REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Corte de Apelaciones Penal
Valencia, 11 de agosto de 2016
Años 206º y 157º
ASUNTO: GP01-R-2016-000101
PONENTE: NIDIA GONZALEZ ROJAS
A los fines de conocer el Recurso de Apelación signado con el número GP01-R-2016-000101, contentivo de apelación de sentencia interpuesta por el Abogado RAMON ANTONIO NAVAS MARTINEZ, en contra de la decisión dictada en fecha 15-03-2016 y motivada en fecha 11-04-2016, mediante la cual condeno a su defendido por la pena de 05 años y 06 meses de prisión por el delito de PECULADO DOLOSO PROPIO, en el asunto principal signado con el numero GP01-P-2014-0014368, esta Sala observa:
Primero: Que el Recurso de Apelación fue interpuesta por el Abogado RAMON ANTONIO NAVAS MARTINEZ, en su condición de Defensa Privada, quien está legitimado para realizarlo, tal como se evidencia en autos.
Segundo: Que la decisión recurrida fue dictada en fecha 15-3-2016 y publicada en fecha 11-4-2016, interponiendo el Recurso de Apelación en fecha 9-05-16, tal y como consta en la certificación de los días de despacho inserta al folio 39 de la presente Causa, por lo tanto se considera que el recurrente ejerció el recurso en tiempo hábil.
Tercero: Quedo debidamente emplazado el Ministerio Publico dio contestación al recurso de apelación.
Cuarto: Se considera que la decisión que se recurre no es de la categoría de decisiones inimpugnables o irrecurribles por disposición expresa de este Código o de la ley.
RESOLUCION
Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley y verificados los requisitos anteriores, esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE Recurso de Apelación signado con el número GP01-R-2016-000101, contentivo de apelación de sentencia interpuesta por el Abogado RAMON ANTONIO NAVAS MARTINEZ, en contra de la decisión dictada en fecha 15-03-2016 y motivada en fecha 11-04-2016, mediante la cual condeno a su defendido por la pena de 05 años y 06 meses de prisión por el delito de PECULADO DOLOSO PROPIO, en el asunto principal signado con el numero GP01-P-2014-0014368. SEGUNDO: Como consecuencia de la admisión, se entra a conocer el fondo del recurso planteado y se fija audiencia oral y publica para el día 24 de agosto de 2016a las 11:30am. Notifíquese a las partes.
JUECES DE SALA
NIDIA GONZALEZ ROJAS
PONENTE
LAUDELINA GARRIDO APONTE ARNALDO VILLARROEL SANDOVAL
La Secretaria
Abg. ALEJANDRA BLANQUIS
Hora de Emisión: 4:12 PM
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