REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Valencia, 21 de Septiembre del 2015
205º y 156º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
ASUNTO : GP02- L--2013-000795
PARTE ACTORA: GIAN CARLOS ITURRIZA y RAIZA GARCIA.
PARTE DEMANDADA SEARCA y AMASERVICES .
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

El Tribunal de la causa, visto el acuerdo alcanzado por las partes y sus abogados.. Este Tribunal visto que el acuerdo alcanzado no es contrario a derecho y se adaptan a los criterios jurisprudenciales que han sido establecidos por el Tribunal Supremo de Justicia y tomando en cuenta que los acuerdos de las partes han sido la conclusión de un proceso de mediación como mecanismo adecuado y conveniente para la resolución de conflictos, es por lo que en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos establecidos por ellas, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA. Quedan a salvo los derechos de carácter irrenunciables a favor de los demandantes.. Es todo.
Publíquese y Regístrese la presente decisión

La Juez

GLADYS MIJARES LUY


La Secretaria
Abg. Sugeil Aular
En éste misma fecha se cumplió con lo ordenado


La Secretaria
Abg. Sugeil Aular