REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
VALENCIA, 17 de Mayo de 2016
206º y 157º

Vista la anterior Solicitud Presentada por el ciudadano FERNANDO ALFREDO RODRIGUEZ QUERALES, actuando en nombre y representación de los ciudadanos MARIA FERNANDA RODRIGUEZ CAMPOS y FERNANDO RAMON RODRIGUEZ CAMPOS, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad Nros. V-4.680.616, V-18.747.047 y V-15.207.203, debidamente asistido por la abogada LOURDES VICTORIA ANCHETA AREINAMO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nro. 94.240, en la cual pide se le declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de su común causante FLORANGEL ALTAGRACIA CAMPOS DE RODRIGUEZ, quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.086.974, quien falleciera ab-intestato en fecha 29 de Enero de 2016. Vistas igualmente las declaraciones contestes de los testigos, en un todo conforme con el contenido del interrogatorio cursante en autos, éste Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos de terceros, RESUELVE: Declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos FERNANDO ALFREDO RODRIGUEZ QUERALES, MARIA FERNANDA RODRIGUEZ CAMPOS y FERNANDO RAMON RODRIGUEZ CAMPOS, supra identificado, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de FLORANGEL ALTAGRACIA CAMPOS DE RODRIGUEZ. Expídase copias fotostáticas certificadas de la presente solicitud. Devuélvanse originales con sus resultas.-
LA JUEZA PROVISORIA,

ABOG. LIGIA RODRIGUEZ SALAZAR
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. AURELIA RUBIRA
En la misma fecha se devuelve constante de __________ FOLIOS UTILES.-
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. AURELIA RUBIRA

SOLICITUD No. 6338
LRS/mp