PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 02 de Noviembre del 2015

205º y 156º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

EXPEDIENTE: GP02-L-2015-000909
PARTE ACTORA: JOSE EUGENIO ALBARRAN BENCOMO
ABOGADO APODERADO LA PARTE ACTORA : NO ACUDIO
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES GARKUEN C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy 02 de Noviembre de 2015 siendo las 11:30 A.M. hora y fecha fijada para llevar a cabo la Audiencia Preliminar en prolongación, este Juzgado deja constancia, que luego del primer llamado del ciudadano alguacil a las puertas del Tribunal y habiendo realizado un segundo y un tercer llamado, con presencia de la Juez, siendo las 12:00 .M: se deja expresa constancia de la INCOMPARECENCIA DEL ACCIONANTE DE AUTOS ciudadanos JOSE EUGENIO ALBARRAN BENCOMO titular de la cédula de identidad No.9.267.223 por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno, y siendo la parte actora la que impulsa el presente proceso, es por lo que de conformidad con el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO. Se encuentra presentes la representación judicial de la parte demandada en la persona de sus abogados ERICK BARRIOS y TAMINI ABDELMINEN inscritos en el Inpreabogado bao los Nos. 78.414 y 171.776
Publíquese y Regístrese la presente decisión.-.

La Juez
Abg AMARILIS MIESES
Abg. GLADYS MIJARES LUY

El Secretario,
Abg. Sugeil Aular


En éste misma fecha se cumplió con lo ordenado
El Secretario
Abg.Sugeil Aular