REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 21 de Noviembre de 2016
206º y 157º


Revisadas como se encuentran las actas que conforman el presente expediente, este Tribunal especial Agrario en atención a los principios constitucionales previstos en los artículos 2 “Estado Democrático, de Derecho y de Justicia Social”, 7 “Primacía Constitucional”, 26 “Tutela Judicial Efectiva” 49 “Debido Proceso” y 257 “Eficacia Procesal”, contenidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en estricto apego al Principio de Exhaustividad instituido en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, norma de aplicación supletoria en el Fuero Agrario, a los fines de garantizar a las partes en conflicto la certeza procesal en el asunto, es por lo que se hace necesario para este Juzgado Agrario suspender la audiencia fijada para el día de hoy 28/11/2016; hasta tanto consten en autos las resultas del oficio Nº 312/2016 de fecha 14/11/2016 dirigido Al ciudadano PEDRO ESCALONA, Coordinador General de la oficina Regional de Tierras de Carabobo (ORT-CARABOBO-INTI), mediante el cual se le solicito determinar la condición jurídica del predio a que se contrae la presente demanda.-

El Juez


ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ


La Secretaria


ABG. MARIANGEL MENDOZA





JAP-288-2015
JGRG/MM*