REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
JUZGADO SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

VALENCIA, 20 DE ABRIL DEL 2016
206° y 157°
Vista la anterior solicitud presentada por los ciudadanos ALEXIS VICTORINO SANCHEZ SANCHEZ Y RAIZA RAQUEL SOTO VILLAMIZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V -10.206.859 Y V-14.382.183 respectivamente, asistidos en este acto por el abogad en ejercicio, ANTONIO MARIA GUZMAN BARRIOS, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 20.270; donde solicita se les practique la NOTIFICACION JUDICIAL, a la ciudadana DANIA FELICIDAD PEREZ CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V -8.839.722, a la siguiente dirección sector denominado HACIENDA SAN ANTONIO (LA CUMACA), en jurisdicción del municipio san diego del estado Carabobo, CASA O TOWNHOUSE N°28, DEL CONJUNTO RESIDENCIAL “LA FUENTE DE SAN DIEGO”, ESTADO CARABOBO.

En fecha 21 de enero de 2014 se da por recibida la presente solicitud, y se le da entrada bajo el número 5351 (nomenclatura de este tribunal).

En fecha 26 de junio del 2014 consta diligencia presentada por el solicitante, indicando una nueva dirección para el translado del tribunal
Analizado lo anterior y por cuanto desde el 26 de julio del 2014 hasta la presente fecha a transcurrido mas de un año sin que halla habido impulso de parte, es por lo que este Tribunal declara como DESISTIDA la presente solicitud. Así se decide. Se da por terminado, Archívese el expediente.
LA JUEZA PROVISORIA,

ABG. LIGIA RODRIGUEZ SALAZAR LA SECRETARIA TEMPORAL

ABG. AURELIA RUBIRA PINTO

l.RS/ em
SOLICITUD No. 5351.-