REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 02 de Agosto de 2016
206º y 157º

Vista la diligencia del 01/08/2016 presentada por el abogado José Montilla, en su carácter de Defensor Público Segundo en materia Agraria del estado Carabobo, actuando en representación de la parte demandada en la presente causa, mediante la cual expone:

“(…) informando a este digno Tribunal Primero de Primera Instancia en Materia Agraria del Estado Carabobo, la aceptación de la designación en la causa judicial signada con el numerote expediente, JAP-307-2016, como defensor Publico del Ciudadano GERARDO CEDEÑO SÁNCHEZ (…)”. (Cursivas de éste Juzgado Agrario).

En consecuencia, se acuerda oficiar a la Coordinación Regional del Instituto Nacional de Saneamiento Animal Integral del Estado Carabobo, se sirva a designar a un (01) asesor técnico (Ingeniero Agrónomo) a los fines de que preste asesoría técnica a éste Juzgado Agrario en la fijación de lindero provisional, en el lote de terreno ubicado Carretera vieja Tocuyito, entrada Mina de Granzón San Luís estado Carabobo, el cual tiene como linderos generales: “(…) NORTE: Del punto 1 de coordenadas N:1.122.609.45 Y e: 599.423.17 en 3900,00 mts al punto 2, de coordenadas N: 1.122.963.56 Y E: 599.586.60 de ahí en 846.98 mts al punto 3 de coordenadas N: 1.122.613.87 y E: 600.358.02 de ahí en 70,00 mts al punto 4 de coordenadas N: 1.122.564.33 Y E: 600.407.47, lindando con PROMORORA RIO GRANDE S.A. ESTE: del Punto 4 en 220,00 mts al punto 5 de coordenadas N: 1.122.344.48 y E: 600.415.69. de ahí en 190 mts al punto 6 de coordenadas N: 1.122.159.47 y E: 600.372.44, de ahí en 200,00 mts al punto 7 de coordenadas N: 1.121.972.97 y E: 600.300.20, de ahí en 219,95 mts al punto 8 de coordenadas N: 1.121.754.21 y E: 600.323.08 lindando con PROMORORA RIO GRANDE S.A. SUR: del Punto 8 en 190 mts al punto 9 de coordenadas N: 1.121.601.42 y E: 600.210.13 de ahí en 200,00 mts al punto 10 de coordenadas N: 1.121.528.75 y E: 600.023.81 y de ahí en 60 mts al punto 11 de coordenadas N: 1.121.494.18 y E: 599.987.68 lindando con PROMORORA RIO GRANDE S.A. (…)”(Cursivas de éste juzgado Agrario), acto que se realizará el miércoles 10 de agosto de 2016, a las nueve y media de la mañana (09:30 a.m.). En este sentido se ordena oficiar a la Dirección Administrativa Regional-Carabobo, solicitando su colaboración para que facilite un vehículo perteneciente a esa dependencia con su respectivo chofer para el traslado del Tribunal. Líbrense oficios.
El Juez


ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ

La Secretaria


ABG. GLENDY GONZÁLEZ GUEVARA



En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

La Secretaria


ABG. GLENDY GONZÁLEZ GUEVARA






































Expediente JAP- 307-2016.
JGRG/gg/ms.-