REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, seis de junio de dos mil dieciséis
206º y 157º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA
CON FUERZA DE DEFINITIVA

Expediente:
ASUNTO: GP02-L-2014-000194
Parte accionante: ciudadana ROSA ELENA LOPEZ RATTIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.032.635
Abogado de la parte accionante: Abogada JENIREE JOSELINE LEGON LUGO, inscrita en el IPSA bajo el No. 118.354
Acto administrativo impugnado:
SHINTESIS, C.A,
Órgano administrativo Abogada ROSARIO A. LAI DE SOUSA, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nº 122.099,
Motivo: ENFERMEDAD PROFESIONAL



Se inició el presente procedimiento mediante demanda de INDEMNIZACIÓN PRO ENFERMEDAD PROFESIONAL presentada por la ciudadana ROSA ELENA LOPEZ RATTIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.032.635, contra SINTHESIS, C.A.

La causa fue asignada al Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.

Mediante auto de fecha 3 de abril de 2014 fue admitida la demanda y se emplazó a la demandada para su comparecencia a la Audiencia Preliminar.

Sustanciada la causa y al no lograrse la mediación, se dio por concluida la audiencia preliminar, ordenándose incorporar a los autos las pruebas promovidas por la partes.

El Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, ordena la remisión del expediente a la URDD para su distribución entre los Juzgados de Juicio.

En virtud de la distribución aleatoria realizada por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) la causa quedó asignada a este Juzgado, dándosele entrada en fecha 27 de mayo de 2014.

En fecha 4 de junio de 2015 se admitieron y reglamentaron las pruebas promovidas por las partes fijándose la oportunidad para la celebración de la Audiencia oral de juicio.

En fecha de hoy, 06 de junio de 2016, oportunidad fijada para la celebración de la audiencia de juicio, se levantó acta dejando constancia de la comparecencia de la abogada ROSARIO A. LAI DE SOUSA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 122.099, en su carácter de apoderada judicial de la parte DEMANDADA SHINTESIS, C.A. De igual forma, se dejó constancia de la incomparecencia de la parte demandante la PARTE DEMANDANTE ciudadana ROSA ELENA LOPEZ RATTIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.032.635, ni por si ni por medio de apoderado judicial.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y ante la incomparecencia de la parte accionante opera el desistimiento del procedimiento. Y ASI SE DECLARA.


DECISION


En virtud de las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 151 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Publíquese y regístrese.

Déjese copia autorizada

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los seis (06) días del mes de junio del año dos mil dieciséis (2016.) Años: 205º de la Independencia y 157º de la Federación.
LA JUEZ,

BEATRIZ RIVAS ARTILES
LA SECRETARIA,

YAJAIRA MARTÍNEZ

En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 3:00 p.m.-

LA SECRETARIA,

YAJAIRA MARTÍNEZ