REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

Valencia, veintiséis de Febrero de dos mil dieciséis
202º y 153º

ASUNTO: GP02-L-2015-001741.
PARTE ACTORA: DILMO ANTONIO ORELLANA BRAVO.
PARTE DEMANDADA: ENELCA POWER SYSTEMS, C.A.; JAIRO JOSE DELGADO Y ENMANUEL JOSE DELGADO.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.


Vista la diligencia de fecha 23 de febrero de 2016; suscrita por el apoderado judicial de la parte actora, abogado en ejercicio LUIS FELIPE SANCHEZ, inscrito en el Ipsa bajo el N° 48.970, suficientemente facultado en autos (folio 38 y 39), mediante la cual procedió a DESISTIR DEL PROCEDIMIENTO en contra del co-demandado de autos, ciudadano RONALD DEYBI SANCHEZ SALOM; ratificando en todas y cada una de sus partes la demanda contra la entidad de trabajo, ENELCA POWER SYSTEMS, C.A.; JAIRO JOSE DELGADO, y ENMANUEL JOSE DELGADO; y por cuanto dicho desistimiento no es contrario a derecho, ni vulnera normas de orden público, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO FORMULADO POR LA PARTE ACTORA, respecto al ciudadano RONALD DEYBI SANCHEZ SALOM, en los términos como consta en la diligencia supra indicada, dándole efectos de COSA JUZGADA. En consecuencia, se da por terminado el presente proceso con relación al prenombrado ciudadano RONALD DEYBI SANCHEZ SALOM; prosiguiendo la causa contra ENELCA POWER SYSTEMS, C.A.; JAIRO JOSE DELGADO, y ENMANUEL JOSE DELGADO; y así se establece.-

PUBLIQUESE. REGISTRESE.
DEJESE COPIA AUTORIZADA.

LA JUEZ,

FARIDY SUAREZ COLMENARES.



LA SECRETARIA,


ANMARIELY HENRIQUEZ.



En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo las 2.00 p.m.-


LA SECRETARIA,

ANMARIELY HENRIQUEZ.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

Valencia, veintiséis de Febrero de dos mil dieciséis
202º y 153º

ASUNTO: GP02-L-2015-001741.
PARTE ACTORA: DILMO ANTONIO ORELLANA BRAVO.
PARTE DEMANDADA: ENELCA POWER SYSTEMS, C.A.; JAIRO JOSE DELGADO Y ENMANUEL JOSE DELGADO.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.


Vista la diligencia de fecha 23 de febrero de 2016; suscrita por el apoderado judicial de la parte actora, abogado en ejercicio LUIS FELIPE SANCHEZ, inscrito en el Ipsa bajo el N° 48.970, suficientemente facultado en autos (folio 38 y 39), mediante la cual procedió a DESISTIR DEL PROCEDIMIENTO en contra del co-demandado de autos, ciudadano RONALD DEYBI SANCHEZ SALOM; ratificando en todas y cada una de sus partes la demanda contra la entidad de trabajo, ENELCA POWER SYSTEMS, C.A.; JAIRO JOSE DELGADO, y ENMANUEL JOSE DELGADO; y por cuanto dicho desistimiento no es contrario a derecho, ni vulnera normas de orden público, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO FORMULADO POR LA PARTE ACTORA, respecto al ciudadano RONALD DEYBI SANCHEZ SALOM, en los términos como consta en la diligencia supra indicada, dándole efectos de COSA JUZGADA. En consecuencia, se da por terminado el presente proceso con relación al prenombrado ciudadano RONALD DEYBI SANCHEZ SALOM; prosiguiendo la causa contra ENELCA POWER SYSTEMS, C.A.; JAIRO JOSE DELGADO, y ENMANUEL JOSE DELGADO; y así se establece.-

PUBLIQUESE. REGISTRESE.
DEJESE COPIA AUTORIZADA.

LA JUEZ,

FARIDY SUAREZ COLMENARES.



LA SECRETARIA,


ANMARIELY HENRIQUEZ.



En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo las 2.00 p.m.-


LA SECRETARIA,

ANMARIELY HENRIQUEZ.