ACTA
ASUNTO N°: GP21-L-2015-000174
PARTE ACTORA: DICKSON HENRY CASTELLANOS ARANGUREN (NO COMPARECIÓ)
ABOGADA QUE ASISTE A LA PARTE ACTORA: (NO COMPARECIÓ)
PARTE DEMANDADAS: Entidad Mercantil LAMDA, C.A., y solidariamente al ciudadano JOSÉ MANUEL RODRIGUEZ.
APODERADA DE LAS PARTES DEMANDADAS: YENNY BEATRIZ CARRERO PAZ y FRANKLIN GARCIA
MOTIVO: BENEFICIOS LABORALES.


Hoy, 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015, SIENDO LAS 09:00 A.M., día y hora fijado para que tenga lugar la CONTINUACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE DEMANDANTE CIUDADANO: DICKSON HENRY CASTELLANOS ARANGUREN, titular de la cédula de identidad número V-5.177.565 ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, “DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”. Se deja constancia que por Entidad Mercantil LAMDA, C.A., y solidariamente al ciudadano JOSÉ MANUEL RODRIGUEZ, comparece su apoderado judicial Abogado FRANKLIN GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.995, según instrumento poder que riela a los folios 29, 30 y de los folios 52 y 53. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 205 ° y 156 °
EL JUEZ


Abogado JOSE GREGORIO KELZI




APODERADO DE LAS PARTES DEMANDADAS




LA SECRETARIA

Abogada. YANEL MARITZA YAGUAS DIAZ