REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 03 de Noviembre de 2016
206º y 157º

Visto el contenido de la diligencia que antecede, suscrita por la abogada en ejercicio Lutianny Suárez, actuando en su carácter de apoderada judicial de la demandante, ciudadana Maria del Socorro Navas Navas, ambas plenamente identificadas en autos. Este Tribunal, le hace saber a la distinguida jurista que, en virtud a la Sentencia Interlocutoria que resolvió las cuestiones previas, conforme al pronunciamiento del 19/10/2016 (folios 129-134) sea hace necesario indicarle a la representante judicial de la parte actora que, la mencionada decisión interlocutoria quedó definitivamente firme, ello en atención a los días de despacho transcurridos desde la publicación de la referida decisión a la emisión del presente auto.
El Juez

ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ

La Secretaria,

ABG. MARIANGEL MENDOZA














EXPEDIENTE Nº JAP- 321-2016
JGRG/MM/dvg