REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 24 de Noviembre de 2016
206º y 157º
ASUNTO: GP02-L-2016-000876
PARTE ACTORA: JORBIS ELIEZER GARCÍA HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad No. V-19.666.929
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ELBA YANINA BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 4.063.221
PARTE DEMANDADA: ENTIDAD DE TRABAJO: MOVIL TRANS, C.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ZORENA JOSEFINA ROMERO CERERO venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 4.872.112, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado No. 4.370
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
En el día de hoy 24 de Noviembre 2016 siendo las 11:30 a. m. día y hora fijado para que tenga lugar LA PROLONGACION DE AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa. Se realizó el anuncio de la presente audiencia en las puertas del Tribunal, encontrándose presente solamente la apoderada judicial de la parte demandada, ciudadana abogada, ZORENA JOSEFINA ROMERO CERERO venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 4.872.112, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado No. 4.370.SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA, DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA, NI POR SI MISMA NI POR APODERADO JUDICIAL ALGUNO EN EL PRESENTE JUICIO. Por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO CARABOBO en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 206° de Independencia y 157° de Federación. Dándose por cerrado el acto a las 11:40 a.m. de hoy jueves Veinticuatro (24) de Noviembre de 2016. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman
LA JUEZA
ABG. NAZARET DAMELI BUENO CLARIN
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG. MARIA LUISA MENDOZA
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