REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO CON SEDE EN VALENCIA

Valencia, 11 de marzo del 2016
201º y 152º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DFEINIRTIVA


N° De Expediente: Gp02-L-2011-001693
Parte Actora: MIGUEL ADOLFO MARTINEZ, C.I. 2.514.439
Apoderado Judicial: NO COMPARECIO
Parte Demandada: GRUPO SABANA, C.A.
Apoderados Judiciales: MARBELLA ESPINOZA, I.P.S. 24.501
Motivo: ACCIDENTE Y COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy 11 de marzo del 2016 siendo las 9:oo am, día y hora fijado para que tenga lugar EL INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal siendo las 9:00 a.m y un segundo anuncio a las 9:10 am con la presencia de la juez, se deja constancia que NO compareció la parte actora, y por la parte demandada se hizo presente la apoderada abogada MARBELLA ESPINOZA, I.P.S. 24.501, tal y como consta en poder original que presento para su vista y devolución y se dejo copia en su lugar.-
Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, “CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”. Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 205 ° y 157 °.- Siendo las 9:20 a.m se procedió a levantar acta.-

La Juez
Abg. Eylyn Rodríguez Rugeles-J

LA SECRETARIA