REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE
Valencia, 16 de mayo de 2016
206º y 157º
Expediente Nro. 15.170
Vista la diligencia de fecha 25 de abril de 2016, interpuesta por la abogada KARELIA BEATRIZ FIGUEROA COBURUCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.288.063, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 102.373, actuando en su carácter de representante legal de la ENTIDAD FEDERAL CARABOBO, mediante la cual solicita sean actualizadas las respectivas boletas de citación libradas en fecha 21 de octubre de 2013, dirigidas a las demandadas y co-demandadas respectivas.
En virtud de la revisión exhaustiva de las actas que conforman la presente causa se observa:
Que en fecha 03 de octubre de 2013, se le dio entrada en los libros correspondientes.
Que en fecha 21 de octubre de 2013, se dicto auto mediante el cual se admitió la demanda de contenido patrimonial conjuntamente con medida preventiva de embargo, interpuesta por la abogada KARELIA BEATRIZ FIGUEROA COBURUCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.288.063, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 102.373, actuando en su carácter de apoderada judicial del ESTADO CARABOBO, contra las sociedades de comercio “PKT, COMPAÑÍA ANONIMA” Y “SEGUROS CORPORATIVOS C.A”, y ordenó la citación del ciudadano JUAN EREMIS PICCOLI SEQUERA, en su carácter de Representante Legal de la sociedad de comercio “PKT, COMPAÑÍA ANONIMA” y al REPRESENTANTE LEGAL de la sociedad de comercio “SEGUROS CORPORATIVOS C.A”,
Que en fecha 14 de julio de 2014, mediante diligencia la abogada KARELIA BEATRIZ FIGUEROA COBURUCO, identificada anteriormente, se dio por notificada del auto de admisión de fecha 21 de octubre de 2013, asimismo solicito a la autoridad judicial instara al Alguacil de este Tribunal, señalar el monto de los emolumentos necesarios para la elaboración de las compulsas referidas a las citaciones personales de las partes co-demandadas.
Que en fecha 14 de julio de 2015, mediante diligencia la abogada AMIRA E. CACERES DE LANDAETA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.919.511, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 79.117, actuando en su carácter de representante de la ENTIDAD FEDERAL CARABOBO, vista la designación de nuevo Juez para conocer de las demandas en este Juzgado, procedió a solicitar su ABOCAMIENTO, de igual modo consignó dos (2) juegos de copias fotostáticas simples del expediente a los fines de la elaboración de las compulsas previa certificación, con el fin de que se practiquen las citaciones personales a las co-demandadas, y que ante la imposibilidad de traslado de su representada ante el JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDADAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, se practique la citación de la sociedad de comercio “SEGUROS CORPORATIVOS, C.A”, a través de VALIJA OFICIAL, de igual modo se inste al ciudadano Alguacil de este tribunal indique la fecha de la práctica de la citación de la sociedad de comercio “PKT, COMPAÑÍA ANONIMA”.
Que en fecha 13 de agosto de 2015, el ciudadano LUIS ENRIQUE ABELLO GARCÍA, en la condición de Juez Provisorio, designado por la Comisión Judicial en reunión de fecha 20 de mayo del 2015, y con juramento ante la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia el 10 de junio de 2015, se abocó al conocimiento de la presente causa.
Que en fecha 21 de octubre de 2015, mediante diligencia la abogada AMIRA E. CACERES DE LANDAETA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.919.511, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 79.117, actuando en su carácter de representante de la ENTIDAD FEDERAL CARABOBO, ratificó el contenido de la diligencia presentada en fecha 14 de julio de 2015.
Que en fecha 14 de diciembre de 2015, mediante diligencia la abogada AMIRA E. CACERES DE LANDAETA, identificada anteriormente, ratificó el contenido de las diligencias presentadas en fecha 14 de julio de 2015 y 21 de octubre de 2015.
Que en fecha 10 de febrero de 2016, mediante diligencia la abogada AMIRA E. CACERES DE LANDAETA, identificada anteriormente, ratificó el contenido de las diligencias presentadas en fecha 14 de julio de 2015, 21 de octubre de 2015 y 14 de diciembre de 2015.
Ahora bien, por todo lo antes expuesto, y en virtud de que dichos oficios de notificación tienen una data de más de dos (2) años que fueron librados, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, REVOCA por contrario imperio las boletas de citación del ciudadano JUAN EREMIS PICCOLI SEQUERA, en su carácter de Representante Legal de la sociedad de comercio “PKT, COMPAÑÍA ANONIMA” y al REPRESENTANTE LEGAL de la sociedad de comercio “SEGUROS CORPORATIVOS C.A”, asi como el oficio y despacho de comisión Nro. ___/1697, de fecha 21 de octubre de 2013, de conformidad con lo establecido en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, y ORDENA librar nuevas boletas de citación, en los mismos términos establecidos en el auto de admisión de fecha 21 de octubre de 2013. Así se declara.
El Juez,
ABG. LUIS ENRIQUE ABELLO GARCIA La Secretaria,
ABG. DONAHIS PARADA MÁRQUEZ
Exp. No 15.170. En la misma fecha se libro boletas de citación y despacho de comisión Nro. __________/1275.
La Secretaria,
ABG. DONAHIS PARADA MÁRQUEZ
LEAG/Dpm/katy.
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