REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 20 de Diciembre de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: GP02-S-2016-000545.-
PARTE ACTORA: JOSE BARON.
PARTE DEMANDADA: ALAFARERIA ALFAHIERRO C.A.
MOTIVO: 0FERTA REAL DE PAGO.
Visto el escrito contentivo de la Transacción celebrada en fecha 12 de Agosto de 2016, por las partes intervinientes en la presente causa; y por cuanto el acuerdo celebrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público; es por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos en que éstas lo celebraron; dándole efecto de COSA JUZGADA. En consecuencia se da por concluido el proceso, se ordena el cierre definitivo del presente expediente, y su posterior remisión a la Oficina de Archivo.-
PUBLIQUESE REGISTRESE.
DEJESE COPIA AUTORIZADA.
LA JUEZ,
FARIDY SUAREZ COLMENARES.
LA SECRETARIA,
MARIA ELENA FUENTES.
En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia, siendo las 2:30 p.m.
La Secretaria,
MARIA ELENA FUENTES.
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