REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 06 de Octubre de 2016
206º y 157º


Vista la diligencia del día miércoles veintiocho (28) de septiembre del presente año, presentada por los apoderados judiciales en la presente causa abogados Willam Enrique Curiel y Gabriel Fernández, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidades Nros. V- 9.522.251 y V- 9.722.925 e inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 56.539 y 110.935; mediante la cual solicitaron a este tribunal se difiriera la practica de la inspección judicial en la Población de Chirgua, Carretera Nacional vía la Mona- Emilia del sector El León, Parcela Nº 15, Parroquia Simón Bolívar, Municipio Bejuma del Estado Carabobo, para que se realice el día miércoles cinco (05) de Octubre del 2016, a las diez de la mañana (10:00 a.m.). Determinado lo anterior se observa que para la respectiva fecha solicitada por las partes este Juzgado Agrario no dio despacho ello en virtud del traslado a la realización de la Jornada de Tribunal Móvil organizada por la Rectoría Civil de esta Circunscripción Judicial. En este sentido, estima esta Instancia Agraria, a los fines de proveer sobre lo peticionado por las partes, acuerda la practica de inspección judicial, para el día viernes catorce (14) de octubre de 2016, a las diez (10:00 a.m.) de la mañana, en el lote de terreno objeto de la presente causa. En éste sentido, se ordena oficiar al Instituto Nacional de Salud Animal Integral (INSAI), a fin de solicitar su colaboración, para asignar a un (01) práctico (Ingeniero Agrónomo) adscrito a dicha Institución, a los fines de prestar asesoría técnica en la evacuación de la Prueba de Inspección Judicial; y a la Dirección Administrativa Regional-Carabobo, a los fines de solicitar su colaboración, para que facilite un vehículo perteneciente a esa dependencia con su respectivo chofer para el traslado del Tribunal. Líbrense oficios.
El Juez

ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ
La Secretaria Accidental

ABG. MEREDITH SACRISTE GUEVARA


Expediente Nº JAP-317-2016
JGRG/MSG/kl.-