REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 05 de Agosto de 2016
206° y 157°

Vista la diligencia anterior, presentada por la abogada en ejercicio Ivonne Jurado de García, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 7.140.932, inscrita en el Inpreabogado bajo en Nº 61.230, actuando en su carácter de apoderada judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL AGRÍCOLA GARFLOR, C.A., (AGRIGARCA), domiciliada en el Municipio Bejuma e inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 21 de Agosto de 1.985, bajo el Nº 11, Tomo 201-C; debidamente representada por sus DIRECTORES-GERENTES, ciudadanos, MARÍA JOSEFINA GARCÍA FLORES Y LEONARDO JULIO GARCÍA FLORES, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.584.201 y V- 7.128.817, respectivamente, ambos de este domicilio (sujeto activo en la presente solicitud); mediante la cual solicita se le designe correo especial, este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia se designa a la abogada antes mencionada como correo especial a los fines que entregue los oficios Nros. 218/2016 y 219/2016, a los organismos competentes, con la advertencia que deberá consignar a la brevedad las resultas de las respectivas entregas de los oficios indicados ut supra.
El Juez



ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ

La Secretaria


ABG. GLENDY GONZALEZ GUEVARA

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.

La Secretaria


ABG. GLENDY GONZÁLEZ GUEVARA


Expediente JAP- 314-2016.
JGRG/gg/ms.-