REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 11 de Diciembre de 2016
205º y 156º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA


N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2015-000707.
PARTE ACTORA: JOSE GREGRORIO ESCOBAR SALCEDO.
PARTE DEMANDADA: ESTRONVIA, C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES.

El Tribunal de la causa, visto que el desistimiento del procedimiento de fecha 16-12-15, por la parte actora ciudadano JOSE GREGRORIO ESCOBAR SALCEDO, debidamente asistido de Abogado, contra la demandada ESTRONVIA, C.A., no es contrario a derecho, es por lo que este JUZGADO PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, da por concluido el procedimiento, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en los términos como se estableció, DÁNDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA.. Es todo.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 205° y 156°.
EL JUEZ
ABG. WILFREDO GONZÁLEZ SOSA
EL SECRETARIO.

En igual fecha se publico la presente sentencia.

EL SECRETARIO.