REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 18 de Julio de 2016
206º y 157º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2016-000792.
PARTE ACTORA: JOE DEL VALLE PEREZ BECERRA.
PARTE DEMANDADA: ALICE NEUMATICOS DE VENEZUELA, C.A.
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO.
El Tribunal de la causa, visto que el desistimiento del procedimiento que antecede, efectuado por la parte actora ciudadano JOE DEL VALLE PEREZ BECERRA, titular de la cédula de identidad No.20.162.956, debidamente asistido del Abogado LUIS MORENO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.101.820, contra la demandada ALCAVE VENEZUELA, C.A., no es contrario a derecho, es por lo que este JUZGADO PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, da por concluido el procedimiento, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en los términos como se estableció, DÁNDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA.. Es todo.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 206° y 157°.
EL JUEZ
ABG. WILFREDO GONZÁLEZ SOSA
EL SECRETARIO.
En igual fecha se publico la presente sentencia interlocutoria.
EL SECRETARIO.
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