REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA.

JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 01 de Octubre de 2015
205° y 156°
Visto el escrito de fecha 29 de Septiembre de 2015, según distribución Nº 0955, junto con sus anexos, presentado por el ciudadano JUAN LUIS JIMENEZ POLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de las Cedula de Identidad Nº V- 20.515.810, asistido por los Abogados FRANCISCO GONZALEZ y FRANCYS GONZALEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 55.113, N° 171.604, respectivamente. Por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la ley; se ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, la presente Solicitud de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, (Procedimiento Ordinario). Désele entrada y fórmese expediente. Por consiguiente este Tribunal ordena librar Boletas de Notificación al ciudadano: JAVIER JESUS MARTINEZ HURTADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.429.041, dentro de los Veinte (20) días de Despacho siguientes a que conste en autos su citación, en las horas fijadas en la tablilla para Despachar de 08:30 a.m. a 03.30 p.m., a los fines de reconocer o no, por lo que a su contenido y firma respecta, el Documento Privado que el Tribunal le pondrá de manifiesto en su oportunidad. Haciéndosele saber a la parte interesada la obligación que tiene de sufragar los emolumentos del Alguacil de este Tribunal, a los fines de la práctica de la Citación ordenada, todo de conformidad con el Articulo 12 de la Ley de Arancel Judicial y sentencia Nº 537 de fecha 06 de Julio del 2004, emanada de la sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Se designa para la certificación de los fotóstatos a la ciudadana ARIELA SALAS, titular de la cédula de identidad N° V-10.503.761, en su carácter de Asistente de éste Juzgado, para que conjuntamente con la Secretaria Temporal del Tribunal, las firmen y certifiquen en cada una de las páginas de acuerdo a lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase con lo ordenado. Líbrese
El Juez Temporal

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA.
La Secretaria Temporal

Abg. YURIMAR DELGADO CARRERA
En igual fecha se cumplió con lo ordenado. Se le dio entrada bajo el Nº. 1537-15, se libro boleta de notificación. Se deja constancia que faltan los fotostatos para la práctica de la citación.
La Secretaria Temporal

El Alguacil Titular
EXP: 1537-15
ALA/JPPT/yese