REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal 10 de Sustanciación, Mediación y Ejecución
del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veintinueve de noviembre de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO: GP02-L-2015-001873

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

Vista el acuerdo transaccional presentado por el ciudadano ADRIAN AUGUSTO PEREZ SIVIRA, C.I V- 12.104.580, debidamente asistido por la abg. BELKIS CARRIZALEZ, IPSA Nº 160.480, DEMANDA por concepto de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, contra la entidad de trabajo FAVEMOCA, C.A., este Tribunal analizados los términos de la transacción y evidenciado que el actor personalmente suscribió la misma, asistido de abogado, cumpliéndose así con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso; que en la manifestación escrita del acuerdo actuaron en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y, que el documento presentado ante la URRD, se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a su motivación y derechos comprendidos, es por lo que se acuerda concederle la homologación a la manifestación de voluntad presentada por las partes.-

DECISIÓN
En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA la transacción suscrita entre por el ciudadano ADRIAN AUGUSTO PEREZ SIVIRA, C.I V- 12.104.580, DEMANDA por concepto de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, contra la entidad de trabajo FAVEMOCA, C.A., en los términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada y ordena remitir la presente causa al archivo judicial para su cierre.-
La Juez
Eylyn Rodríguez Rugeles-Jiménez
La Secretaria