, no la he visto más, es todo.”
FISCALIA: “¿Puede indicar dirección de ubicación de esa casa? R: En Santa Inés, sector 03, calle 42, casa Nº 09. ¿Recuerda la fecha de la reunión? R: Creo que fue el día anterior del día de las madres, se que ese día se celebraba algo, creo que fue el día de las madres, eso fue un sábado. ¿Qué celebraban ustedes? R: Nada, siempre bebíamos Lito, Mololo, mi prima, el grupo pues. ¿Puede indicar el nombre de cada una de esas personas que llama el grupo y que indica los apodos? R: Daniel es Lito, Alfredo es Mololo, Engelis, ese era el grupo con quien siempre bebemos, o bebíamos, conozco a Catherine por medio de mi prima Engelis y a Robert por Daniel que lo llevó ese día. ¿A qué hora llegaron ellos a su casa? R: Como a las nueve y media o diez. ¿Qué tipo de bebidas estaban consumiendo? R: Estábamos tomando Chimeneaud. ¿Cuál era el comportamiento que presentó el ciudadano Robert González? R: Tranquilo, casi no hablé con él, él estaba hablando con sus amigos, solo me pidió agua una vez. ¿En qué estado se encontraban? R: Todos estábamos sobrios, completamente sobrios, más bien decidimos comprar otra botella para tomar y después cada quien se fuera a su casa. ¿Cuándo Katherine y Robert se retiran quienes quedan en la vivienda? R: Daniel se había ido como a las dos de la mañana, estábamos mi prima, Alfredo y yo. ¿Transcurrido un tiempo usted dice llegó Catherine a su casa, en qué estado estaba ella? R: Súper alterada, nerviosa, no entendía si gritaba, si lloraba, esteba confundida, le pregunté que le pasaba, me dijo que Robert la había violado, le pregunté donde y me dijo que la había llevado a su casa, yo trataba de calmarla, pero lo único que decía es me violó, me violó, le pregunté si la habían golpeado, me dijo que no, ella no tenía moretones, aparentemente no se veía ninguna daño físico ni nada, yo me aleje, porque me daba cosa verla así, ella estaba muy alterada, a mi me daba pena, no sé si era porque no tenía confianza conmigo y no le pregunté más nada. ¿Le pregunté si la habían amenazado? R: Yo me alejé, porque ella dijo que era por mi culpa porque yo no había ido, y yo me alejé y no le pregunté más nada. ¿Tenía la misma ropa? R: Si. ¿Cuándo usted se aleja quien se quedó con ella? R: Alfredo y Engelis, y yo me fui a mi casa. ¿La acompañaron a algún centro asistencial o a formula denuncia? R: Me imagino que sí, pero yo me quede en mi casa. ¿Usted dijo que su prima estaba dormida? R: Si. ¿Cómo se llama su prima? R: Engelis. Es todo, no más preguntas.”

DEFENSA: “¿Me podría indicar cuantas personas estaban en la fiesta con nombre y apellido si lo sabe? R: Alfredo, Daniel, Engelis Toro, Catherine Vaamondez y mi persona Alicia Ramírez. ¿A qué se debía la fiesta? R: Ninguna, siempre nos conseguíamos y nos reuníamos nosotros mismo, menos Catherine y Robert, a Robert lo conocía ese día y ella la conocía, la saludaba un trato cortés. ¿Tiempo conociendo a Katherine? R: Como cinco meses,. Ella se la pasaba con mi prima Katherine, cuando yo me conseguía a mi prima estaba con ella. ¿Ella frecuentaba su casa? R: Si fue varias veces. ¿Al ciudadano Robert lo conocía? R: Lo conocí esa noche. ¿Cómo fue la actitud de las personas de la fiesta? R: Bailamos, normal, hablar de lo cotidiano. ¿Usted bailó con el señor Robert? R: No, porque estaban bailando salSa y yo no bailo salsa. ¿Cómo era la actitud del señor Robert? R: Normal, se sentó en un mueble, se paró cuando iban a comprar la otra botella. ¿Y la señora Katherine? R: Normal, bailando, echando broma. ¿Sabe donde vive Katherine? R: En Parque Valencia creo. ¿A qué hora salieron de su residencia ellos dos? R: Como a las cuatro de la mañana, a esa hora me percaté de ella, fue la última vez que la vi, ella iba normal tranquila, y luego volvió como a las siete súper alterada. ¿Qué le indicó ella? R: Que me violó, me violó, le pregunté que quien, yo pensé que habían sido uno de los del grupo, yo pensé que había sido él, en ese momento ni me acordaba de Robert, ella estaba alterada y no me decía más nada, en un momento ella me dijo que era mi culpa porque yo no había ido, yo no sabía si estaba rascada. ¿Sabe si la señora Catherine tenía alguna relación sentimental con alguno de los integrantes de la fiesta? R: No. ¿Usted volvió a ver al señor Robert después de la fiesta? R: No. ¿Y a la señora Katherine? R: Tampoco. ¿Cuándo deciden comprar la botella quienes estaban presentes en ese sitio? R: Alfredo, Daniel, Catherine, el señor Robert y mi persona, mi prima ya estaba durmiendo en ese momento. ¿Cómo se ponen de acuerdo para designar a la persona que iba a comparar la botella? R: Ya Alfredo había ido a comprar la otra botella, entonces queríamos seguir bebiendo y amanecer, entonces ya Robert estaba afuera y ella estaba en el porche, él me dijo que fuera con él, le dije estás loco yo casi no te conozco y soy la dueña de la casa, no me puedo ir, entonces Catherine estaba en el porche, yo le dije vas a ir sí o no, ella me dijo que si, les dije sal que voy a cerrar la puerta y me metí. ¿Quienes salieron a comprar la botella? R: Catherine y el caballero Robert. ¿De qué manera acude Catherine para ir con el señor Robert? R: Le pregunté y dijo que si, bajó el escalón y se fue con él. ¿Podríamos decir que fue de manera voluntaria? R: Si. ¿Cuánto tiempo compartieron en la reunión en su casa? R: Desde que empezamos a beber como a las diez de la noche hasta las 03 o 04 de la mañana que decidimos comprar otra botella, los caballeros salieron a orinar fuera de la casa por allí cerca y al baño adentro de la casa, solo entrábamos Katerin, Engelis y yo, de resto estábamos en el porche. ¿De todo el grupo de personas presentes, se dividían en dos o se mantenía solo en grupo? R: Siempre en grupo, solo de a dos cuando iba a bailar o hablar. ¿Con quién pudo ver usted que compartió más la señorita Katherine? R: Con todos, en ese momento bailó con todos y compartía con todos. ¿Pudo ver con quien compartía Robert? R: Con los muchachos, Daniel y Alfredo que ya los conocía, y con mi prima, no sé si él conocía a Catherine de antes. ¿Usted dijo que conoció a Robert ese día por medio de Daniel? R: Si, yo lo conocía de vista porque ambos vivimos en santa Inés, pero no lo conocía de trato, ese día me lo presentó Daniel. ¿Según el tiempo que lo conocía de vista, que tipo de conducta tenía el señor Robert? R: Cuando pasaba frente a su casa, él trabajaba ahí, cuando fue a mi casa, estuvo sentado en el mueble, recuerdo que estaba sentado y yo, pero no entablamos conversación, él estaba tranquilo a lo mejor no estaba en confianza, todos estábamos echando broma. Es todo, no más preguntas.”

Valoración Individual: Con este testimonio, de la dueña de la casa, donde se encontraban víctima y acusado, compartiendo junto a grupos de personas, quedo establecido que Robert fue llevado por su amigo Daniel, que lo conoció ese día y que con la víctima, si había compartido anteriormente y es amiga de su prima , que todos estaban sobrios y que Robert dijo que él iba a buscar una nueva botella para seguir tomando, que Robert le dijo a ella para acompañarlo y ésta le dijo que no porque no lo conocía y que le pregunto a Khaterine, quien estaba en el porche y le dijo que sí y que ambos se fueron, que ella se acostó y quedo dormida y que ya en la mañana llegó ella muy alterada, diciendo que la habían violado y que había sido Robert y que como le dijo que, había sido su culpa, ella no se ocupo más. Este testimonio, se valora plenamente, por encontrarse en el mismo lugar compartiendo con víctima y acusado y los vio salir juntos, en horas de la madrugada, de su casa con destino a comprar otra botella de licor, y haber visto y oído a la victima alterada señalando que Robert la había violado, horas después cuando llegó a su casa.

2) Declaración de la ciudadana: ENGELIS LEONOR TORO AULAR, testigo ofrecida por la Fiscalía como órgano de prueba en el presente juicio, quedando identificada con el numero de cedula V-22.205.264, de nacionalidad Venezolana, de profesión u oficio: estudiante, de 23 años de edad, estado civil soltera, relación o parentesco con el acusado o la víctima: conocidos, se le procede a imponer de las reglas que rigen el testimonio y no se le toma el juramento de ley en virtud de su edad, conforme a lo establecido en el artículo 214 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, asimismo, se le solicita que indique si reconoce contenido y firma del mismo, exponiendo: “Esa noche estábamos en casa mi prima, llegó el señor Robert con unos amigos, Katherine no lo conocía, lo conocía ese día, estábamos todos en el porche escuchando música y decidimos tomar, hablando y compartiendo, a eso de las tres de la mañana decidí irme a dormir ya que tenía cosas que hacer el sábado, porque era vísperas del día de las madre, luego Katherine llegó a las seis de la mañana, abrió la puerta del cuarto donde yo estaba durmiendo, pegando gritos, diciendo que la habían violado, le pregunté que quien, como todos estábamos allí, ella me dijo que efectivamente había sido Robert, le pregunté que como, ella me dijo que había sido en casa de él, ella me dijo que iba a denunciar, yo le dije que si ella creía que era lo correcto que lo hiciera, que yo de verdad estaba durmiendo y no sabía que había pasado, luego fue la mamá de ella y me dijo que tenía que ir a declarar a fiscalía y me dijo el nombre de la fiscal que me iba a atender, es todo.”
FISCALIA: “¿Recuerda la fecha en que estaban reunidos? R: 08/05/15. ¿Cómo se llama su prima? R: Alicia Ramírez. ¿Dirección del lugar donde se encontraban? R: Urbanización santa Inés, sector 03, calle 42, casa nº 09. ¿Puede indicar el nombre de las personas que se reunieron ese día? R: Katherine, Alicia, Lito, Mololo, Coco que es primo de Lito, un muchacho que le dicen El Nené, mi persona y Robert. ¿Usted hace referencia sobre nombres, puede indicar los nombres? R: Mololo se llama Alfredo, Lito se llama Daniel, igual que Coco que también se llama Daniel al muchacho que le dicen El Nené, no sé cómo se llama. ¿A qué hora se reunieron en esa dirección? R: Como a las ocho a diez de la noche. ¿Puede indicar con quien llegó Robert a esa casa? R: Con Daniel y Alfredo. ¿Cuánto tiempo tiene conociendo a la ciudadana K.V.? R: De 09 a 10 años. ¿Y a Robert? R: bastante tiempo porque vivimos en el mismo sector de la zona, de vista, no teníamos trato, solo hola, hola. ¿Qué comportamiento tenía ese día Robert en el grupo? R: Estaba tranquilo, normal, nunca vi un comportamiento extraño. ¿Y Katherine como se comportaba? R: Igual, normal, estábamos todos sentados en silla en una rueda. ¿Qué tipo de bebida estaban tomando? R: Glaciar que es vodka. ¿Katherine estaba sobria o ebria? R: Cuando yo me acosté todos estaban sobrios. ¿Cuándo supo que Catherine y Robert habían salido juntos? R: Cuando ella llegó en la mañana pegando gritos que la habían violado. ¿A qué hora usted observó de nuevo a la joven? R: Eran como las seis media de la mañana. ¿Físicamente como se observaba ella? R: Tenía una crisis de nervios, no estaba golpeada ni nada, estaba vestida. ¿Recuerda que le dijo? R: Solo gritaba que la habían violado, gritaba: me violó, me violó, me violó, no me toquen. ¿Manifestó el nombre de la persona que le hizo eso? R: Dijo que había sido Robert, eso era lo que ella decía. ¿Les indicó donde habían ocurrido los hechos? R: Si dijo que habían ido a su casa. ¿Quiénes estaban en la residencia cuando ella llegó? R: Estaba mi prima Alicia, Mololo que es Alfredo, Coco que es Daniel y Lito que también se llama Daniel ya se había ido. ¿Esa persona que ya se había ido es la persona con la que llegó el señor Robert? R: Si, él llego con Lito. ¿Ustedes la acompañaron a denunciar? R: La acompañé hasta el taxi y luego yo me fui. Es todo, no más preguntas.”

DEFENSA: “¿Podría indicar cuál fue el motivo de la fiesta? R: Ninguno, decidimos reunirnos allí, pero no estábamos celebrando nada. ¿Era el mismo grupo de persona que acostumbraban reunirse? R: Si, pero habían dos personas que no eran del grupo, que no se habían reunido antes. ¿Quiénes? R: Robert y Katherine. ¿Cuánto tiempo tiene conociendo a Katherine? R: De 09 a 10 años. ¿Son amigas? R: Conocidas, nos conocíamos del liceo, luego como cinco meses antes de lo que pasó estuvo yendo mucho a mi casa. ¿Cómo describe la personalidad de la señora Katherine? R: Lo que la conozco era tranquila. ¿De donde eran las personas que estaban en la fiesta? R: Todos eran de Santa Inés menos ella. ¿Cuánto tiempo tiene conociendo al señor Robert? R: Yo tengo toda mi vida viviendo en santa Inés, tengo toda la vida viéndolo a él. ¿Cómo se le conoce al señor Robert? R: Como una persona tranquila. ¿Cómo transcurrido la fiesta? R: Tranquila. ¿Sabe si la señora Katherine tenía alguna relación sentimental con alguno de los miembros de la fiesta? R: Después supe que esa noche había tenido relaciones con Lito. ¿Nombre de Lito? R: Daniel Paz. ¿Sabe donde se conocieron ellos? R: En el liceo, los tres estudiábamos en el liceo. ¿Cómo sabe que estuvieron juntos? R: Porque ella lo dijo. ¿Le indico en qué momento estuvo con Lito? R: Esa noche estuvo con él, al día siguiente luego que pasó todo, ella dijo que ella esa noche había estado con Lito, pero que había sido con él voluntariamente. ¿Cuándo ella llegó donde estaba usted? R: Estaba durmiendo. ¿Cuándo salieron a comprar la botella donde estaba usted? R: Estaba en la casa pero ya durmiendo. ¿Usted se percató cuando salieron? R: No. ¿Puede indicar que fue lo que escuchó de ella? R: Que Robert la había violado. ¿Le contó algún dato más de cómo fue la supuesta violación? R: No. ¿Puede indicar la hora cuando llego? R: Como a las seis de la mañana, ya estaba claro. ¿Durante el compartir de ese día usted tuvo algún contacto directo con el señor Robert? R: Si. ¿Fue constante el contacto con el señor Robert? R: No. ¿Pudo compartir una pieza de baile con el señor Robert? R: Si. ¿Una o varias? R: Varias. ¿Sintió al señor Robert adherido a la cintura al momento de bailar? R: No. ¿Al momento que regresa la señora Catherine se encontraba usted descansado? R: Si. ¿Quienes se encontraban presentes al momento que ella llega alterada o presuntamente alterada? R: Alicia, Alfredo, al muchacho que le dicen Coco, el Nene y yo. ¿Tiene conocimiento si durante el compartir Robert tenía alguna arma de fuego? R: No le vi nada en el momento. ¿Durante el compartir con el señor Robert le insinuó a tener alguna relación o contacto sexual? R: No. ¿Cómo fue el trato de Robert para con usted? R: Normal, respetuoso. ¿Pudo observar que el señor Robert hubiese bailado con la señora Katherine? R: No los vi. ¿El sitio estaba iluminado? R: Si, estábamos en el porche de la casa. Es todo, no más preguntas.”

TRIBUNAL: “¿Cuándo usted se fue a dormir la víctima estaba ahí reunida? R: Si. ¿Estuvo presente cuando ella acompaña a Robert a buscar licor? R: No, estaba durmiendo. ¿Tuvo conocimiento de manera referencial a si este ciudadano apodado Lito, que usted identifica como Daniel Paz, que es la persona que ella le comentó había estado con la víctima, ese Daniel Paz, estuvo allí cuando la víctima decide voluntariamente ir a comprar licor? R: Él no estaba porque los muchachos que quedaban ahí me dijeron, Alfredo y los otros, Lito se había ido como a las dos. ¿Puede establecer como se llama Coco? R: Se que es Daniel pero no sé el apellido, él es primo de Lito, Lito si se es Daniel Paz. ¿Usted posterior al conocimiento que tuvo por habérselo referido la víctima, pudo intercambiar algún tipo de información con estas personas que estuvieron compartiendo allí con el acusado y la víctima, sobre la salida de ella? R: Yo les pregunté qué, había pasado, ellos solo me dijeron que ella se fue con Robert a comprar licor, que luego llego sola y pidió que le abrieran la puerta, llegó tranquila, que empezó a gritar cuando entró al cuarto, fue cuando dijo que la habían violado. ¿Es cerca la casa de Robert? R: Es cerca, pero es otro sector, nosotros estábamos en el sector 03 y eso pasó en la avenida principal pero en el sector cinco, eso fue como a seis cuadras. ¿Cuánto tiempo transcurrió cuando ella se va a comprar licor hasta que llega de nuevo a casa de Alicia? R: Los muchachos me dicen que se fue y estaba oscuro y llegó y estaba claro. ¿Cuánto tiempo duro el compartir? R: Desde las diez de la noche, como seis horas. ¿Usted tuvo contacto visual con el acusado? R: Si. ¿Observó si portaba algún bolso o morral, o algo adicional que portara? R: No. ¿Ha visto al acusado alguna vez portar armas? R: No. ¿En la fiesta? R: No. ¿Recuerda como estaba vestida la víctima? R: Cargaba un pantalón de vestir negro, blusa negra y sandalias. ¿Sabe si Alfredo es hermano de Daniel Paz apodado Lito? R: Si. ¿Puede informar si dentro del grupo de personas con las que se encontraba compartiendo allí había alguien apodado Deiby? R: No, solo estaba el Nene. ¿Conoce el nombre del que usted apoda El Nene? R: No. ¿Usted ha ido a la casa del acusado? R: No. ¿Sabe con quién vive? R: Con su papá, su mamá y sus hermanos. ¿Viven en la misma casa? R: Si. ¿Usted llegó a tener conocimiento si para el día de los hechos los familiares del acusado se encontraban en su casa? R: Tengo entendido que sí.

Valoración Individual: Con este testimonio, se acredita que la victima llego a las 6:30 de la mañana a casa de Alicia, donde habían estado compartiendo en grupo de la noche anterior, y que en la mañana, después de entrar a la casa de Alicia, alterada dijo que Robert la había violado en la casa de él, que no vio cuando ambos se fueron, pero que le habían dicho los que estaban allí y aseguro que la conoce desde hacía 09 y 10 años atrás y ya habían compartido. Se valora en forma plena, ya que compartió tanto con la víctima como con el acusado la noche anterior, ser prima de la dueña de la casa, donde se quedo a dormir y haber visto cuando llegó la victima alterada y señalar a Robert como la persona que la había violado.

3) Declaración de DANIEL JAEL ANTONIO PAZ CLAVIJO, testigo ofrecido por la defensa como órgano de prueba en el presente juicio, quedando identificado con el numero de cedula V-22.204.436, de nacionalidad Venezolana, de profesión u oficio: comerciante, de 23 años de edad, estado civil soltero, relación o parentesco con el acusado o la víctima: ninguna, se le procede a imponer de las reglas que rigen el testimonio y se le toma el juramento de ley, exponiendo: “Los hechos de cuando yo comencé, lo que yo presencie, yo acababa de salir de mi negocio, me encontré con Robert afuera ya nos conocíamos porque él tiene un auto lavado y yo lavo mi moto ahí, a mi me dicen Lito, hablamos ahí, le comente lo de la reunión y nos fuimos hasta allá, estuvimos todos echando broma nosotros mismos, éramos puros chamos, sanos, éramos un grupo de seis o siete personas, estuvimos allí hablando y echando broma, como a las dos y media de la mañana, estábamos todos bailando en el porche de la casa, como a las dos y media empezamos con una miradora la muchacha Catherine y yo y nos pusimos a bailar en privado, yo le propuse tener relaciones sexuales y ella accedió, entramos al cuarto de Alicia, que era la dueña de la casa, tuvimos relaciones y como a las tres de la mañana yo me retiré, porque había un compartir por allá por mi casa, allá quedaron los demás, quedó mi hermano, Katherine, Alicia y los demás, luego como a las cinco de la mañana, se acabo la cerveza en el compartir donde yo estaba y fui con mi vecina a comprar cerveza y vi a Robert y Katherine, ellos iban caminando hacia el lugar de los hechos, yo pasé en el carro, yo la vi que iba con él, no sé si ella me vio a mí, luego regresé a la casa del vecino y me quede allí hasta las ocho de la mañana, como a las once me desperté y me echaron el cuento de lo que había pasado, es todo.”
DEFENSA: “¿Podría indicar en que trabajaba en ese momento? R: En ese momento tenía un negocio de películas. ¿De dónde conoce al señor Robert? R: De Santa Inés del auto lavado. ¿De dónde conoce a Katherine? R: Ella estudió en el mismo liceo que yo, nos conocíamos de vista, conocía era Alicia que era la dueña de la casa y a su prima Engelis. ¿Podría decir quién lo invito a la fiesta? R: Engelis y Alicia me llamaron. ¿Quiénes eran sus amigos dentro de los asistentes a la fiesta? R: El Nene, Mololo que es mi hermano, Engelis y Alicia. ¿A qué hora llegó? R: Como a las 10 y media. ¿Con quien llegó usted? R: Con Robert. ¿Quiénes estaban en la fiesta cuando usted llegó? R: Alicia, Catherine y Engelis. ¿Qué bebida estaban tomando esa noche? R: Chimeneaud. ¿Cuál es el apodo con el que lo conocen en el sector? R: Lito. ¿Qué relación tenía usted con la señora Katherine? R: Ninguna. ¿Cuántas veces estuvo con la señora Katherine? R: Una sola vez. ¿Puede indicar la hora? R: En casa de Alicia, como a las 02 y media de la mañana. ¿En qué parte de la casa? R: En el cuarto del medio. ¿De qué manera compartió usted con la señora Katherine? R: Entramos a la habitación, estaba oscuro, nos acostamos en la cama, nos empezamos a besar, le bajé un poco el mono que cargaba, un leggins y ahí tuvimos relaciones. ¿El acto sexual fue por qué vía? R: Vía vaginal y sexo oral de ella hacía mí. ¿Qué tiempo duraron allí? R: 07 a 08 minutos aproximadamente, fue rápido. ¿De qué manera estuvo ella con usted, como fue su comportamiento? R: Fue brusca, dura pues. ¿En ese momento se encontraban tomados? R: Estábamos ebrios, nos rascados de perder el conocimiento pero si estábamos tomados, nos tomamos una botella nada más. ¿Hora del acto sexual? R: Aproximadamente las 02:30. ¿Qué hizo después de estar con ella? R: Fuimos al baño, nos lavamos, salimos al porche, me senté un rato con ella y luego a los cinco minutos me fui a la otra reunión que tenía. ¿A qué hora se fue usted? R: Como a las 03:15 horas de la mañana aproximadamente. ¿A qué hora cierra usted el negocio? R: A las nueve de la noche. ¿Usted conocía anterior a ese día al señor Robert González? R: Si hemos tenido trato porque yo le llevaba la moto al auto lavado, era un trato normal no éramos amigos pero nos conocíamos, yo lo invité porque lo conocía y somos muchachos sanos, ahí fue que hablamos. ¿Qué tipo de celebración o motivo de la fiesta? R: Era fin de semana, no había ningún motivo de celebración simplemente nos reunimos ahí a beber. ¿Primera vez que hacían una reunión como esa? R: No, ya habíamos hecho varias. ¿Participaban en esa reunión las mismas personas que asistieron el día que se suscitaron los hechos? R: No. ¿Quiénes participaron en esta reunión por primera vez? R: Nene, Katherine y Robert. ¿Conoce al tal Nene? R: Si. ¿Conoce su nombre y apellido? R: No, solo lo conozco por el apodo. ¿Reside en la zona? R: Si. ¿Sabe el nombre de Coco? R: Daniel Alberto Clavijo Rico. ¿Reside por la zona? R: Si él es primo de nosotros. ¿Conoce a Mololo? R: Si, es Alfredo Joel Paz Clavijo. ¿Hace cuanto tiempo conoce a la señorita Katherine? R: De vista solamente hace como tres años. ¿De dónde la conoce? R: del liceo donde yo estudiaba. ¿La había visto anteriormente o simplemente en el liceo? R: Si la había visto, porque yo estaba en otro liceo y me cambié para el liceo de ella. ¿Usted estudiaba cerca de donde vivía? R: Si, ahí mismo en Santa Inés. ¿Sabe donde vive Katherine? R: No. ¿Cuál fue la conducta del ciudadano Robert González en el compartir? R: Normal, fue una conducta tranquila, puro bailar y echar broma con nosotros. ¿Recuerda como vestía el señor Robert? R: Un jean y una franela, color no me acuerdo. ¿Puede usted informar al tribunal si el señor Robert para el momento de los hechos portaba algún tipo de bolsa, maleta o maletín? R: No poseía. ¿A qué hora llega usted al compartir con Robert a la fiesta? R: Como a las diez y media de la noche. ¿Pudo usted observar durante ese tiempo del compartir si el ciudadano Robert compartió con una de las ciudadanas presentes en la fiesta? R: Si, bailó con Engelis un rato. ¿Solo con Engelis? R: Si yo lo vi fue bailando con ella. ¿Del sitio de la fiesta al domicilio de Robert que distancia existe aproximadamente por cuadras? R: Como tres cuadras. ¿Es cerca de la casa de Robert a casa de Alicia? R: Si, como 250 metros. ¿Cómo se conecta usted con la señorita Catherine para mantener el acto sexual? R: Ella le comentó a Alicia que ella gustaba de mí y quería tener algo conmigo esa noche, Alicia me comentó, yo la invité a bailar a la sala y allí se lo propuse. ¿Dónde bailaban normalmente? R: En la sala. ¿Dónde estaban sentados? R: En un mueble en el porche o de pie. ¿Qué le propuso usted a Catherine en la sala para tener el acto sexual? R: Solo le dije que si ella quería estar conmigo, me dijo que si, luego duramos como cinco minutos hablando y pasamos al cuarto, en la sala tuvimos un roce, nos tocamos, nos besamos y dijo que sí. ¿De qué manera ella acude con usted al acto sexual? R: me tomó de la mano, me llevó hacia el cuarto porque ella tenía más confianza en la casa. ¿Por qué ella tenía más confianza en la casa? R: Porque ella estudiaba con Engelis. ¿Utilizó usted al momento del acto sexual algún método de protección? R: No. ¿Con que intención se retira usted al compartir que estaba donde la señora Alicia? R: Con intención de ir al compartir de ir a la fiesta que estaba al lado de mi casa, que tenia rato llamándome. ¿Les informo usted a las personas del compartir que se retiraba? R: Si. ¿Le informo al señor Robert que se retiraba del compartir? R: No. ¿Tuvo conocimiento si el señor Robert poseía algún tipo de arma adherida a su cuerpo en el momento del compartir? R: No tenía, como le dije precisamente nos reunimos porque somos un grupo tranquilo, solo consumimos aguardiente. ¿Al momento que los caballeros presentes en la reunió a donde se dirigían a hacer su necesidades? R: Adentro en el baño de la casa. ¿Cómo se entera que a la señorita Catherine le había ocurrido un hecho? R: Porque cuando me despierto como a las 11 de la mañana, mi hermano Alfredo Paz, que le dicen Mololo, me dijo que a Katherine la habían violado. ¿Durante el compartir recuerda si Robert había bailado alguna pieza musical con Katherine? R: No recuerdo. ¿Cuándo usted dijo que vio a la señorita Katherine caminando con el señor Robert? R: Iban juntos por la acera con actitud normal. ¿En qué sentido se dirigían Catherine y Robert, retirándose o yendo hacia la casa de Alicia? R: Retirándose iban cerca del auto lavado. ¿Observó si Robert llevaba algo en sus manos? R: Si me percaté, pero ninguno de los dos llevaba nada. ¿Aparte del licor consumieron alguna otra sustancia en el compartir? R: No, solo cigarrillos. Es todo, no más preguntas.”

FISCALIA: “de que hechos específicamente tuvo usted conocimiento a través de su hermano? R: Mi hermano me preguntó que si ya me había enterado y yo le dije que no, ahí me echo el cuento. ¿Se había enterado de qué? R: de lo que había pasado, que se habían llevado a Robert preso porque al parecer había abusado de Katherine. ¿Hizo referencia a haber compartido con la Catherine y Robert, recuerda la ubicación de la casa donde se reunieron? R: Recuerdo el número de la calle y que fue en Santa Inés, calle 42. ¿Fecha en que se efectuó esa reunión donde estaban presentes la señora Catherine y el señor Robert? R: Fue en mayo, recuerdo que iba a ser el día de las madres. ¿A qué hora llegó usted a la reunión? R: A las diez y media. ¿Fue solo o acompañado? R: Acompañado con Robert. ¿Quiénes estaban presentes ese día en esa reunión? R: Coco, Mololo, Engelis, Alicia, El Nene, Katherine, Robert y yo. ¿Es primera vez que el señor Robert compartía con usted en una fiesta? R: Que haya andado conmigo sí, pero ya yo lo había visto en otras fiestas y habíamos cruzado palabras. ¿Qué lo motivó a usted invitarlo a la fiesta? R: Que estábamos frente al negocio, hablamos, hablamos sobre que íbamos a hacer y yo le comente que teníamos la fiesta allá, y el acepto la invitación. ¿En qué medio de transporte fueron? R: En moto. ¿Qué tipo de conducta se observaba en el señor Robert con respecto a la señora Katherine? R: Fue normal, no hubo acercamiento, más que todo nosotros los hombres sentados en los muebles hablando con ella, luego bailamos, después yo me fui a la sala con Catherine, tuvimos relaciones, al rato me fui y todo fue normal. ¿Cómo fue el comportamiento de la señora Catherine con usted? R: Había unas miradas, luego ella le comentó a Alicia que yo le gustaba y que ella quería tener algo conmigo en ese momento y por eso fuimos a la sala. ¿Cómo andaba vestida la ciudadana Katherine ese día? R: de negro un leggins negro y un suéter negro. ¿Cómo era el inmueble donde ustedes se encontraban? R: Un porche que era donde estábamos que es como de 09 metros por 06 metros, de cerámica, de platabanda, los muebles estaban ahí mismo en el porche y estaba oscuro. ¿Dónde bailaron en privado? R: Si en la sala. ¿Las personas que usted se había retirado con la ciudadana Katherine? R: Si. ¿Cuánto tiempo permanecieron ustedes solos? R: Como veinte minutos. ¿A qué hora se retiró usted del sitio? R: Aproximadamente a las tres de la mañana. ¿Por qué motivo se retiró solo y no con la persona que lo acompañaba, que era el señor Robert? R: Porque ellos estaban hablando, allí, como cuadrando algo, le comenté fue al Nene, Mololo y Alicia. ¿Ha existido algún tipo de comunicación o acercamiento con los familiares del ciudadano Robert González? R: No. ¿Usted reside cerca de la residencia del señor Robert González? R: Si, todos vivimos en Santa Inés, y como eso es pequeño, la mayoría nos conocemos de vista y nos saludamos. ¿Después que usted tuvo conocimiento de los hechos mantuvo usted algún tipo de contacto con la ciudadana Katherine? R: No. ¿Qué tipo de relación dice usted mantuvo con la ciudadana Katherine? R: La relación fue solo de estar en el momento, fue algo que se dio allí y allí quedó, no teníamos relación antes, solo estuvimos allí y punto. ¿En que andaba usted cuando los vio a Katherine y Robert en la madrugada? R: En un corolla verde que era de mi vecina. ¿A qué hora los vio? R: Aproximadamente a las cinco de la mañana. ¿La pareja lo observó a usted dentro del carro? R: Ellos vieron el carro, pero no puedo asegurar si me vieron dentro del carro. Es todo, no más preguntas.”

Valoración Individual: Este testimonio se valora plenamente, ya que se trata de una de las personas presentes, en la reunión donde se encontraban compartiendo la víctima y el acusado, e incluso señaló que quien llevó a Robert a la misma fue él, por conocerlo desde hace tiempo, ya que es de Santa Inés y tiene un auto lavado, donde él le lleva su moto, aseguro que mientras estuvo en dicha reunión todo se desenvolvió normal, tomaron, hablaron, bailaron y no vio ningún acercamiento entre víctima y acusado durante la fiesta. Señaló haber tenido contacto sexual con la víctima durante la reunión y posteriormente se fue, porque tenía otra reunión y dejó a víctima y acusado allí, que los vio a ambos como a las 5 de la mañana, desde un carro corolla verde, iba caminando hacia la casa de Robert y que los vio normal y que él se entero al día siguiente como a las 11 a.m que Katherine dijo que la habían violado.

4) ALFREDO JOEL ANTONIO PAZ CLAVIJO, testigo ofrecido por la defensa como órgano de prueba en el presente juicio, quedando identificado con el numero de cedula V-26.020.346, de nacionalidad Venezolana, de profesión u oficio: soldador, de 22 años de edad, estado civil soltero, relación o parentesco con el acusado o la víctima: Catherine la conozco porque estudió conmigo y Robert vive por la casa y tiene un auto lavado, se le procede a imponer de las reglas que rigen el testimonio y se le toma el juramento de ley, exponiendo: “Lo que yo sé es que ese día yo llegue a la casa de Alicia, estábamos ahí los que aparecemos en el papel, Alicia, Engelis, Coco, Nene, Robert y la víctima Katherine, yo llegue y estaban ahí compartiendo yo me uní al grupo, estábamos bebiendo, nos estábamos bebiendo una botella, bailamos, disfrutamos, nos reímos, conversábamos, luego como a las cuatro a cuatro y media, no teníamos más nada que seguir bebiendo, estábamos como picado, recolectamos todos para una botella, Alicia iba a ir con Robert que fue quien se ofreció para ir a comprarla, pero Alicia no quería dejar la casa solo, y la otra chama se ofreció a ir, nos quedamos en la casa los que estábamos, mi hermano se había ido, como ellos Catherine y Robert no llegaban yo me acosté en un cama, como a las siete de la mañana, llegó Katherine, armo un show, yo me desperté, dijo que había ido y venido y este chamo le había hecho algo, yo me fui para mi casa para evitar problemas eso lo que pasó ese día que yo tengo conocimiento, es todo.”
DEFENSA: “¿de dónde conoce a Katherine? R: Yo estudie con ella, cuarto y quinto año, la conozco del liceo. ¿La conoce de vista, trato y comunicación? R: Si. ¿Por qué o como estuvo ella presente en el compartir? R: Cuando yo llegué allá, ella ya estaba ahí, me pareció lógico porque Catherine estudió con Engelis y conmigo, y Alicia es prima de Engelis, cuando yo llegué estaba mi hermano, estaba Robert y ellas. ¿Cómo se entera usted de la reunión? R: Porque yo le escribí a mi hermano y me dijo que estaba en casa de Alicia, luego fue que supe quienes más estaban, Robert, Katherine. ¿Qué estaban consumiendo? R: Licor, era chimeneaud. ¿Usted conoce a Robert? R: Si de vista, el tiene un auto lavado en su casa y yo tenía un negocio de comida y a veces coincidíamos, nos conocíamos de vista, más no de trato, lo traté ese día en la fiesta. ¿Cómo conocen a Robert en la zona, como es su conducta? R: Siempre lo he visto es trabajando, lavando carros. ¿A qué hora llega usted a la reunión? R: Como a las 11 a 12. ¿Cuántas personas y quienes estaban presentes en ese compartir? R: Alicia, Catherine, Engelis, mi hermano, Coco, Nene, Robert y yo, éramos siete u ocho. ¿En qué parte de la casa estaban reunidos? R: En el porche algunas veces bailaban en la sala. ¿Bailó usted con las mujeres presentes en la reunión? R: Si con las tres mujeres. ¿En qué parte de la casa bailó usted? R: En el porche también en la sala. ¿Con quién bailó en la sala? R: Con las tres. ¿Observó a Catherine bailando con Robert? R: No, con Engelis fue que lo vi. ¿En el compartir había un grupo abierto de personas o había dos grupos? R: Un solo grupo de personas. ¿Tuvo algún trato con Robert durante la reunión? R: Si. ¿Qué conducta o qué posición veía usted a Robert en la reunión? R: igual a la que teníamos todos, con intenciones de bailar, echarnos unos tragos. ¿Pudo ver usted a Katherine bailando con Lito? R: Si él es mi hermano. ¿En qué parte de la casa los vio bailando? R: En el porche y también en la sala. ¿En una ocasión o varias ocasiones? R: varias ocasiones bailaron. ¿Usted estuvo presente durante todo el compartir? R: Si. ¿Recuerda quienes se retiraron de la reunión antes que retirar el compartir? R: Mi hermano fue el único. ¿Recuerda a qué hora se retiró? R: Como a las cuatro a tres, aproximadamente, no recuerdo bien la hora. ¿Cuántas botellas ingirieron esa noche? R: Una, íbamos a comprar la otra. ¿Quiénes fueron a comprar la otra botella? R: Robert y Catherine, ella se decidió a ir con él. ¿Estaba usted presente cuando partieron a comprar la botella? R: Hicimos una recolecta o una vaca, Robert se ofreció, él como que estaba recogiendo el dinero, Robert salió hacia fuera, pero Alicia dijo que no podía ir porque no iba a dejar la casa sola, Catherine se ofreció a ir. ¿De qué manera acude Catherine con Robert a comprar la botella? R: Con total normalidad. ¿Recuerda como vestía Robert? R: Un Jean, unos zapatos casuales, una franela de qué color no sé. ¿Adicional a la vestimenta tenía algún maletín o bolso, algo adherido al cuerpo que acompañara su vestimenta? R: No, nada. ¿Usted sabe si al momento del compartir Robert González portaba un arma? R: No tengo conocimiento, yo no lo vi con armas. ¿Tuvo conocimiento si la señorita Katherine compartió algún momento en privado con Lito (Daniel Paz)? R: Si. ¿Qué tipo de conocimiento tuvo usted con respecto a ese momento? R: Yo noté como hombre que había algún tipo de interés de ella por mi hermano, y mi hermano por ella, ganas más ganas eso fue lo que pasó. ¿A qué se refiere con ganas más ganas? R: Que tuvieron intenciones mutuas de tener una relación sexual. ¿Sabe si esa noche Catherine tuvo relaciones sexuales con Lito esa noche? R: Se metieron al cuarto, pero yo no estuve con mis ojos viendo que pasó, yo la notaba a ella dispuesta y uno es hombre, se lo que pasó, pero no los vi. ¿A qué hora fue esa cita privada? R: Como a las tres a dos y media será. ¿Estuvo usted presente al momento que la señorita Catherine regresa a la casa de Alicia? R: Si. ¿Pudiera informar el momento en que llega a la casa y que sucede posterior a eso? R: Yo estaba en un cuarto recostado, me canse de esperar, decidir esperar acostado, no vi el momento exacto que ella llego a la casa, luego que estaba adentro, empezó con un show y un escándalo, y Engelis como tenia los niños de ella durmiendo, se paro y le dijo cálmate, vas a despertar los niños y no estábamos en tu casa ni en la mía, ella se calmó y le dijo Robert abuso de mi. ¿Qué decía ella? R: Llegó gritando, haciendo un espectáculo, un show, al momento no decía nada, luego dijo que Robert abuso de ella, yo decidí irme a mi casa para evitar problemas. ¿Le comentó a otra persona lo que dijo Katherine? R: No. ¿Posterior a esos hechos ha visto usted nuevamente a Katherine? R: No. ¿Y a Robert? R: Ahorita. ¿Quién le informa que acuda al tribunal? R: Mi hermano, que lo llamaron del tribunal y le informaron que él y yo teníamos que venir. Es todo, no más preguntas.”

FISCALIA: “¿Usted había rendido declaración ante algún organismo policial sobre este caso? R: No. ¿Usted manifestó que estaban presentes las personas que aparecían en el papel? R: Porque Engelis y Alicia nos dijeron que habían declarado y que estábamos todas las personas de la fiesta nombradas en una hoja y teníamos que venir. ¿Hablaron de los hechos debatidos en este juicio? R: No, simplemente me dijeron que ellas habían venido porque las habían citado y que nosotros teníamos que venir, yo le dije que no había venido porque no me habían citado. ¿Cuáles fueron las palabras de Catherine al momento de llegar a la casa? R: Ella no llegó diciendo nada ni señalando, llegó fue gritando, decía Alicia, Alicia, luego Engelis le dijo que se calmara. ¿Qué aspecto físico tenía? R: Ninguno, tenía el pelo recogido estaba vestida de negro. ¿Durante ese compartir ausencia del grupo de Catherine del grupo que estaba compartiendo? R: Se ausentó al momento que estaba haciendo lo que estaba haciendo con mi hermano. ¿Después de lo que pasó usted hizo algún comentario? R: No recuerdo, habíamos tomado, bailado. ¿Considera amiga a Katherine? R: Dicen que los amigos no existen, la consideraría como conocida, como amigo no se considera a nadie. ¿Recuerda fecha y lugar de los hechos? R: Fue en la casa de Alicia no recuerdo la dirección y la fecha fue en mayo. ¿Usted escuchó de la señora Katherine, donde señaló ella haber sido objeto de violencia sexual? R: En la casa de Robert. ¿Escuchó si Robert ejecutó alguna amenaza contra ella, si ella lo manifestó? R: No. ¿Tiene usted conocimiento quien le prestó apoyo a la ciudadana a realizar la denuncia por los organismos competentes? R: Engelis me dijo que ella la acompañó y Alicia. Es todo, no más preguntas.”
TRIBUNAL: “¿Usted pudo observar si su vestimenta estaba normal como ella estaba vestida durante el tiempo que compartieron o había algo diferente, la ropa al revés, u observar algo que le llamara la atención? R: No, ella cargaba su ropa normal. ¿Sabe cómo se llama el ciudadano al que llaman El Nene? R: Solo por apodo, pero puedo llevar la boleta porque se quienes son. Es todo

Valoración Individual: Este testimonio se valora plenamente, toda vez que estuvo presente en la reunión, donde compartieron víctima y acusado, encontrándose presente para cuando Robert se ofrece a ir a comprar otra botella de licor y Khaterine decide ir con él, esto fue en la madrugada, y como no llegaban se recostó y permaneció en casa de Alicia y vio cuando llego Khaterine, diciendo que Robert había abusado sexualmente de ella en su casa.

5) EDWIN YUSSEP AULAR MEDINA titular de la cédula de identidad Nº V- 15.495.005 de nacionalidad Venezolano, de profesión u oficio: técnico de refrigeración, de 35 años de edad, estado civil soltero, relación o parentesco con el acusado o la víctima: ninguna, se le procede a imponer de las reglas que rigen el testimonio y se le toma el juramento de ley, y expone “ ese día llegamos al sitio nos reunimos, estábamos bailando y tomando éramos solo jóvenes conocidos, toda la noche fue así, ellos salieron en el momento a comprar la cuestión y no supe mas nada es todo.
DEFENSA: ¿durante que tiempo estuvo usted presente en esa reunión? R: hasta el amanecer ¿Dónde exactamente fue la reunión? R: en la casa de una amiga no recuerdo como se llama ¿Qué tiempo o cuantas veces participaba usted a ese tipo de reunión? R: era primera vez que yo iba para ese sitio ¿conoce a los presentes en esa reunión? R: a la muchacha de la reunión la conocí ese día ¿Qué conducta presentaba el ciudadano Robert en esa reunión? R: la de todos bailaba y ya ¿Qué tipo de bebida? R: alcohol ¿recuerda que cantidad? R: no recuerdo ¿había un sonido o música en esa reunión? R: eran unas cornetas ¿algunos de los presentes bailaron? R: si todos bailamos ¿en qué parte bailaron? R: allí mismo en el porche de la casa ¿recuerda usted qué tipo de vestimenta cargaba Robert González? R: no estoy seguro no detalle ¿puede recordar usted si el cargaba algo adherido al cuerpo un bolso? R: no nada de eso ¿pudo ver usted a Robert bailar con alguna mujer en la reunión? R: si como todos ¿durante el tiempo que tiene en esa comunidad había visto usted a Robert? R: si como él tiene un negocio lo saludaba ¿tienen algún conociendo de la conducta de Robert González? R: por lo que he visto es un muchacho trabajador cuando pasaba por su negocio ¿recuerda a qué hora se retiraron los presentes de la reunión? R: no recuerdo la hora exacta ¿pudiera indicar quien se retiro? R: Daniel apodado LITO ¿hasta qué hora aproximadamente le duro la bebida? R: hasta aproximadamente el amanecer ¿Qué hicieron después de haber terminado la botella? R. las muchachas se fueron a acostar y yo me quede con los muchachos en el mueble ¿Quiénes se fueron a comprar la botella? R: la muchacha y Robert ¿PUDO USTED ESTAR PRESENTE CUANDO SE FUERON A COMPRAR LA BOTELLA? R: si yo estaba allí ¿de qué manera acudió ella a comprar la botella? R: normal ¿pudo ver algún tipo de amenaza? R: no ¿a qué hora fueron a comprar la botella? R: ya estaba claro, eran como las 5 am ¿pudo usted ver a Robert bailar con Katherine? R: si ¿usted bailo con Katherine? R: si ¿estaba usted presente cuando regreso la ciudadana katherine? R: si ¿Cuál fue la actitud de ella al llegar? R: ella venia como apurada y venia llorando, allí fue donde se levantaron todos y dijo el cuento ese ¿recuerda usted si la vestimenta para el momento que ella ingresa a la casa como estaba? R: la tenia puesta ¿pudo usted ver algún tipo de golpe en el rostro? R. no ¿Qué tiempo demoro ella cuando partió con Robert y regreso? R: fue un rato, por eso le dije a los muchachos vamos a asomarnos a ver qué pasó ¿de donde estaban reunidos a donde venden el licor es cerca o es retirado? R: es como tres cuadras pero las cuadras son relativamente cerca ¿podría indicar quien lo invito a la fiesta? R: estábamos todos en un lado y nos llegamos hasta allá ¿se reunían con frecuencia en esa casa? R: yo no ellos si ¿de quién es amigo usted en esa casa? R: yo soy amigo de los muchachos ¿usted vive por la misma zona? R: si ¿usted conoce a la ciudadana Katerin? R: no ¿Cómo usted noto el comportamiento de los ciudadanos en esa reunión? R: normal ¿todos estaban tomando? R: si ¿supo usted por algún rumor si algunos mantenían relación sentimental? R: no ¿en el momento de ir a comprar la botella como se escogió quien iría? R: los muchachos se negaron y ellos dos fueron de manera voluntaria ¿el sitio donde comprar la bebida donde queda? R: ¿Cuándo llego la señora Catherine pudo notar si había violencia? R. De golpes no había nada ¿Qué decía ella exactamente? R: decía que la habían violado ¿usted en la fiesta vio a la ciudadana bailando con el que le apodan LITO? R: si ¿durante la reunión alguno de los que estaban se separaron del grupo? R: hubo un momento que la ciudadana se retiro y paso el muchacho Lito hacia el cuarto ¿Cuánto tiempo demoraron en el cuarto? R: un rato ¿Cuándo salieron ellos de la habitación que actitud tenían? R: normal como para no levantar sospecha ¿comentaron algo al salir? R: no ¿estaban ebrios? R: estaban cuerdos, es todo.
FISCALIA: “¿dirección del lugar? R: sector 3 en la última calle no recuerdo el número de casa ¿recuerda usted la fecha? R: no ¿a qué hora llego usted a la reunión? R: era como las 09 o casi las 10:00 pm ¿Quiénes estaban presentes en esa reunión? R: se apoda LITO, MOLOLO, COCO y el caballero Robert y mi persona y las muchachas estaban allí ya ¿pudo usted observar si existía algún tipo de insinuaciones o expresión de parte del ciudadano Robert a la ciudadana Katherine? R: no estábamos todos sentados disfrutando de la reunión ¿pudo usted observar cuando salieron de la residencia el ciudadano Robert y la Ciudadana Katherine? R: si ¿recuerda usted la hora exacta cuando ellos salieron de la residencia? R: no, pero ya estaba claro ¿exactamente cuáles fueron las palabras que ella emitió al llegar a la casa? R: yo le abrí la reja y paso adentro llorando diciendo me violo ese maldito ¿logro usted tener contacto con el ciudadano después de eso? R: no porque ella regreso sola ¿Qué paso después que ella manifestó lo que había pasado? R: ella se tiro en el piso y se quedo sentada y al rato fue a plaza de toros ¿usted la acompaño? R: sí, con ella y otra muchacha ¿de acuerdo a su percepción la actitud era de una persona que estaba afectada? R: si en ese momento si la vi. mal es todo

TRIBUNAL: ¿Cuánto tiempo transcurrió desde que empezó la reunión hasta que ellos fueron a comprar el licor? R: toda la noche hasta que amaneció ¿usted pudo observar si el acusado portaba algún tipo de arma? R: no ¿usted pudo observar si su ropa era la misma con la que se había ido? R: si ¿esta ropa estaba al revés o tenía algo en particular? R: no estaba igual que cuando salió ¿recuerda la ropa que ella tenía? R: una blusita roja y un pantalón azul o negro no recuerdo bien el color del pantalón es todo.

Valoración Individual: Este testimonio se valora plenamente, toda vez que estuvo presente en la reunión con la víctima y el acusado, señaló que los mismos salieron en la madrugada a comprar más licor, que esto quedaba como a tres cuadras del lugar y que se tardaron que incluso propuso ir a ver qué había pasado, que luego regreso sola Khaterine llorando, que Robert la había violado y que la vio afectada, luego la acompañó a poner la denuncia.

6) Declaración de MARLENE JOSEFINA CUEVA, experta sustituta ofrecido por el Ministerio Publico como órgano de prueba en el presente juicio, quedando identificada con el numero de cedula V-13.103.574, Nacionalidad Venezolana, de profesión u oficio: Médico Forense, Experta Profesional I adscrita al Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses, de 40 años de edad, estado civil: soltera, se le coloca de visto y manifiesto Experticia de Reconocimiento Médico Legal S/N de fecha 09/05/2015, realizado a la víctima K.V., suscrito por la referida experta, inserta al folio 17 con su vuelto de la primera causa, de conformidad con el 228 y 341 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, se le procede a imponer de las reglas que rigen el testimonio, previamente juramentada de conformidad con el artículo 224 aparte in fine del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, seguidamente se solicitó indique si reconoce contenido y firma, exponiendo: “Reconozco contenido y firma, el manuscrito fue realizado por mí, pero debo hacer la salvedad que es el borrador del reconocimiento, no sé qué pasó, esto debió ingresarse para asignarle un número de experticia, pero si es mío, el día 09/05/15 la paciente refirió que un desconocido bajo amenazas la obligó y le hizo sexo oral, eso es lo subjetivo de la evaluación, los genitales externos lucen de aspecto y configuración normal para la edad y sexo, membrana himeneal anular con desgarros antiguos completos, en horas 06 y 09 según las esferas del reloj, sin signos de traumatismo, se observa secreción en vagina blanquecina no fétida, se toma muestra de la misma, ano rectal esfínter tónico pliegues anales conservados, extra genital se observa secreción blanquecina seca en tórax anterior, que pudiese corresponder a semen, se toma muestra de la misma, se concluye ano rectal normal, desfloración antiguos, presencia de secreción en vagina y tórax que pudiera corresponder a semen, por lo que se toma muestra del mismo, en el primero del encabezado lo que el paciente refiere es subjetivo, lo que el paciente refiere como para romper el hielo, luego viene lo objetivo, que es la valoración vagino rectal, en la primera parte genitales externos de aspecto y configuración normal para edad y sexo, los genitales a medida que avanza la edad van adquiriendo ciertos rasgos, uno escribe que está acorde a su edad, la membrana himeneal es decir, el himen, tiene forma anular y los desgarros antiguos son antiguos por la coloración que suele ser igual al resto de la membrana himeneal, los desgarros recientes los borden son rojizos, diferente al resto de la membrana, si son recientísimos pueden tener estigma de sangrado reciente, esos desgarros están en horas 06 y 09 conforme a las horas del reloj, si el desgarro está completo o incompleto, si llega solo hasta la mitad o hasta la base, si llega hasta la base el desgarro es completo, si solamente es parcial y no llega a la base hablamos de desgarro incompleto, no había signos de traumatismos, no había edema, eritema o hematomas que sugieran un traumatismo vaginal, se observa secreción vaginal blanquecina no fétida, se toma muestra de la misma, ano rectal el esfínter está tónico y los pliegues anales conservados, el aparato esfinteriano esta conformado por unos músculos, el esfínter interno y el esfínter externo, cuando es violentado o forzado hay ruptura de miofibrillas de músculos, o puede estar afectado de manera refleja en enervación, cuando la penetración anal es reciente puede producirse una parálisis refleja del músculo con desgarros, cuando ya se convierta en un penetración frecuente, el esfínter se va haciendo laxo y va perdiendo tono, igualmente el músculo que nos produce los pliegues del ano es el músculo corrugador del ano, ese también puede verse violentado las miofibrillas se rompen y se pierden los pliegues anales, al haber este borramiento el ano pierde la forma normal que es como un hendidura y se transforma en forma de embudo y desaparecen los pliegues, que no es el caso de esta paciente, porque aquí los pliegues anales estaban presentes y el esfínter tónico, y extra genital o sea fuera de los genitales había una secreción blanquecina no fétida, de la cual se toma la muestra y se manada laboratorio, ya que no se puede determinar si es semen, se concluye refiriendo con carácter urgente al área de ginecología y psicología, es todo.”
FISCALIA: “¿Cuánto tiempo tiene usted como médico forense adscrita al CICPC? R: Dos años aproximadamente. ¿Este informe médico fue practicado en la fecha que indica el estudio? R: En fecha 09/05/15, FS es la fecha del suceso, es la misma fecha del estudio, lo que no tiene es hora, se hizo el mismo día de los hechos, de hecho había presencia de secreción y por eso se tomo muestra. ¿Cuándo hace referencia entre horas 06 y 09? R: No dice entre, sino en horas 06 y 09. ¿Qué significa ese desgarro que si hubo acto sexual? R: Estamos hablando de desgarros antiguos, estamos hablando de una persona que tuvo su primera penetración en un tiempo mayor de 07 días, sería una desfloración antigua no corresponde a una desfloración reciente, en las desfloraciones antiguas una paciente que ha sido abusada hay que buscar otros signos porque ya la desfloración está. ¿Una persona que ha mantenido relaciones sexuales recientes y posteriormente horas después fue abusada eso deja algún tipo de secuelas que pudiera determinarse? R: Si fue horas después va a tener desgarros, a menos que se trate de un himen elástico o complaciente y dependiendo de la brusquedad de la relación, puede que no hayan desgarros, más si debe haber otros signos, ahora otra salvedad bajo amenaza ninguna víctima va arriesgarse a que la maten y oponer resistencia. ¿En este caso a pesar de no haber signos de traumatismos si haya sido objeto de abuso sexual? R: Pudo haber sido bajo amenazas, pero en este caso los desgarros no son recientes. ¿Es decir si la persona fue abusada bajo amenaza pudiera arrojar un resultado como está acá? R: Si. ¿La penetración oral deja algún tipo de signo desde el punto de vista médico? R: La única forma sería si se produce la eyaculación en cavidad bucal en cuyo caso debería tomarse muestra y no sería de inmediato, si el paciente tiene algún tipo de patología de índole sexual, que posteriormente por ese suceso lo desarrolle la víctima. Es todo.”
DEFENSA: “¿En el caso que nos ocupa, recuerda las características físicas de la paciente? R: En realidad no, veo aproximadamente 60 pacientes al día, y esto fue hace un año. ¿Según sus máximas de experiencia pudiera informar al tribunal si la paciente es de himen elástico? R: Si fuera elástico lo hubiese colocado, de paso tiene ya dos desgarros antiguos, los hímenes elásticos son los himen complacientes no se rompen con facilidad, no se rompen a veces ni con el parto. ¿La paciente según su versión en la evaluación pudo notar algún otro síntoma de traumatismo físico, además de lo genital? R: Lo único extra fue la sustancia blanquecina que había en tórax y a nivel genital. ¿Con que tiempo se determina que los desgarros son antiguos? R: dentro de los primeros 7 días son recientes posterior a eso se consideran antiguos hay una variedad de los que se presentan las primeras 72 horas que son recientísimos. Es todo, no más preguntas.”
TRIBUNAL: “¿Se colectó muestras de la sustancia blanquecina localizada en área vaginal y pecho? R: Si se colectó por parte del médico forense y lo entregue al asesor jurídico de allí no tengo más información. ¿Desde el punto de vista científico cual es el objeto de la toma de esas muestras por parte del médico forense que examina? R: Primero hay que precisar que sea semen y segundo que esa muestra si se llevan a otras instancias podrían ser también muy especificas para determinar el ADN y si pertenece a determinada persona. ¿A quién le corresponde hacer el análisis de perfil genético ADN de esa muestra? R: En realidad es al SENAMECF, mi información llega hasta donde le entrego al Asesor jurídico, de hecho se llena una planilla para la cadena de custodia, hasta allí llegó. ¿Se hizo la colección de la secreción de la cavidad vaginal? R: Si tanto del canal vaginal como la del tórax. ¿Cómo médico forense puede informar a este tribunal en caso que la víctima haya tenido contacto sexual con dos personas el mismo día, una voluntaria y otra del presunto agresor, la colección de la sustancia blanquecina de haberse solicitado un análisis de perfil genético hubiese podido permitido identificar a quien corresponde? R: Si, porque la secuencia genética es única de cada quien, en este caso hubiese sido relevante porque permite individualizar de forma científica. Es todo, no más preguntas.”

Valoración Individual: Con este testimonio, quedo incorporado el informe efectuado, por la Médico Forense, y pudo determinarse, que la victima a nivel genital presenta desfloración antigua y ano rectal pliegues conservados y tonicidad. Puntualizo que no se encontró signos de eritema ni lesiones externas. Que en mujeres abusadas sexualmente, con desfloración antigua debe observarse otros signos, sin embargo, que si la víctima se encontraba amenazada es poco probable encontrar signos o huellas, por no haber podido resistirse a la acción de su agresor. Que hubo hallazgo de secreción blanquecina en vagina y tórax, que fue colectado y entregado a fin de determinar si se trataba de sustancia seminal, pero que ella lo colectó y se lo entregó al Consultor Jurídico y hasta allí llegó.
7) Declaración de DANIEL ANTONIO CLAVIJO RICO, testigo ofrecido por la defensa como órgano de prueba en el presente juicio, quedando identificado con el numero de cedula V-19.525.832, de nacionalidad Venezolana, de profesión u oficio: herrero, de 25 años de edad, estado civil soltero, relación o parentesco con el acusado o la víctima: ninguna, se le procede a imponer de las reglas que rigen el testimonio y se le toma el juramento de ley, exponiendo: “Yo llegué a la reunión voy mi primo Alfredo y ya estaba el señor con las demás personas, nos estábamos bebiendo una botella, luego ellos salieron a comprar una botella y nos quedamos esperando hasta que llegó la muchacha, es todo.”
DEFENSA: “¿Desde qué hora se encontraba en la reunión? R: Como a las doce a una. ¿Quién lo invitó a la reunión? R: Daniel Paz. ¿Tiene algún apodo? R: Lito. ¿Conocía los presentes de la reunión? R: No a todos, estaban mis dos primos, a El Nene, a una de las muchachas que se llama Engelis, y a él (señala al acusado), lo conozco que vive por la casa. ¿A qué se refiere con que conoce, a trato o a vista? R: Mis dos primos y Engelis vive por la urbanización, El Nene vive como a tres casas de mi casa, a él que tiene un auto lavado cerca de la casa. ¿Conoce a Catherine Vaamondez? R: No, nada más ese día. ¿Qué estuvieron haciendo en esa reunión? R: Bailando, nos tomamos una botella, conversamos. ¿Escucharon música o videos? R: La escuchamos, bailamos. ¿Bailó usted con las mujeres presentes en la reunión? R: No. ¿Dónde fue la reunión? R: En la casa de Alicia. ¿Primera vez que acude allí o ya había ido? R: Si primera vez que voy a esa casa. ¿Pudo observar al ciudadano Robert bailando con las mujeres presentes en esa reunión? R: No. ¿Pudo ver a los presentes bailando en esa reunión? R: Vi a Lito bailando con Catherine, Alfredo con Engelis. ¿En qué parte de la casa se encontraban? R: En el porche de la casa. ¿Dónde bailaban? R: En el porche de la casa. ¿Cuántas botellas y qué tipo de licor bebieron esa noche? R: Una sola botella de chimeneaud. ¿Hasta qué hora les duró esa botella? R: Como hasta las cuatro o cinco por ahí. ¿Qué hicieron al terminar la botella? R: Hicimos una vaca para comprar otra botella, cada quien puso dinero. ¿Quien fue a comprar la botella? R: Robert, le tocaba a él. ¿Fue solo o con alguien? R: Con Katherine. ¿Por qué fue Catherine con él, quien la seleccionó? R: Él iba solo y ella dijo que lo acompañaba. ¿De qué manera fue ella a acompañar a Robert a comprar la botella? R: Él iba solo a comprar la botella porque le tocaba a él y ella dijo que lo acompañaba. ¿Usted estuvo presente en todo momento, pudo notar si fue voluntariamente o bajo amenaza a acompañar a Robert? R: Si estuve, fue voluntaria. ¿A qué hora fueron por la botella? R: De cuatro y media a cinco por ahí. ¿Sabe a dónde iban a comparar la botella? R: Si. ¿A qué distancia quedaba de la casa donde estaban? R: Cuatro o cinco cuadras dentro del mismo sector. ¿Cuándo salen a comprar la botella estaba presente cuando regresaron? R: Si. ¿Quién regresa? R: La muchacha Katherine. ¿De qué manera llegó? R: Normal. ¿Pudo verla al momento que llega a la casa de Alicia? R: Si. ¿Cómo era su conducta o suposición emocional al ingresar a la casa? R: Normal. ¿Qué dice al llegar? R: Que le abrieran la puerta, yo estaba sentado en el, mueble, le abrieron la puerta y ella pasó. ¿Recuerda como estaba vestida Catherine esa noche? R: Cargaba un licra negra y una blusa negra. ¿Cuándo regresa de comprar la botella tenía la misma ropa? R: Si. ¿Pudo notar la ropa, si la tenía bien colocada o si tenía alguna anomalía? R: Normal, como se fue. ¿Durante esa noche recuerda como vestía Robert? R: Un pantalón blue jean y una franela. ¿Observó si él cargaba algún tipo de accesorio, koala, bolso o sweter, esa noche? R: No tenía nada. ¿Cuál fue la posición que mantuvo el ciudadano Robert González en esa reunión? R: Tranquilo. ¿Con que conducta pude usted o conoce usted al señor Robert dentro de esa comunidad? R: Como una persona tranquila, trabajadora. ¿A qué hora se retiró usted de la casa de Alicia? R: Como a las seis de la mañana. ¿Cuándo Katherine ingresa a la casa de Alicia hacia donde se dirige? R: Paso hacia la cocina, ahí escuché que ella estaba como gritando, decía que Robert había abusado de ella. ¿Ella legó a la casa caminando o corriendo? R: Caminando. Es todo, no más preguntas.”

FISCALIA: “¿Recuerda el lugar donde se encontraban reunidos? R: En casa de Alicia, no se me la dirección exactamente. ¿Recuerda usted la fecha en que ocurrieron esos hechos a los cuales hizo referencia? R: No recuerdo. ¿Quiénes estaban presentes en esa reunión? R: Daniel Paz, Alfredo Paz, El Nene, Engelis, Alicia; Robert, Catherine y yo. ¿A qué hora salieron Robert y Catherine a comprar la botella? R: Como de cuatro a cinco por ahí. ¿A qué hora aproximada usted presenció la llegada de Katherine a la residencia donde usted estaba? R: Como a las cinco y veinte. ¿Ella lego sola? R: Si. ¿Usted manifestó que escuchó grito por parte de ella, que decía? R: Escuché fue un grito, pero no entendí. ¿Qué hizo usted al momento en que escuchó los gritos de la ciudadana? R: Nada. ¿A qué hora salió de la residencia donde se encontraba? R: Como a las cinco y cuarenta más o menos. ¿Quiénes se quedaron en la residencia cuando usted se fue? R: Alicia, Katherine, Engelis y El Nene. ¿Usted tuvo conocimiento en ese momento si la ciudadana Catherine efectuó denuncia contra el ciudadano Robert González? R: No. ¿Usted ha mantenido algún tipo de contacto con familiares o amigos del ciudadano Robert González? R: No. ¿Cómo y cuando usted tuvo conocimiento de estos hechos que se están ventilando en juicio? R: Cuando me llamaron para citarme. ¿Tenía conocimiento si el señor Robert González se encontraba detenido? R: No. ¿Dónde reside usted? R: Flor Amarillo, Urbanización Las Palmitas. Es todo, no más preguntas.”

Valoración Individual: Este testimonio, se valora plenamente, por tratarse de una de las personas, que departía en la reunión, donde se encontraba la víctima y el acusado y vio cuando ambos salieron a comprar una botella de licor en la madrugada y luego llegó Khaterine sola, gritando que Robert había abusado de ella.

8) Declaración de HECTOR CORONADO, ciudadano el cual está en el juicio en su condición de experto y a la misma vez fue uno de los funcionarios aprehensores, el cual en su testimonio cuando acudió al tribunal del juicio manifestó: “ese día nos trasladamos al sector Santa Inés previo a una denuncia de una ciudadana y procedimos junto con ella a trasladarnos al sitio, ella señalo la casa del hecho ingresamos realizamos la inspección, se trata de una vivienda de sitio cerrado de iluminación de poca intensidad tiene una puerta principal ventana a los lados sala cocina cuartos cada una con cosas propias del hogar y una de las habitaciones fue donde la victima manifestó que había ocurrido el hecho que denuncio evidencia en el lugar no se colectaron posteriormente la victima entrego una prenda intima.
Preciso este funcionario a interrogantes: No haber observado signos de violencia, que llego al lugar por indicación de la victima quien le señaló que estaba en una fiesta conoció a una persona, salió a comprar una cosa y abusaron de ella.

Valoración Individual: Con este testimonio quedo incorporada la Inspección efectuada al lugar señalado por la victima, en fecha 09-05-2015, donde ocurriera el hecho, que es la casa del acusado, procediendo a describirla , siendo el mismo lugar donde se le identifico y detuvo, señalándose que no se colectó evidencias de interés crimina listico, por lo que , no constituyó relevancia para la determinación del hecho.

9) Declaración de la víctima : K.A.V.G., en su condición de víctima ofrecida por la defensa como órgano de prueba en el presente juicio, quedando identificada con el numero de cedula V-22.556.108, de nacionalidad Venezolana, de profesión u oficio: obrera, de 25 años de edad, estado civil soltera, relación o parentesco con el acusado: ninguna, se le procede a imponer de las reglas que rigen el testimonio y se le toma el juramento de ley, exponiendo: “Eso fue un viernes 08, estábamos reunidos, una amiga y las otras eran compañeras de clases, lo que es Lito y Mololo son compañeros de clases, Engelis también y Alicia es primea de mi compañera de estudios, estábamos reunidos tomando, sentados todos, reunidos hablando, Lito fue el que trajo al muchacho, yo a él lo conocí fue ese Dia, yo nunca lo había visto, yo ese día solo hablé con mis compañeras de clases que eran las que yo conocía, estuvimos un rato hablando, echando broma, hasta que se acabo la botella, ya amaneciendo ya, Alicia me dice anda con él y compra la botella, me dan los reales a mí y nosotros nos fuimos a comprar la botella, ya a mitad de la cuadra de donde vive Alicia, él saco la pistola, me miraba y me decía no tengas miedo que tu y yo somos amigos, hasta que ya no hallaba que hacer porque no sabía si estaba cargada o no, hubo personas que nos vieron y se quedaron asombradas, por eso porque yo andaban con él, llegamos a su casa, él me llevó, yo no sabía dónde íbamos a comprar la botella, cuando él abre siguió derecho y cuando viene de regreso, me toma de la mano y me dice entra, yo le digo que no, me voy a quedar afuera, él me dice entra, pasa, así como que casi empujada me llevó hasta la sala y cerró las puertas, me dijo entra y en ningún momento soltó la pistola, la tenía en la mano, me llevo a su cuarto, dentro del cuarto, me empezó a quitar la ropa, me desvistió, él se quitó la ropa y me decía que le besara sus partes, no soltaba la pistola, nunca soltó la pistola, me sentó en la cama, se aposto él también en la cama, para que le siguiera besando sus partes, mientras me manoseaba, me metía las manos entre mis partes, me decía no me muerdas, me agarraba por el pelo y después me empezó a penetrar, luego me quitó para que yo me montara sobre él, yo le decía déjame yo me quiero ir, pero decía no sigue, nunca soltó la pistola, me decía deja la lloradera, hasta que se escuchó que alguien se paró y dijo cállate, que si dices algo te doy un tiro, luego terminó, eyaculó y me la echo encima, me la regó por los senos, me echó en la boca, me dijo esto es por perra, me dijo vístete rápido, me dijo apúrate, me seguí apuntando, luego me dejo salir, me regresé a la casa donde estábamos, les dije que él me había violado, y ellas me dijeron vamos a la policía y fue con ella a denunciar, es todo.”
FISCALIA: “¿Dónde se efectuó esa reunión? R: En Santa Inés. ¿Conoce la dirección completa? R: No. ¿Quien la invitó a esa reunión? R: Alicia. ¿Qué relación tiene con Alicia? R: Somos amigas, por medio de Engelis que fue mi compañera de estudios. ¿A qué hora llegó a la reunión? R: Yo estaba desde temprano. ¿Quiénes estaban presentes? R: Engelis Toro, Alicia Ramírez, Alfredo Paz, Daniel Paz y las otras personas si no recuerdo y el otro muchacho con que tuve, él que me violó, Robert no sé cómo se apellida. ¿Cuándo usted está en esa casa, cuando llega el ciudadano Robert González? R: En la noche, como a las siete de la noche, llegó con Daniel Paz. ¿En qué parte de la casa estaban reunidos? R: Al frente en el porche. ¿Qué tipo de bebidas alcohólicas estaban tomando? R: Gordon. ¿A qué hora se retiraron el ciudadano Robert González y usted de esa casa? R: Eso fue amaneciendo, como a las cinco o seis de la mañana. ¿Recuerdas el sitio específico donde se suscitaron los hechos que narraste? R: Si. ¿A qué distancia quedaba del lugar donde se encontraban reunidos? R: Como a cuatro cuadras. ¿El ciudadano Robert González estaba armado? R: Si. ¿Dónde portaba el arma? R: Él no cargaba bolso, él lo que cargaba era un organizador, como una porta chequera. ¿Pudo observar donde cargaba el arma? R: No pude observar donde la cargaba porque yo caminaba y veía hacia los lados, me imagino que lo saco del bolsito ese, porque él no llevaba nada, cuando estábamos cruzando como a media cuadra ya él cargaba el arma en la mano. ¿Qué ropa cargaba él? R: Un pantalón blue jean con una camisa que no recuerdo el color. ¿Qué le manifestó el señor Robert en el camino? R: Que no le tuviera miedo, que éramos amigos, que no me iba hacer nada, que me quedara tranquila. ¿Cuándo él ingresa a la casa, él le realizó alguna invitación para entrar o la amenazó? R: Él me dijo ven pasa, yo le dije que no, luego insistió, le dije que no, luego me agarró y me dijo ven pasa, luego con su pistola en la mano, me dijo que pasara hasta la sala, y luego me llevó al cuarto para hacerme el acto sexual. ¿Había otras personas en la casa? R: Si habían pero estaban acostadas, de hecho cuando él me estaba haciendo el acto sexual, se paró alguien y él me dijo que me quedara callada porque si no me iba a dar u tiro. ¿El ciudadano le obligó a quitarse la ropa o usted se la quitó? R: Él me la quitó. ¿Hubo penetración oral en el acto sexual? R: Si. ¿Hubo penetración vaginal? R: Si. ¿Hubo penetración anal? R: No. ¿Luego que pasaron los hechos donde fue? R: A la casa donde estábamos reunidos otra vez. ¿Con quien mantuvo comunicación ese día? R: Con mi compañera de estudios y Alicia, había otros muchachos que no recuerdo porque los conocía ese día, ellos me preguntaron qué pasó, que por qué estaba así y ahí fue cuando me dijeron para ir a denuncia al CICPC. ¿Quién la acompañó a denunciar? R: Engelis Toro. ¿Una vez que usted tramita la denuncia y se hace todo el trámite ha recibido amenazas? R: Cuando vine a la primera audiencia, al salir los familiares del muchacho me empezaron a amenazar, cuando lo metieran preso, me dijeron que iban a mandar a matar a mis hijos, caminaban de un lado a otro, iba una señora que pienso es la mamá, la prima de él, me insultaba que era una perra, una sucia y todas las grosería que pudo haber dicho, que me iban a mandar a picar en pedacitos, cuando lo mandaron a él preso, la Fiscal Nelly Noguera, fue la que me ayudó a que me sacaran de aquí, por eso yo no había venido porque me amenazaron ese día. Es todo, no más preguntas.”

DEFENSA: “¿Que celebraban en esa reunión? R: Nada, solo estábamos compartiendo, era un fin de semana de viernes para sábado, era beber y ya. ¿Cuántas veces usted había visitado a Alicia? R: Bastantes veces. ¿Cuántas botellas tomaron esa noche? R: Como tres o dos botellas. ¿Desde qué hora usted estaba ese día en casa de Alicia? R: Desde la mañana, como desde las 11:00 de la mañana. ¿Desde qué hora comenzó la reunión como tal o a qué hora comenzaron a ingerir licor? R: No recuerdo hora exacta, como a las 08:30 a 09:00 de la noche. ¿Aparte de beber hacían otra actividad? R: Estábamos bailando. ¿Bailó usted con los presentes de la reunión? R: Si. ¿Pudiera indicar los nombres de las personas con que usted bailó? R: Con Daniel Paz, con el muchacho Robert y con otro muchacho que no recuerdo como se llama. ¿Bailó con tres hombres? R: Si, pero con el último que bailé fue con Robert. ¿En qué parte de la casa bailaban? R: En el porche donde estábamos reunidos. ¿En qué parte de la casa estaba la música? R: En la sala. ¿En qué parte especifica de la casa bailó usted con las personas con las que señaló? R: En el porche, en el frente de la casa, que quedaba de frente a la sala. ¿Cuándo bailó con Robert pudo observar si tenía algo alrededor de la cintura? R: No, porque no bailé pegado con él, en ese momento bailamos un vallenato, porque él no lo sabía bailar y era así de lejos. ¿Cuántas piezas bailó con Robert? R: Una. ¿Qué actitud tenía Robert durante el compartir? R: Yo con él no hablé mucho, solo le pregunté donde vivía, él estaba solo, bebiendo y con una compañera que ya lo conocía a él, ellos estuvieron hablando, yo estuve más que todo con Alicia, Daniel Paz y Alfredo Paz. ¿Usted acompañó a Robert por su voluntad o bajo amenazas? R: Por mi voluntad, yo fui porque muchos no quería ir y nos decían que fuéramos nosotros, yo fui con él, para ir a comprar lo que íbamos a comprar y regresar, pero como dije ya retirado de la casa fue que él sacó el arma, me decía que me quedara tranquila, que éramos amigos. ¿En el camino él saca la pistola? R: Si. ¿A qué distancia saca la pistola? R: Ya casi saliendo de la cuadra. ¿Habían personas a su alrededor, que pudiera ver lo del arma? R: Cuando íbamos caminando, que él sacó el arma no, de repente pasó un señor que venía en un carro y nos vio y él se puso agresivo, y dijo que hace este “mama guevo” mirándome, que quiere que le dé un tiro, yo le dije quédate tranquilo, él estaba muy tomado, yo había tomado, pero estaba más consciente, lo fui tranquilizando, yo pensando no le fuera a dar un tiro a ese señor, que pensé yo iba a trabajar. ¿Después que él sacó el arma siempre la mantuvo en la mano? R: Si, hasta un momento que como por un segundo o dos segundos se la metió debajo del brazo y luego se la volvió a sacar normalmente, así visible. ¿Usted verificó que fuera un arma? R: Si, es de esas que salen donde van las balas salen así de lado y se le meten las balas. ¿Cómo era el arma? R: Era así grande, como tipo escopeta pero pequeña, que se sacan las balas de ladito, es algo redondo que tiene los huequitos para meter las balas, era como gris de esas plateadas. ¿De qué tamaño era el arma? R: No era estrambóticamente grande, pero tampoco era pequeña, era como mediana. ¿En el momento que él ingresa a su casa, usted estuvo sola por algún momento? R: Si él entró a su casa abrió y fue como a ver si había alguien, él me dijo pasa y yo le dije que no, luego decía vente, luego pasó a la sala, me dejó ahí y fue al cuarto a ver si había alguien. ¿Cuánto tiempo la dejó sola? R: Eso fue rápido, entro vio y volvió a salir. ¿Estando dentro de la casa, Robert mantuvo el arma en las manos? R: Si. ¿Cómo se desprende de la ropa? R: Se empezó a quitar los pantalones, luego la camisa, se bajó el boxer que cargaba y me dijo que le besara sus partes. ¿Cómo se desviste usted? R: Yo no me desvestí, él me quitó todo con cuidado, me quitó el estraples, la camisa todo me lo quitó de una sola y se lo llevó. ¿Con una mano o con amabas manos? R: Con ambas manos. ¿La parte inferior como la despojó de la ropa? R: Me quitó la parte de arriba y me dijo que me quitara yo la parte de abajo, ahí es que él estuvo parado con la pistola, luego se acostó para manosearme y para que yo le siguiera besando sus partes. ¿Dónde eyaculó Robert? R: Encima de mí, me lo regó en mis senos y en la boca. ¿Después del hecho como hace usted para tomar su ropa y vestirme? R: Él me dijo que me vistiera y me fuera rápido, pero yo tenía miedo, me puse el leggins rápido para poderme vestir, no me puse la pantaletas, él se paró y fue a ver si no se había parado nadie y me sacó en silencia y yo me fui, yo me quedé viendo a ver si me iba a disparar, pero él no hizo nada y se me quedó viendo, me regresé a la casa, yo no dije nada, porque tenía pena, sentía asco, pero ellos me preguntaron que por qué estaba así, que que me había pasado, allí fue cuando les conté, Yo insulté a Alicia por eso, los muchachos calmándome, me decían quédate tranquila, ellos me decían nosotros no sabíamos que ese chamo iba a hacer eso, Engelis fue la que me dijo vamos a denunciar, es más yo me quería bañar pero ellos me dijeron que no y me quedé así, con sus eyaculaciones en mi boca y en mis senos. ¿Dejó la prenda íntima en casa de Robert? R: No, yo todo me lo traje, menos una de mis argollas, que me imagino se cayó cuando me quitó la ropa, era una argolla animal print. ¿De qué tamaño era la argolla? R: Mediana. ¿Acudía frecuentemente a reuniones en esa casa? R: Si. ¿Residía por esa zona? R: No, yo siempre he vivido en Parque Valencia, yo fui porque mis compañeros de estudios estaban allí, Engelis, Daniel Paz y Alfredo Paz. ¿Todos los de la reunión eran compañeros? R: No, todos no. ¿Tenía alguna relación con alguno de los presentes? R: Si con Daniel Paz. ¿Qué tipo de relación? R: Un noviazgo. ¿Usted tuvo relaciones sexuales con alguno de los presentes en esa reunión? R: Si, con mi novio Daniel Paz. ¿En qué sitio de la casa tuvo relaciones con el señor Daniel? R: En una de las habitaciones de la casa. ¿Podría indicar la hora? R: NO recuerdo, porque en ese momento no estaba pendiente de la hora. ¿Pero había empezado la reunión? R: Si. ¿Qué pasó después de esa relación sexual? R: Me acosté, me quede acostada y Alicia me buscó porque mi otra compañera se había acostado y ella quedo sola con los muchachos. ¿Cuándo usted estuvo con el señor Daniel Paz usaron algún tipo de protección? R: No. ¿Dónde eyaculó el señor Daniel Paz? R: Él no me terminó a mí, no eyaculó. ¿Hubo algún rumor que el señor Robert tuviera un arma? R: No, estábamos en la reunión y no se veía que él tuviera un arma. ¿Podría indicar si alguien se percató que Daniel Paz y usted se apartaron del grupo? R: El hermano Alfredo Paz. ¿Usted tomó esa noche? R: Muy poco, porque soy de muy poco beber. ¿Qué tipo de bebida ingirió? R: Gordon. ¿Por qué no les indicó a las personas de que se percataron del arma lo que estaba pasando? R: Porque estaban en un carro, Robert se puso agresivo, yo más bien estaba tranquilizando a Robert. ¿Qué tamaño era el arma de Robert? R: Yo no sé de armas, esa porque la vi. ¿Cuánto tiempo duró Robert dentro de la casa y usted afuera? R: Fueron unos segundos, fue rápido, si hubiese sido mucho tiempo, yo me hubiese ido, él siempre sostuvo su arma en su mano. ¿Cómo era la casa? R: Tiene un frente más o menos que pueden entrar como dos carros, de lado, estaba la cocina, un comedor, habían tres habitaciones, y el cuarto donde ocurrió el acto, estaba en el medio, en el cuarto de él había un pasillito con una mesita y del otro lado el closet. ¿La casa era cerrada? R: Si, tenía ventanas, puerta y rejas. ¿Cómo eran las puertas del cuarto? R: Era de madera, apenas entramos al cuarto, él cerró las puertas, empezó a desvestirme, luego se desvistió, me hizo besarle sus partes, me penetró, luego me hizo cambiar para que me subiera sobre él, luego me hizo agachar para acabar, me eyaculó encima. ¿A qué hora fue ese acto? R: No recuerdo la hora, cuando entré era de noche y salí y era en la mañana, las personas me veían como si fuera una loca, me regresé a la casa, le reclamé a Alicia y ellos me dicen que no sabían que iba a hacer eso. ¿En todo momento él tuvo el arma, hasta cuando la desvistió? R: No nunca la soltó, porque él con los dedos me quitó la camisa con el sostén, de una sola, sin rasguñarme, ni golpearme, fue con cuidado. ¿Usted escuchó la voz de alguien? R: Escuché que alguien se paró, en ese momento yo estaba encima de él, él me decía cállate, si dice salgo te doy un tiro. ¿Vio a esa persona que se paró? R: No. ¿Usted logró ponerse la pantaletas? R: No, porque él me manoteaba y me decía apúrate, muévete. ¿Qué tipo de prenda era? R: Un hilo rojo y un leggins negro. ¿Cómo se lleva la prensa intima? R: En la mano. ¿Cuándo usted se fue Robert tenía el arma? R: Si, pero yo me quedé viéndolo, a ver si me iba a disparar, pero no, él se quedó fue viéndome, yo salí hacia la calle, había bastantes mujeres, se quedaron viéndome, porque yo estaba con semen por mis pechos y mi boca, me veían como loca. ¿Cuántas cuadras eran de regreso? R: Como cuatro cuadras. ¿Usted pidió ayuda a las personas que vio en el camino? R: No, solo llegué a la casa, cuando regresé me fui donde Alicia a insultarla, un muchacho que estaba ahí me preguntaba qué, me pesaba, yo le decía déjame, yo estaba como en shock, Engelis me tuvo que golpear para yo reaccionar, a mí nunca me había pasado esto. ¿Quiénes estaban cuando usted regresó? R: Estaban Mololo, que es Alfredo Paz, Alicia, Engelis Toro, a uno que conocía en ese momento que era Coco y otro muchacho. ¿Y su novio Daniel Paz, se encontraba? R: No, él se había ido mucho antes de haber ido a comprar la botella. ¿Qué hizo usted cuando él la amenazaba? R: Yo lloraba, encima de él llorándole, cayéndole mis lagrimas ahí, decía deja la lloradera, al rato se escuchó que alguien se paró, me dijo cállate no digas nada si no quieres que te pegue un tiro. ¿Usted le dijo algo a él? R: Que me dejara, que yo no iba a decir nada. ¿Usted le dijo que no lo hiciera? R: Si. ¿Qué hizo con la pantaleta? R: Siempre la sostuve en mis manos, luego la entregue en el CICPC como evidencia, la entregué después que me hicieron la citología, de ahí no se que habló la policía con la doctora, la doctora solo me preguntó anal pero si vaginal, me dijo que no tenía rotos en el ano, sino normal mío cuando uno va al baño, que me hiciera los exámenes cada tres meses de VIH y VDRL. ¿Qué tiempo pasó desde que le cuenta a Alicia al momento que va a poner la denuncia? R: Como tres horas. ¿Usted volvió a ver a Robert González? R: No, porque yo no quería, de hecho, quien lo vio fue la que me acompañó a denunciar. ¿Sabe la dirección de la casa de Robert? R: No, queda en la avenida. ¿Usted sabe como lo detienen? R: No, la que fue con ellos era Engelis, pero ella no quería ir, porque no quería que él la viera, para que no la fueran a atacar a ella, pero hasta donde supe cuando lo fueron a detener él estaba lavando un carro. ¿Quién le dijo que él estaba lavando un vehículo? R: Engelis Toro. ¿Lo detuvieron en su casa? R: Si, Engelis fue con el policía a detenerlo ahí en su casa, como yo no quería ir, ella fue con ellos. ¿Fue en su casa o en el auto lavado? R: las dos quedaban en el mismo sitio. ¿Y cómo sabe usted eso? R: Porque mis compañeros de clases vivían por ají y yo conocía la zona, ahí siempre han lavado carros y de noche se pone un carro de perros. ¿Cómo apodan a Daniel Paz? R: Lito. ¿Qué supo usted de Daniel Paz después que surgieron los hechos? R: Yo hablé con él, me pidió disculpas, porque él no sabía que Robert iba a hacer eso, después no supe más porque hasta el sol de ahorita no he tenido más contacto con ninguno de ellos. ¿Al momento de comprar la botella Daniel Paz estaba ahí? R: No. ¿Conoce el motivo por el cual Daniel Paz se retiró de la reunión? R: No. ¿Dónde vive Daniel Paz o donde vivía en ese momento? R: No se la dirección, es cerca de un pre-escolar. ¿Qué tiempo de noviazgo tenía con Daniel Paz? R: No teníamos mucho, éramos amigos primero, solo fui una sola vez a su casa, la señora se molestó o estaba ocupada y entonces no volví más. ¿Cuánto tiempo de relación? R: Como una semana, estábamos comenzando. Es todo.”

TRIBUNAL: “¿Tu te ibas a quedar a dormir en casa de Alicia? R: Si. ¿Daniel Paz alias Lito, tu novio para ese entonces, era amigo del acusado? R: Si, porque él fue quien lo llevó, por eso él luego me pidió disculpas porque él fue quien lo llevó, yo lo conocí fue por él. ¿Cómo puede asegurar que Daniel Paz su novio, con quien tuvo relaciones esa noche, no eyaculó? R: Por qué yo le pedí que no me acabara adentro, porque no quería una barriga, le pregunté y él me dijo tranquilo te acabo afuera, en el momento que me quedé hablando con él, me llené así en la mano, estábamos a oscuras, sentados los dos, yo le dije si me había acabado allí, él me dijo si mami te acabé afuera, él me puso su mano y me llenó la mano, yo sentí cuando cayó fui directo al baño, me lave, no me cambié de ropa, me lave con agua y jabón y me puse la misma ropa. ¿Te pusiste la pantaletas? R: Si. ¿Era la misma que cargabas cuando ocurrió el hecho que narraste? R: Si, un hilo rojo. ¿Cómo era la blusa que cargabas? R: Era negra, con un topcito negro, un estraple negro, no recuerdo más detalles. ¿Ese estraples era la misma blusa que tenías cuando ocurrió el acto sexual con el acusado? R: Si es la misma. ¿Indicas que el acusado te colocó semen, donde? R: En la boca, en el pecho y cuando me puse la camisa se llenó. ¿Te lavaste después de eso? R: No. ¿Te pusiste la camisa para salir? R: Si. ¿Te limpiaste con algo? R: Con la misma camisa al salir, me la pase por la cara. ¿Esa fue la misma blusa que entregaste en la policía? R: Si, incluso el policía me dijo que la metiera en una bolsa de papel porque en una bolsa plástica se podía alterar. ¿Tú sabías a donde ibas a comprar el licor? R: No, ellos me dijeron que era en la matica, él sabe donde es. ¿En ese trayecto desde la casa de Alicia hasta ese lugar que no sabías cual es, como era? R: Era una calle, porque por donde vive Alicia no pasan carros, sino los que van de visita, por donde viven él, Robert es donde está avenida de las camioneticas que van hacia Plaza de Toros, que es donde está el puesto de empanadas, en ese momento nosotros nos fuimos fue por dentro, para ir a la casa de él pasamos por la avenida, la calle de él está paralela a la avenida, habían varias casas. ¿Estaba claro cuando ustedes iban? R: Si. ¿Y él sacó el arma en la calle? R: Si la sacó. ¿Qué día era? R: Sábado. ¿Cuándo sacó el arma? R: Cruzando saliendo de la calle de Alicia, me di cuenta que él ya tenía el arma en sus manos. ¿Y estando en la calle, con la gente viendo y en una avenida transitada, por qué no corriste? R: Por qué yo estaba preocupada por qué él no le fuera hacer nada al señor, porque el señor se dio cuenta que él tenía el arma, nos vio así como asombrados, pero Robert ya estaba como agresivo. ¿Por qué proteges al señor y no a ti? R: Porque tenía miedo por el señor y por mí. ¿Él te dejó ir sin problemas? R: Si, él cerró su puerta y se quedó viendo, más bien yo me quede sorprendida, que no me hizo nada, porque yo leo el periódico y la mayoría de las veces, te matan o te pican, yo le pedí que me dejara ir. ¿Ese carro donde iba el señor que los vio, recuerdas como era el vehículo? R: Era parecido a un malibu. ¿Recuerdas el color? R: No lo recuerdo. ¿Esa persona del vehículo era conocida? R: No. ¿Sabías donde era ese lugar la matica? R: No. ¿Preguntaste? R: No, porque ellos decían que él sabía donde es, de hecho cuando llegamos a su casa pensé que era el sitio donde íbamos a comprar la botella. ¿Sabes si en el servicio de medicina forense se colectó alguna muestra? R: Si, la doctora, me senté la camilla, abrí las piernas, ella me dijo que respirara profundo, de una vez me remitieron al ginecólogo allí mismo, el doctor me mandó unos óvulos, pero conseguí fue crema, yo me hice después los exámenes y no tengo enfermedades venéreas. ¿Sabes si Daniel Paz “Lito” habló luego con Robert y le preguntó que ustedes tuvieron relaciones sexuales? R: No sé. Es todo.”

Valoración Individual: Este testimonio de la víctima, se valoró plenamente , generando convencimiento de acuerdo a la inmediación, extrayéndose de su deposición, coincidencia con lo declarado con los otros testigos de cargo, en torno encontrarse en casa de Alicia departiendo en grupo, tomaron , bailaron y hablaron, que su amiga es Engelis, la prima de Alicia, dueña de la casa, que a Robert era primera vez que lo veía, que lo llevó Daniel (Lito) con quien tuvo contacto sexual voluntario en una de las habitaciones de la casa de Alicia. Que entre 5 y 6 a.m Robert iba a comprar otra botella en un lugar que se llama la Matica y que Alicia le dijo a ella para que acompañara a Robert, así que fue y en el trayecto, saliendo de la calle de la casa de Alicia, el acusado saco un arma, que antes no había visto, que el cargaba como un porta chequera y debió haber sido de allí que la saco, era mediana como una escopeta pequeña, y le dijo que caminara conduciéndola hasta una casa, verificando primero la hizo pasar hasta un cuarto con puerta y allí le quito la ropa, sin soltar el arma y la obligo a hacerle sexo oral y la penetró vía vaginal, al advertir movimiento en la casa, la mando a callar y luego le dijo que se fuera, llegándose ella hasta la casa de Alicia hasta donde llegó sola y le dijo a su amiga Engelis lo que había pasado y a Alicia le reclamo por haber sido ella quien le dijo que se fuera con él a buscar la botella.
Este testimonio, individualiza a su agresor y guarda correspondencia con las anteriores deposiciones en cuanto al lugar donde se encontraba, que salió de la casa de Alicia para buscar otra botella con Robert, siendo sometida por este utilizando un arma de fuego que nunca soltó, mecanismo que imposibilito que pudiera resistirse a la conducta ejecutada por el acusado.

10) RAFAEL ANTONIO RODRIGUEZ MONTOYA, en su condición de experto ofrecido por la Fiscalía como órgano de prueba en el presente juicio, quedando identificado con el numero de cedula V-15.606.343, de nacionalidad Venezolana, de profesión u oficio: Funcionario experto adscrito al Departamento de Criminalística del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de la Región Carabobo, de 34 años de edad, estado civil casado, relación o parentesco con el acusado: ninguna, se le exhibe Experticia de Reconocimiento Legal y Barrido Nº 9700-0114-01831 de fecha 09/05/15, suscrito por el referido experto, inserto a los folios 63 con su vuelto de la primera pieza de la causa, se le procede a imponer de las reglas que rigen el testimonio, quien se encuentra previamente juramentado de conformidad con el único aparte del artículo 224 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, exponiendo: “Ratifico contenido y firma, me fue suministrada dos prendas de vestir, no las colecté, las suministro la parte de investigaciones al departamento de Criminalística, a ellos se le solicito se practicara experticia de barrido, experticia seminal y de reconocimiento legal, a dichas prendas de vestir se le hizo un minucioso análisis en búsqueda de material de naturaleza seminal, donde utilizamos dos métodos, le método de orientación de florense, el cual dio positivo, en la prenda identificada en el informe como número uno, correspondiente a una prenda de vestir de las denominadas hilo, seguidamente utilizamos el método de certeza, usando para ello la prueba rápida para determinación de antígeno prostático, es una prueba comercial adaptada a los fines forense, para determinar la presencia de antígeno prostático, son las que usan convencionalmente en las pruebas de antígeno prostático en la sangre, obteniendo resultados positivos en la prenda numero 01 correspondiente al hilo, del análisis físico barrido no se detectó la presencia de apéndices pilosos u otro material que pudiéramos utilizar, la otra prenda corresponde a una blusa manga corta de color negro, es todo.”
FISCALIA: “¿Experiencia como experto? R: 14 años. ¿Cómo les llega la evidencia? R: Con sus respectiva cadena de custodia firmada por los funcionarios que hicieron el procedimiento y colectaron la evidencia, y con los sellos de la institución. ¿Los métodos utilizados a los que hace referencia fueron aplicados a ambas prendas? R: Lo primero que se busca es adherencias, se hace una descripción minuciosa y se usan luces forenses, en caso que haya alguna sustancia no visible al ojo humano, al entrar en contacto alguna adherencia con esta luz se puede visualizar, una vez observada esa mancha se toma la muestra y se hacen los análisis respectivos . ¿Usted dice que en la pieza 01 se detecto material de naturaleza seminal? R: Es correcto. ¿Y la prenda 02 dice negativo, que quiere decir? R: Que no se evidenció ninguna adherencia o presencia de alguna sustancia. ¿En el oficio de solicitud estaba señalado lo que se buscaba al examinar ambas prendas? R: la solicitud engloba las dos evidencias. ¿Qué es el antígeno prostático? R: Es un método, es una prueba rápida, la criminalística ha adaptado ciertos métodos que se usan en bio- análisis, esta prueba es parecido a una prueba de embarazo casera, uno coloca la muestra y ella arroja la positividad, el antígeno prostático solo lo producen los hombres, tanto en la sangre como en el semen, este resultado positivo es una prueba de certeza. ¿Si una prenda de vestir tiene presencia de material seminal con el tiempo puede desaparecer? R: Los elementos biológicos empiezan a perecer o a destruirse, va a depender de las maniobras de colección, de la preservación y la manipulación, que es previo a la parte pericial nuestra. Es todo.”

DEFENSA: “¿Podría indicar en cuantas fases se divide esta prueba para realizar el análisis? R: primero la recepción de la evidencia en el departamento, se verifican las características fundamentales de la evidencia tal como está descrito en el memorandun, una vez que esto ocurre de acuerdo al Manual, nosotros tenemos un área de resguardo temporal, la evidencia pasa por allá hasta ser procesada por el experto, primero viene la parte del reconocimiento se deja constancia de las características y el estado en que se encuentra, en este caso son prendas de vestir, se busca específicamente lo que se ha solicitado a través del memorando, que tipo de experticia se está solicitando, en este caso un barrido y una experticia seminal, el barrido por lo general para determinar presencia de apéndices pilosos o cabello y sustancia he matica, y seminal si hay sustancia de naturaleza seminal, en el caso de la prenda número 01 había presencia de naturaleza seminal. ¿Exposición? R: Características de la prenda para el momento de la experticia. ¿Es solo una observación o una descripción? R: Es mucho más detallado, busca características específicas de la prenda y el estado en que se encuentra, luego viene la peritación donde se describen todos los métodos aplicados y si resultó negativo o positivo. ¿En cuánto tiempo se puede destruir una prueba existente? R: Criminalística mente eso va a depender de muchos factores, el factor humano, según las maniobras, así como el nivel de exposición que haya tenido la prenda, como se haya obtenido la prenda, el lapso de tiempo entre la colección hasta que fue remitida al departamento de criminalística, desde el receptáculo que es el lugar donde se embala la evidencia. ¿En un mismo día se puede perder la evidencia si existe? R: Solo si se ha realizado algún tipo de maniobra para que desaparezca la evidencia, en cuestión de 24 horas es bastante difícil. ¿Podría indicar cuáles fueron las técnicas? R: La primera es la reacción de florense se produce a través de la identificación de cristales de per yoduro de colina, la colina es algo que nosotros tenemos presente en nuestro semen, ese método presente en el semen, sino en cualquier parte de la naturaleza, por ejemplo la papa tiene colina, nosotros precisamos con el segundo método que utilizamos, que es la PSA que es la prueba de determinación de antígeno prostático. ¿En qué parte de la prenda número 01 encontró la mancha o adherencia? R: En la parte genital. ¿Pudo determinar si la cantidad del material de naturaleza seminal era escaso o abundante? R: Estos análisis son cualitativos, solo están encaminados a determinar la presencia de naturaleza seminal. ¿Aquí en la experticia se habla en las conclusiones de tres evidencias? R: No, solo se especificados evidencias, en el punto 01 se dice que en la pieza Nº 01 se detectó la presencia de naturaleza seminal, en el 02 que en la pieza 01 no se detectó presencia de otras evidencias de interés criminalistico y en el 03 que en la prenda Nº 02 no se detectó la presencia de ninguna sustancia o evidencias de interés crimina listico. ¿Si una pieza tuvo contacto con otra sustancia? R: No puedo precisar lo que ocurra con la evidencia antes de la colección, somos objetivos en el dictamen pericial. ¿En la prenda número 03, su apreciación es que no hubo evidencias? R: No es apreciación es conclusión, quiere decir que en base a los métodos que practicamos no se halló ninguna sustancia. ¿A la muestra seminal le fue practicada otra prueba? R: No. ¿Cuándo les llega un caso conocen de los hechos o solo llega la evidencia? R: para mantener la objetividad solo nos abocamos a los resultados que se obtienen al practicar las pruebas, nosotros no debemos verificar hechos. ¿Ustedes en el área de microanálisis pueden practicar pruebas de ADN? R: No, tenemos un laboratorio central en Caracas, se envía la muestra si se tiene una muestra testigo, que no sea debitado, para comparar con la muestra debitada, ya que no se posee una base de datos. ¿Quién solicita la prueba de ADN? R: Por lo general es el Ministerio Público o la parte investigativa, ya que ellos son los que tienen conocimiento si hay alguien a quien se puede tomar la muestra testigo. Es todo.

TRIBUNAL: “¿Este análisis efectuado permite individualizar? R: No, solo es cualitativa para determinar si hay presencia o no de esos materiales. ¿En este caso determinada como fue la presencia de sustancia de manera seminal, era necesario realizar un examen de perfil genético? R: Si y además es necesario contar con la muestra indubitada, que puede ser cualquier material genético suministrado por el presunto autor. Es todo.

Valoración Individual: Con este testimonio de experto, quedo incorporada el Reconocimiento Legal, Barrido (en busca de restos seminales y apéndices pilosos), efectuado a evidencias entregadas por la victima y que fueran colectadas a fin de efectuársele análisis, tratándose dichas evidencias.1. Hilo dental color Rojo y 2. Una Blusa manga corta teñida de negro, habiéndosele aplicado análisis físico de barrido con resultado negativo en ambas piezas y se aplico Método Flórense y de antígeno prostático, resultado positivo en el Hilo (ropa interior), detectándose la presencia de material de naturaleza seminal, no así en la Blusa, en la que el resultado fue negativo, no se constató material de naturaleza seminal.

En la evidencia, hilo de la víctima, se constató material de naturaleza seminal, no fue sometido a perfil genético a fin de individualizar , lo que era pertinente en esta causa, toda vez, que la victima señaló haber tenido contacto sexual voluntario, con persona distinta al acusado y antes de la agresión sexual, y aun cuando señaló que ninguno de los dos eyaculo dentro de ella, frente a tales afirmaciones, debió la fiscalía gestionar el análisis de perfil genético, más aun, cuando la médico forense dejo constancia de haberse colectado secreción en vagina (folio 17 y vuelto),no obstante, observa esta Juzgadora, que a pesar de la victima haber señalado que la eyaculación de su agresor fue en la cara y el pecho y que esta se limpio con su blusa, sin embargo, el resultado de este examen fue negativo al no constatar material de naturaleza seminal en la blusa, con la que la victima asegura haberse limpiado, lo que resultó corroborado con la deposición de la Médico Forense, quien señaló haber observado al examinar a la víctima: “…..presencia de secreción en vagina y tórax que pudiera corresponder a semen, por lo que se toma muestra del mismo…….” Sin embargo, la fiscalía no presentó ningún análisis sobre dicha evidencia colectada por la Médico Forense, resultando contradictoria, la no constatación de material de naturaleza seminal en blusa, cuando la víctima aseguro haberse limpiado con la blusa que cargaba puesta y a su vez la médico forense corroboro, lo que la victima señaló, al dejar constancia que encontró secreción en tórax, colectándolo, por lo que, probablemente, la evidencia blusa pudo haber estado expuesta a algún factor que incidiera en dicho resultado, como así lo señalara el experto,: “…. el resultado va a depender de muchos factores, el factor humano, según las maniobras, así como el nivel de exposición que haya tenido la prenda, como se haya obtenido la prenda, el lapso de tiempo entre la colección hasta que fue remitida al departamento de criminalística, desde el receptáculo que es el lugar donde se embala la evidencia…”, así mismo se dejo constancia del estado en que estaba dicha evidencia, que la blusa se encontraba en mal estado de uso y conservación y exhibía adherencias de suciedad , no obstante, no pudo verificarse la integridad de cadena de custodia, en forma previa a su procesamiento, por no haber sido objeto del contradictorio, vale decir, esto no fue precisado por la Fiscalía ni reclamado por la defensa, en etapas previas del proceso.
Por tanto, con la incorporación de esta prueba, no pudo obtenerse certeza, sin embargo, frente a las otras pruebas incorporadas, se sopeso la individualización que hizo la victima de su agresor así como las otras circunstancias que emanaron de los otros órganos de prueba de cargo ya analizadas en forma individual y de seguida en forma conjunta o adminiculadas.

DETERMINACIÓN PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS QUE EL TRIBUNAL ESTIMA ACREDITADO
Realizado un análisis individual y detallado respecto a cada medio de prueba, incorporado en el Juicio Oral y Privado seguido al ciudadano: ROBERT JOSÉ GONZÁLEZ OCHOA, es necesario realizar un análisis adminiculado de todo el acerbo probatorio, única forma de establecer irrebatiblemente la corporeidad del hecho punible, como la responsabilidad del autor y en consecuencia, se destaca:

Al aplicarla al caso sub júdice, y presenciada la audiencia del juicio oral y privado, oídos como han sido los testigos, el informe oral de la experta, admitidas ante el Tribunal de Control, este Tribunal habiendo dado cumplimiento a los principios de inmediación, oralidad, contradicción y concentración de las pruebas, consideró, tomando en cuenta la valoración Individual, procediendo a adminicularlas, que quedaron suficientemente acreditados los siguientes hechos:

Que en fecha Viernes 08-05-2015, la ciudadana K.V., acudió a la casa de Alicia, ubicada en Santa Inés, prima de su amiga Engelis, ésta última su compañera de clases, ella llegó temprano y se reunió con otros compañeros de clases Lito y Mololo, tomaron, hablaron, bailaron y Lito (Daniel Paz ) fue quien llevo al acusado a esa reunión, a quien la victima aseguro conoció ese día y que ella sólo se relacionó con sus conocidos, compartieron y tomaron entre el porche y la sala de la casa de Alicia, y que ya amaneciendo se acabo la botella, por lo que, fue planteado que se fuera a comprar otra, el acusado se ofreció para ir a comprar otra botella de licor y Alicia le sugirió a la víctima o propició que acompañara al acusado a comprarla , accediendo está, dirigiéndose hacia un sector cercano que le dicen la matica, siendo que en el trayecto, aseguro la víctima, que ROBERT saco un arma y la condujo intimidada hasta una casa, donde la hizo pasar, la desnudo y la violentó sexualmente penetrándola en la vagina y la obligo a hacerle sexo oral, y que siempre mantuvo el arma con él mientras la forzó a mantener contacto sexual con él en contra de su voluntad.

Todos los testigos fueron coincidentes en señalar que víctima y acusado estaban en la reunión y aun cuando Daniel Paz (Lito), ya se había ido, el resto de los presentes, aseguraron que Katherine había salido con el acusado a comprar otra botella de licor, cerca en el mismo sector de la casa de Alicia, sin embargo, Alicia quien señaló haberse acostado, encontrándose Alfredo Paz, Daniel Clavijo y Edwin Aular , aseguraron que el acusado salió con Katherine a comprar una botella, que esto quedaba como a tres o cuatro cuadras de la casa de Alicia, donde se encontraban reunidos e iban a continuar compartiendo e incluso el último mencionado Edwin Aular, por el tiempo transcurrido que vio no llegaban con la botella, propuso asomarse a ver qué había pasado y todos coinciden en señalar que, Katherine llegó sola, alterada a la casa de Alicia, llorando y asegurando que Robert la había violado.

Con la deposición de la Médico Forense, se verifico la reiteración de la victima frente a la experta, horas posteriores, a la ocurrencia del hecho, a quien señalo haber sido víctima de agresión sexual, señalado la experta, que al examen ginecológico se determinó desfloración antigua , en cuyo caso, debe examinarse otros signos, no encontrados en la evaluada, no obstante, cuando hay amenaza a la vida, no hay posibilidad de resistencia por lo que es lógico no encontrar huellas o señales de la violencia sexual, por lo que la falta de hallazgo en la evaluada, puede corresponderse a la imposibilidad de resistirse a la agresión. No obstante señaló como hallazgo secreción blanquecina en canal vaginal y tórax que fue colectado y entregado a fin de su análisis.

El testimonio de la víctima, de acuerdo a lo percibido por esta Juzgadora, durante su deposición, generó convencimiento, apreciando coherencia en el contenido de su declaración, precisión en sus afirmaciones, correspondencia de su lenguaje verbal y corporal y su afectación emocional, individualizando a su agresor y describiendo sus acciones, resultando corroborado su testimonio, con las declaraciones rendidas por los ciudadanos y ciudadanas, quienes departieron con ambos, asegurando haber salido juntos de la casa de Alicia, con el propósito de comprar una botella de licor en lugar cercano, haber transcurrido tiempo, que aún cuando no precisado, es obvio que no se correspondía con la cercanía señalada (3-4 cuadras respecto a la casa de Alicia) siendo que ya con la claridad llegó sola Katherine, alterada y llorando, asegurando que Robert la había violado y abusado sexualmente de ella y ciertamente Robert no llegó a la casa de Alicia, operando tal circunstancia como un indicio que opero en contra de la presunción de inocencia del acusado, ya que si ciertamente salieron juntos acusado y víctima, a comprar una botella de licor, para regresar con la misma a la casa de Alicia y continuar compartiendo, pasando un mayor tiempo del previsto para dicho fin, llegó sola Katherine alterada, informando de la agresión sexual de la que había sido objeto por parte de Robert y éste último nunca llegó con la botella de licor, sin justificar tal circunstancia la tesis de la defensa.

La victima especifico que, su agresor eyaculo en su pecho y que ella se había limpiado con la blusa que cargaba, lo que resultó corroborado, con el testimonio de la Médico Forense, quien señaló como hallazgo secreción blanquecina en el tórax de la víctima y que fue colectado y entregado para su análisis, sin embargo, se encontró esta Juzgadora que dentro del acervo probatorio fiscal admitido, no figuro ningún análisis de dicha evidencia descrita por la médico forense, sin embargo, frente al examen de lo aportado por las pruebas incorporadas, esta juzgadora llegó al convencimiento de la ocurrencia del hecho y que este fue ejecutado por el acusado.

Acervo Probatorio éste, que acreditó la ocurrencia del hecho denunciado por la víctima, por tanto, resultó acreditada la ocurrencia del hecho, cuya acción antijurídica, se corresponde con la tipología penal de VIOLENCIA SEXUAL , previsto en el artículo 43 en su encabezamiento de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de violencia, existiendo coherencia entre el testimonio de la víctima y las Pruebas de cargo, por las razones antes señaladas esta Juzgadora considero que existe coherencia y verosimilitud .

Por ello analizado como ha sido el testimonio de la víctima en el presente proceso, quien es testigo presencial y directa de los hechos objeto del presente proceso, es necesario indicar el porqué se le da valoración a la totalidad del testimonio de la víctima en la presente causa, orientándonos en la delicada labor de valoración de pruebas en esta especial materia, se acude al derecho comparado específicamente al Sistema Español cuyo Sistema de Valoración de las Pruebas, es el de la Sana Critica, y en tal sentido analizamos lo sostenido al respecto por el Tribunal Supremo Español, el cual admite que:

“la declaración de la víctima constituye un elemento probatorio adecuado o idóneo para formar la convicción del juzgador y apto, por tanto, para poder destruir la presunción iuris tantum de inocencia, incluso en aquellos supuestos en que sea la única prueba existente; atribuyéndole el valor o la condición de mínima actividad probatoria de cargo. Su admisión como prueba de cargo tiene lugar, fundamentalmente, en relación a los delitos contra la libertad sexual, en base, entre otras consideraciones, al marco de clandestinidad en que suelen consumarse tales delitos, que hacen que el testimonio de la víctima tenga carácter fundamental al ser, en la mayoría de las ocasiones, el único medio para probar la realidad de la infracción penal”. (Negrillas del Tribunal).

En el mismo sentido, la Sala Segunda del Tribunal Supremo Español en Sentencia de fecha 28 de Septiembre de 1988, señaló parámetros que deberían ser tomados en cuenta por el Juzgador bajo el Sistema de la Sana Crítica para estimar como valedero ese testigo único en los delitos de clandestinidad, lo cual hizo en los siguientes términos:

“...para la credibilidad de una prueba testifical de cargo se han de rellenar cuando menos las notas siguientes: 1. Ausencia de Incredibilidad subjetiva, derivada de las relaciones procesado / víctima que pudieran conducir a la deducción de existencia de un móvil de resentimiento o enemistad que privase al testimonio de aptitud para generar este estado subjetivo de certidumbre en que la convicción judicial estriba esencialmente. 2 Verosimilitud; El testimonio que no es propiamente tal, en cuanto la víctima puede mostrarse parte en la causa...ha de estar rodeado de ciertas corroboraciones periféricas de carácter objetivo que le doten de aptitud probatoria.3 Persistencia en la Incriminación: Esta ha de ser prolongada en el tiempo, plural, sin ambigüedades ni contradicciones, con arreglo a los clásicos...” (Negrillas del Tribunal)

En el caso que nos ocupa, estos tres requisitos se encuentran satisfechos al realizar un análisis de las circunstancias particulares del caso, como lo son:

1) Sobre la ausencia de incredibilidad subjetiva, el acusado, tampoco la defensa, aportaron durante todo el juicio, que existiera motivo previo a formularse la denuncia o indicadores, razones coherentes, para que pudiera presumir esta Juzgadora, que la denuncia fue temeraria o maliciosa, no desprendiéndose de las declaración rendida por la víctima, ni del resto de los testigos de cargo, información de la que se desprendiese animadversión por razones distintas a los hechos ventilados, para deducir o pensar que se denuncio y se procedió falsamente o en forma temeraria por parte de la víctima, máxime que la propia víctima señaló conocerlo el mismo día de los hechos, motivo por el cual se afirma con total convicción que existe en la declaración de la víctima ausencia de incredibilidad subjetiva.

2) En relación a la verosimilitud en el dicho, esta Juzgadora ha realizado al momento de valorar la declaración de la víctima, la debida comparación con los órganos de prueba a los que se les ha otorgado valor probatorio, constatando que los hechos tal como los ha expresado la víctima pueden ser verificados por otros elementos distintos a su testimonio, concretamente con los testimonios de los ciudadanos y ciudadanas , que compartieron tanto con la víctima y el acusado, quienes aseguraron ambos salieron de la casa de Alicia a comprar una botella de licor y horas después llegar sola Katherine alterada y llorando señalando que Robert la había violado y Robert no regresó a la casa de Alicia, cuando lo planteado era ir a comprar una botella a 3-4 cuadras de casa de Alicia y regresarse con la misma, para continuar tomando y compartiendo, así mismo reiteración de la victima ante la Médico forense a quien refirió haber sido agredida sexualmente y el hallazgo de secreción en el tórax de la víctima, que podía corresponderse con semen, colectado para análisis, por tanto, con los resultados obtenidos del contenido probatorio practicado en juicio , pudo obtenerse verosimilitud respecto a la declaración de la víctimal .

3) La Persistencia en la Reiteración en la declaración de la víctima, quien ha informado los hechos, desde el inicio del proceso, ante la Médico Forense, ante el Tribunal de juicio y ha señalado al acusado, como responsable de los hechos en los cuales resulto agraviada, cumpliendo de esta manera con el requisito de reiteración en el dicho de la misma.


Se considera de relevante importancia establecer, que la prueba de experto (Medicina Forense) aunque no fue concluyente, para acreditar desde el punto de vista objetivo las acciones precisadas por la victima, hay que evaluar sus resultados, dentro del contexto de las circunstancias propias del caso, ya que la victima señaló que fue sometida por un arma de fuego que portaba el acusado, circunstancia que disminuyó su posibilidad de resistirse y por tanto, poco factible el hallazgo de huellas a nivel físico, que no estaban presentes para el momento que fue evaluada por el Médico Forense y que frente a una mujer con desfloración antigua, tales circunstancias explican el no hallazgo de señales o huellas en el examen médico forense de la niña, ya que es impreciso determinar la ocurrencia de los hechos
.
El no haberse colectado evidencias en la casa del acusado, ni el arma señalada por la victima, así como resultado negativo en su blusa, respecto a no haberse detectado presencia de material de naturaleza seminal, no revistieron duda razonable, frente a los otros órganos de prueba, de acuerdo al examen efectuado por esta Juzgadora, considerándose que la ausencia de perfil genético y el no procesamiento de la evidencia colectada por la médico forense, constituyeron una omisión inexcusable, por parte de la Dirección de la investigación, bajo la responsabilidad fiscal y que exige un esfuerzo adicional a la jurisdicción de género, por el trabajo adicional en su obligación de motivar en forma sustentada en pro de evitar impunidad y no sacrificar la justicia, como valor superior, cumpliendo así con el compromiso Institucional de honrar los postulados de la Justicia de género, siendo necesario en sus actores, mayor nivel de consciencia en el desempeño de los Roles e instar a las respectivas direcciones de las Instituciones involucradas (M.P y C.I.C.P.C) mayor articulación y engranaje para lograr cumplir con el valor justicia.

Ahora bien, resulta necesario precisar que se entiende por VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, a los fines de verificar si los hechos que se consideran probados pueden ser considerados como Violencia de Género, y en este sentido conforme a lo dispuesto en la Convención sobre la Eliminación de todas la Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) en su artículo 1 se entiende como “discriminación contra la mujer” “…toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer…sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera…”.

Por su parte y de manera más especifica la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belém Do Pará), dispone en su artículo 1 relativo a la Definición y Ámbito de Aplicación de la misma textualmente lo siguiente: “Para los efectos de esta Convención debe entenderse por violencia contra la mujer cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”.

En la misma Convención, en el artículo 2 al momento de enumerar las conductas que se pueden considerar como violencia contra la mujer dispone en su literal “b”: “que tenga lugar en la comunidad y se perpetrada por cualquier persona y que comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar…”.

La Organización Mundial de la Salud (OMS), define la violencia como “el uso deliberado de la fuerza física o el poder, ya sea en grado de amenaza o efectivo, contra uno mismo, otra persona, un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daño psicológico, trastorno del desarrollo o privaciones”.

En este marco la Asamblea General de las de las Naciones Unidas, en el año 1993, definió la violencia de género como: “Cualquier acto o intención que origina daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a las mujeres. Incluye las amenazas de dichos actos, la coerción o privación arbitraria de libertad, ya sea en la vida pública o privada”.

Desde esta perspectiva, podemos afirmar que la violencia de género, a diferencia de otros tipos de violencia, se presenta como una agresión a los Derechos Humanos, cuya expresión practica y objetiva es el trato indigno y como cita LORENTE “una conducta que supone una doble acción: la continuidad propia del trato y el ataque a la dignidad como valor superior de la persona, lo cual conlleva que previamente se le ha restado significado a ese derecho fundamental”.

En nuestra legislación dichos Instrumentos Internacionales han sido desarrollados por la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la cual en su exposición de motivos expresa: “…Con esta Ley se pretende dar cumplimiento al mandato constitucional de garantizar, por parte del Estado, el goce y ejercicio irrenunciable e interdependiente de los derechos humanos de las mujeres, así como su derecho al libre desenvolvimiento de la personalidad, sin ningún tipo de limitaciones…”; y en relación específicamente a los delitos de naturaleza sexual , consideradas un atentado aberrante contra la dignidad, integridad física y libertad sexual de la mujer.
Atendiendo a lo asentado en la exposición de motivos la Ley en su artículo 14 define la Violencia contra la Mujer, en los siguientes términos: “…comprende todo acto sexista que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, emocional, laboral, económico o patrimonial; la coacción o la privación arbitraria de la libertad, así como la amenaza de ejecutar tales actos, tanto si se producen en el ámbito público como en el privado”.

Ahora bien, de la norma parcialmente transcrita podemos verificar que para que un hecho pueda sea considerado como una Violencia contra la Mujer, debe verificarse que se trate de un acto sexista, de un acto ejecutado en agravio de la mujer por su condición de mujer, como un acto de discriminación o de acentuar una posición de dominio, supresión o desvalorización de la condición de mujer, lo cual estima esta Juzgadora que en el presente proceso se encuentra plenamente demostrado, ya que la mujer adulta, habiendo decidido acompañar al acusado a comprar una botella de licor, para seguir compartiendo en grupo, éste aprovechándose de su supremacía por estar armado, la conduce bajo presión a un destino distinto, tratándola como un objeto sexual y con anti valores, la trató en forma peyorativa, despojándola de su ropa y acezándola sexualmente, sin mediar su consentimiento, destacando con esta acción una conducta sexista, que encuadra dentro de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley Especial.

En el presente caso, esta Juzgadora con el análisis individual y conjunto del acerbo probatorio, habiéndose observado los principios rectores que rigen la fase del Juicio en el sistema acusatorio y oral, aplicando la parámetros de valoración previstos en el artículo 83 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ha llegado al convencimiento de que el ciudadano: ROBERT JOSE GONZALEZ OCHOA, VENEZOLANO, natural de VALENCIA ESTADO CARABOBO, de 25 años de edad, fecha de nacimiento 18/06/1990 titular de la cedula N° V 21.653.235 hijo de FRANCIS OCHOA (V) y RUBI GIONZALEZ (V), soltero, residenciado en el sector Francisco de Miranda, calle Santander, Casa s/n, Valencia,. Edo. Carabobo, es CULPABLE del delito de VIOLENCIA SEXUAL A MUJER ADULTA, previsto en el artículo 43, encabezamiento, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Los hechos que se declararon probados, constituyen el delito de VIOLENCIA SEXUAL A MUJER ADULTA, previsto en el artículo 43, encabezamiento, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: “ Quien mediante el empleo de violencias o amenazas constriña a una mujer a acceder a un contacto sexual no deseado que comprenda penetración por vía vaginal, anal u oral, aun mediante la introducción de objeto de cualquier clase por alguna de estas vías, será sancionado con prisión de Díez a quince años”

Las ACCIONES ejecutadas por el acusado, constituyeron una conducta humana, voluntaria y consciente, que causo un resultado lesivo a la víctima, sometiéndola con una arma de fuego, desviándola de su trayecto para conducirla a un lugar distinto para abusar sexualmente de la misma, en la forma que ha quedado establecido, configurándose su conducta en acciones antijurídicas, vulnerando la integridad física y libertad sexual, existiendo nexo causal entre la conducta del acusado y el resultado generado por dichas conductas.

El acusado resultó individualizado a través del señalamiento directo de la víctima, asi mismo, a través de los testimonios de los presentes en la reunión, quienes señalaron haber salido junto , transcurrir tiempo y regresar Katherine sola alterada señalando que Robert la había violado.

La TIPICIDAD, se encuentra perfectamente adecuada en la operación de subsunción de los hechos acreditados con los supuestos configurativos del tipo penal calificado , e incorporados al debate, quedando plenamente acreditado la acción derivada de la conducta intencional y dolosa del acusado, todo lo cual permitió subsumir los hechos en el tipo penal antes descrito.

En cuanto al elemento ANTIJURICIDAD, se configura cuando la acción típica atribuida al agente, es contraria a derecho, como en efecto quedo fehacientemente establecido en el curso del juicio oral y privado; toda vez que la acción desplegada por el acusado constituye la comisión de un hecho punible tipificado en la Ley Orgánica Sobre el derecho de las mujeres a una Vida Libre de violencia, circunstancia que hace que la conducta del acusado, sea una conducta antijurídica.

La IMPUTABILIDAD, cabe destacar que no fue debatido y menos demostrado, que el acusado, se encontrara en un estado de ebriedad que lo enervara de su capacidad de comprensión y perturbación en su proceder, ni sea enajenado mental o haya padecido un trastorno mental transitorio, que lo haya privado de su capacidad de discernimiento para entender el alcance de sus actos.
Por tanto, no quedo la menor duda de la perpetración del delito por el cual fue admitida la acusación fiscal, habiendo quedado acreditada su ejecución y la responsabilidad del acusado.

La defensa Técnica, no logró desvirtuar la Tesis Fiscal, con vista al resultado del acervo probatorio, que en forma individual y conjunta fue cuidadosamente examinado y valorado por esta Juzgadora, como quedo establecido. No logró la defensa robustecer el principio constitucional de presunción de Inocencia del que estuvo revestido el acusado durante el proceso.

De tal forma, en atención al análisis probatorio anterior, el cual se llevo a cabo en forma individual y en conjunto, este tribunal concluyó que el acusado fue encontrado CULPABLE de los hechos por los que fue acusado y que quedaron acreditados durante el debate y por tanto la Sentencia debía ser Condenatoria
.
PENALIDAD
Determinada como ha sido la culpabilidad del ciudadano de los hechos por lo que fue acusado: CULPABILIDAD del acusado ROBERT JOSE GONZALEZ OCHOA, VENEZOLANO, natural de VALENCIA ESTADO CARABOBO, de 25 años de edad, fecha de nacimiento 18/06/1990 titular de la cedula N° V 21.653.235 hijo de FRANCIS OCHOA (V) y RUBI GIONZALEZ (V), soltero, residenciado en el sector Francisco de Miranda, calle Santander, Casa s/n, Valencia,. Edo. Carabobo,, este Tribunal , estableció la correspondiente penalidad: El delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43, encabezamiento, de la Ley Orgánica sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de mujer adulta, establece una pena que oscila de diez (10) a quince (15) años de prisión, estableciéndose el término mínimo de la pena, tomando en cuenta la atenuante prevista en el articulo 74 ordinal 4º del COPP, vale decir, conducta pre delictual positiva o no registrar antecedentes penales, se determina la pena en su término mínimo de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias, previstas en artículo 69 ordinal 2º ejusdem, más las penas accesorias previstas en el artículo 70 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de violencia: como es la participación obligatoria en programas de orientación, atención y prevención en la materia, así mismo la prevista en el artículo 69 ordinal 2º, ejusdem, es decir: la inhabilitación política durante el cumplimiento de su condena y se exime al pago de costas en virtud del principio de gratuidad de la justicia penal,.

DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Único de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDIO: PRIMERO: CONDENA al acusado: ROBERT JOSE GONZALEZ OCHOA, VENEZOLANO, natural de VALENCIA ESTADO CARABOBO, de 25 años de edad, fecha de nacimiento 18/06/1990 titular de la cedula N° V 21.653.235 hijo de FRANCIS OCHOA (V) y RUBI GIONZALEZ (V), soltero, residenciado en el sector Francisco de Miranda, calle Santander, Casa s/n, Valencia,. Edo. Carabobo, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS de prisión, por haberse determinado su CULPABILIDAD en el delito VIOLENCIA SEXUAL, previsto en el artículo 43, encabezamiento de la LOSDMVLV, en perjuicio de mujer adulta. SEGUNDO: Como consecuencia de la decisión, se declaro mantener vigente la medida cautelar privativa de Libertad. TERCERO: Se le CONDENA ROBERT JOSE GONZALEZ OCHOA, VENEZOLANO, natural de VALENCIA ESTADO CARABOBO, de 25 años de edad, fecha de nacimiento 18/06/1990 titular de la cedula N° V 21.653.235 hijo de FRANCIS OCHOA (V) y RUBI GIONZALEZ (V), soltero, residenciado en el sector Francisco de Miranda, calle Santander, Casa s/n, Valencia,. Edo. Carabobo, al pago de la penas accesorias contenidas en los artículos: 70 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, consistente en la participación obligatoria en programas de orientación, atención y prevención en la materia; así mismo las previstas en el artículo 69 numerales 2 consistente en: 2. La inhabilitación política mientras dure la pena; se exime del pago de las costas procesales en virtud del principio de gratuidad de la justicia penal. CUARTO: Se le exonera del pago de las costas procesales en virtud de la gratuidad de la justicia conforme a lo establecido en el artículo 8, numeral 1 de la LOSDMVLV.

Sentencia publicada fuera del lapso establecido en el artículo 110, parte infine de la LOSDMVLV. Notifíquese a las Partes. Trasládese al acusado para imponerlo, efectuándose todos los trámites necesarios. Hágase los respectivos apuntes de agenda a fin de hacer el seguimiento de los lapsos y evitar retardo procesal.

ABOGA BLANCA JIMÉNEZ PINTO
JUEZA UNICO DE JUICIO DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER,


Abog. Gloriana Aquino Secretaria




Hora de Emisión: 6:24 PM