REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO CON SEDE EN VALENCIA
Valencia, 26 de febrero del 2016
201º y 152º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
N° DE EXPEDIENTE:GP02-L-2015-001762
PARTE ACTORA:PEDRO JOSE VASQUEZ SANTAELLA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ABG. ALEJANDRO ZULOAGA Y FREDDY ESCOBAR, debidamente inscritos en el IPSA bajo el Nº 13.006 y 194.639
PARTE DEMANDADA: M.F.K. INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:LUIS MARCANO, I.P.S.A. N- 122.102
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS ENFERMEDAD OCUPACIONAL.-
En el día de hoy 26 de febrero del 2016, siendo las 10:00 a.m día y hora fijado para que tenga lugar LA PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal se deja constancia que compareció el actor y los abogados ABG. ALEJANDRO ZULOAGA Y FREDDY ESCOBAR, debidamente inscritos en el IPSA bajo el Nº 13.006 y 194.639 y por la parte demandada LUIS MARCANO, I.P.S.A. N- 122.102, presenta para su vista y devolución original de poder se deja en su lugar copia fotostática, la parte actora junto a los abogados en la audiencia DESISTIO del procedimiento libre de constreñimiento y coacción, y la parte demandada acepta el desistimiento que efectúa la parte actora en este acto.-
En Consecuencia este Juzgado visto que EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO no es contrario a Derecho y no es contrario al orden público, y cumple con los dos requisitos tales como: a) que la manifestación de voluntad conste en forma autentica y b) que sean hechos en forma pura y simple, sin términos, sin condiciones, ni modalidades de ninguna especie, por lo que este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley le imparte su homologación a fines de que tenga fuerza de Cosa Juzgada. Es todo. Se leyó y conformes firman:
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
La Juez
Abg. Eylyn Rodríguez Rugeles-J
La Secretaria
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